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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de febrero de 2009 391148 UNIDAD EJECUTORA 020 : Pichis Palcazu (En Nuevos Soles) FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 8 257 075,00 2 : Recursos Directamente Recaudados 27 400,00 =========== Subtotal 8 284 475,00 =========== TOTAL EGRESOS 149 544 515,00 ============ A LA: SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 013 : Ministerio de Agricultura (En Nuevos Soles) UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Agricultura-Administración Central FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 10 350 088,00 =========== Subtotal 10 350 088,00 =========== UNIDAD EJECUTORA 014 : Binacional Puyango-Tumbes (En Nuevos Soles) FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 37 594 095,00 2 : Recursos Directamente Recaudados 5 263 169,00 =========== Subtotal 42 857 264,00 =========== UNIDAD EJECUTORA 015 : Jequetepeque-Zaña (En Nuevos Soles) FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 6 275 453,00 2 : Recursos Directamente Recaudados 2 377 461,00 ========== Subtotal 8 652 914,00 ========== UNIDAD EJECUTORA 016 : Sierra Centro Sur (En Nuevos Soles) FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 13 546 158,00 =========== Subtotal 13 546 158,00 =========== UNIDAD EJECUTORA 017 : Binacional Lago Titicaca (En Nuevos Soles) FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 38 417 754,00 2 : Recursos Directamente Recaudados 242 805,00 =========== Subtotal 38 660 559,00 =========== UNIDAD EJECUTORA 018 : Binacional Río Putumayo (En Nuevos Soles) FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 8 617 282,00 2 : Recursos Directamente Recaudados 5 000,00 ========== Subtotal 8 622 282,00 ========== UNIDAD EJECUTORA 019 : Jaén - San Ignacio - Bagua (En Nuevos Soles) FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 11 085 227,00 2 : Recursos Directamente Recaudados 30 684,00 ========== Subtotal 11 115 911,00 =========== UNIDAD EJECUTORA 020 : Alto Huallaga (En Nuevos Soles) FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 7 454 864,00 ========== Subtotal 7 454 864,00 ========== UNIDAD EJECUTORA 021 : Pichis Palcazu (En Nuevos Soles) FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 8 257 075,00 2 : Recursos Directamente Recaudados 27 400,00 ======== Subtotal 8 284 475,00 ============ TOTAL EGRESOS 149 544 515,00 ============ Artículo 3º.- Obligación de desagregar las Transferencias de Partidas Los Pliegos Habilitadores y Habilitados comprendidos en el presente dispositivo desagregan los gastos mediante resolución del Titular del Pliego o de quien corresponda a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa Funcional, Subprograma Funcional, actividad y proyecto y genérica del gasto dentro de los cinco (5) días siguientes de la aprobación del presente dispositivo. La citada resolución se remite a los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el artículo 23º, numeral 23.2 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Asimismo, desagregan en anexos, el detalle de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas dispuesta en el artículo precedente, a nivel de Categoría del Ingreso, Genérica del Ingreso, Subgenérica del Ingreso y Específi ca del Ingreso. Artículo 4º.- Notas de Modifi cación Presupuestaria La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego instruye a las Unidades Ejecutoras bajo su ámbito para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 5º.- Codifi caciones La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos comprendidos en la presente Transferencia de Partidas, solicitarán a la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos así como Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Comunícase al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los dieciocho días del mes de febrero de dos mil nueve. JAVIER VELÁSQUEZ QUESQUÉN Presidente del Congreso de la República ALEJANDRO AGUINAGA RECUENCO Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de febrero del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros 314753-2