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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 22 de febrero de 2009 391339 Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE-SG. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 5°.- De conformidad con el Artículo 26º de la Ley Nº 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, el citado Ofi cial Superior está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el Artículo 23º de la referida Ley, más el tiempo compensatorio previsto de acuerdo a la duración de la Misión de Estudios. Artículo 6º.- El citado personal deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y a la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo N° 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 8º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros ÁNTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 315705-5 Autorizan viaje de oficial del Ejército a Brasil, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 078-2009-DE/EP Lima, 21 de febrero de 2009 Visto la Hoja de Recomendación Nº 070 /U-3.c.6.a del 09 de diciembre de 2008, de la Dirección General de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, la Unidad Académica del Ejército de la República Federativa de Brasil, ha cursado la invitación para que UN (01) Ofi cial Superior participe en el Curso de Altos Estudios de Política y Estrategia, a llevarse a cabo en la Escuela Superior de Guerra del Ejército de la República Federativa de Brasil, ciudad de Río de Janeiro, a partir del 01 de marzo al 14 de diciembre de 2009; Que, el Ejército del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2009, la designación de UN (01) Ofi cial Superior para que participe en el Curso de Altos Estudios de Política y Estrategia en la Escuela Superior de Guerra del Ejército de la República Federativa de Brasil, ya que responde a la necesidad de contar con Ofi ciales especialistas en temas Estratégicos, formados en instituciones militares extranjeras, dentro del marco de los compromisos bilaterales de cooperación mutua asumidos por nuestro país, con el objeto de fomentar e incrementar las medidas de confi anza con instituciones armadas de otros países; Que, en el orden de ideas antes expuesto, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Crl Ing Ricardo Rubén PAJARES DEL CARPIO, para que participe en el Curso de Altos Estudios de Política y Estrategia, a llevarse a cabo en la precitada Escuela Superior de Guerra, del 01 de marzo al 14 de diciembre de 2009, por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia del Ejército del Perú; Que, el precitado viaje en Misión de Estudios se encuentra considerado en el Plan Anual de Viajes del Sector Defensa AF-2009, Prioridad I, Rubro 3.- Instrucción Militar Superior (Perfeccionamiento), Item Nº 4, documento que fue aprobado mediante Resolución Suprema Nº 028- 2009 DE del 19 de enero de 2009; Que, los gastos que demande la ampliación de permanencia en el exterior en Misión de Estudios, serán efectuados por el Ministerio de Defensa – Ejército del Perú, debiendo ser considerados con cargo al Presupuesto del Año Fiscal 2009; Que, de conformidad con el Artículo 26 de la Ley Nº 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, el Ofi cial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios, por un período mayor a SEIS (06) meses, por cuenta del Estado en el exterior, está impedido de solicitar su pase a la Situación de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el Artículo 23º de la referida Ley, más el tiempo compensatorio previsto de acuerdo a la duración de la Comisión de Servicio o Misión de Estudios; Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778– 2008 DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencia y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004 - DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Coronel de Ingeniería Ricardo Rubén PAJARES DEL CARPIO, CIP 113002100 y DNI 43238211, para que participe en el Curso de Altos Estudios de Política y Estrategia, a llevarse a cabo en la Escuela Superior de Guerra del Ejército de la República Federativa de Brasil, ciudad de Río de Janeiro, del 01 de marzo al 14 de diciembre de 2009. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a las disposiciones vigentes: Pasajes: Lima – Rio de Janeiro (BRASIL) – Lima US $ 1,137.47 x 1 persona US$ 1,137.47 Gastos de Traslado: (Ida y Retorno) US$ 2,900.00 x 2 compensaciones x 1 persona US$ 5,800.00 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US $ 2,900.00 x 9 meses (Mar – Nov) x 01 Ofi cial Superior US$ 26,100.00 US $ 2,900.00 ÷ 31 x 14 días (Dic) x 01 Ofi cial Superior US$ 1,310.00 Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 1 persona US$ 30.25 --------------------- TOTAL US$ 34,377.72