Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2009 (22/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de febrero de 2009

Articulo 3º.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004. Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 5º.- El mencionado Oficial revistara en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejercito del Peru, por el periodo que dure la Mision de Estudios. Articulo 6º.- De conformidad con el Articulo 26º de la Ley Nº 28359 ­ Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, el citado Oficial Superior esta impedido de solicitar su pase a la situacion de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido en su respetiva Institucion Armada el tiempo minimo previsto en el Articulo 23º de la referida Ley, mas el tiempo compensatorio previsto de acuerdo a la duracion de la Mision de Estudios. Articulo 7º.- El citado Oficial debera dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cuarta Disposicion Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004 ­ DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Articulo 8º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion Articulo 9º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa

Que, es conveniente para los intereses institucionales ampliar, la autorizacion de viaje a que se refiere la citada resolucion, en el sentido de considerar la permanencia en Mision de Estudios, en la Republica Federativa del Brasil, al Personal de Alumnos que se indica en la parte resolutiva, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009, correspondiente al Ano Fiscal 2009; Que, el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 7782008 DE/SG del 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los organos competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del personal militar y civil del sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento por concepto de Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad de los referidos viajes, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE-SG; y, Que, segun lo previsto en el numeral 17.1 del articulo 17º de la "Ley de Procedimiento Administrativo General", Ley Nº 27444 de fecha 21 de marzo de 2001, senala textualmente: "La autoridad podra disponer en el mismo Acto Administrativo que tenga eficacia anticipada a su emision, solo si fuera mas favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe, legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que se pretenda retrotraer la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopcion"; Que, de los requerido por la Ley se advierte que la retroactividad de este acto es favorable a los administrados y no les conlleva ningun perjuicio, de lo contrario no procederia la eficacia anticipada por mandato imperativo del mismo texto del articulo de la Ley; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, Ley Nº 29075 - Ley que Establece la Naturaleza Juridica, Funcion, Competencias y Estructura Organica Basica del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 008-2004DE/SG del 30 de junio de 2004 y Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar con eficacia anticipada, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009, la autorizacion de viaje a que se refiere la Resolucion Suprema Nº 230-2008-DE/ FAP de fecha 2 de MORDAZA de 2008, en el sentido de considerar la permanencia en Mision de Estudios, en la Republica Federativa del Brasil, al Personal de Alumnos FAP que se indica; a merito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion: Alumno FAP. Alumno FAP. Alumno FAP. Alumno FAP. Alumno FAP. Alumno FAP. ALGUEDAS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Evert MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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Amplian permanencia de alumnos FAP en Brasil, en mision de estudios
RESOLUCION SUPREMA Nº 079-2009-DE/FAP
MORDAZA, 21 de febrero de 2009 Vista la Papeleta de Tramite Nº 4689-SGFA-2008 de fecha 28 de octubre de 2008, del Secretario General de la Fuerza Aerea del Peru; CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Suprema Nº 230-2008-DE/FAP de fecha 2 de MORDAZA de 2008, se autorizo el viaje al exterior en Mision de Estudios a la Republica Federativa del Brasil, del 4 de MORDAZA al 31 de diciembre de 2008, al Personal de Alumnos FAP que se indica en la parte resolutiva, para que participen en el "Curso de Formacion de Sargentos (CFS)"; el cual se desarrollara del 4 de MORDAZA de 2008 al 25 de junio de 2010, en la Escuela de Especialistas de Aeronautica - EEAR de la Fuerza Aerea Brasilena; Que, por razones presupuestales solo se considero el pago del periodo comprendido del 4 de MORDAZA al 31 de diciembre de 2008, con cargo al Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008; considerandose el pago a los anos posteriores con cargo al Presupuesto del Sector Publico del Ano Fiscal que corresponda; asimismo, la ampliacion de permanencia en el extranjero se autorizara anualmente hasta la culminacion del curso en junio del ano 2010; Que, la citada mision se encuentra incluida en el Rubro 1.- Formacion/Calificacion/Especializacion, Item 61, del Anexo 1 del Plan Anual de Viajes del Sector Defensa para el Ano Fiscal 2009, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 028-2009 DE/SG del 19 de enero de 2009;

Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, efectuara el pago correspondiente, con cargo al Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, de acuerdo a los conceptos siguientes: Compensacion Extraordinaria por Servicios en el Extranjero US$ 500.00 x 12 meses x 6 Alumnos Gastos de Traslado (Ida y Retorno) US$ 500.00 x 2 x 6 Alumnos Articulo 3º.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos por servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG. Articulo 4º.- El citado personal debera dar cumplimiento a lo dispuesto en los articulos 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y a la Cuarta Disposicion Fiscal del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con

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