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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de febrero de 2009 391608 Artículo 3º.- Los desembolsos de los recursos de la transferencia fi nanciera aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución, sólo se efectivizarán luego que el Gobierno Regional de Junín presente al Programa Agua Para Todos, el Contrato de Ejecución de Estudios, Obra o Supervisión del Proyecto, así como las valorizaciones e informes del avance de ejecución de obras, y otros documentos relacionados a los componentes aprobados sobre la viabilidad del Proyecto. El cronograma de desembolsos establecido en el Anexo B de la presente Resolución podrá ser modifi cado en función a los resultados de la ejecución de la obras del Proyecto, así como por factores externos no previsibles. La modifi cación del cronograma de desembolsos deberá contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y del Director Ejecutivo del Programa Agua Para Todos, quien por parte del Ministerio queda autorizado para aprobar la modifi cación del citado cronograma Artículo 4º.- La Transferencia Financiera aprobada por la presente Resolución se sujeta a los términos y condiciones establecidos en el Convenio Específi co de fecha 15 de febrero de 2007 y Adenda, suscritos entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Gobierno Regional de Junín y la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Selva Central S.A. - EPS SELVA CENTRAL S.A. para el fi nanciamiento del Proyecto. Artículo 5º.- El Programa Agua Para Todos es responsable del cumplimiento de la presente Resolución, de la ejecución del Convenio Específi co señalado en el artículo 4 de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo del Proyecto. Regístrese, comuníquese y publíquese. NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento R.M. Nº 090-2009-VIVIENDA ANEXO A PROYECTO DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA : GOBIERNO REGIONAL JUNIN COD SNIP PROYECTO TIPO DE EJECUCION PRESUPUESTARIA PPTO. PIM 2009 S/. TRANSF. FINANCIERA HASTA POR S/. 6019 MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE PICHANAKI Y SANGAMI. INDIRECTA 8 481 038,00 8 481 038,00 TOTAL 8 481 038,00 ANEXO B PROYECTO DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA : GOBIERNO REGIONAL JUNIN COD SNIP PROYECTO TIPO DE EJECUCION PRESU- PUESTARIA CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS PROYECTADOS S/. TRANSF. FINANC. HASTA POR S/. 01 MES 02 MES 03 MES 04 MES 6019 MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS SISTE- MAS DE AGUA POTABLE Y AL- CANTARILLADO DE PICHANAKI Y SANGAMI. INDIRECTA 2 120 260,00 2 120 260,00 2 120 259,00 2 120 259,00 8 481 038,00 TOTAL 8 481 038,00 317553-1 ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA Dan por concluida designación de Jefe de la Oficina de Tecnología de la Información RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR EJECUTIVO N° 020-2009 Lima, 27 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28660, se determina la naturaleza jurídica de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, como organismo público descentralizado adscrito al sector economía y fi nanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera, constituyendo un pliego presupuestal; Que, mediante Decreto Supremo N° 034-2008-PCM, se aprueba la califi cación de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, como Organismo Público Ejecutor, atendiendo a lo dispuesto por el Título IV de la Ley N° 29158; Que, mediante Decreto Supremo N° 042-2009-EF se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, que establece en su artículo 20° que la administración de los recursos para el soporte y desarrollo informático, así como el servicio mismo de soporte técnico y racionalización de los recursos informáticos son funciones de la Ofi cina de Administración y Finanzas; Que, el Artículo 9º del mencionado Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, en su inciso e) establece la facultad del Director Ejecutivo para aprobar la estructura y organización interna de la institución, designar a sus empleados de confi anza y nombrar a sus funcionarios, autorizar la contratación del personal así como asignar sus funciones y competencias; Que, mediante Resolución del Director Ejecutivo Nº 073-2007, se designó al señor Marco Aurelio Espinoza Rivera en el cargo de Jefe de la Ofi cina de Tecnología de la Información de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN; Que, la Ofi cina de Tecnología de la Información, no forma parte de la nueva estructura orgánica de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, por lo que se ha visto por conveniente dar por concluida la designación en dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de Organización de Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2009- EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida la designación del señor Marco Aurelio Espinoza Rivera como Jefe de la Ofi cina de Tecnología de la Información, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAYETANA ALJOVIN GAZZANI Directora Ejecutiva PROINVERSIÓN 317860-1