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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 16 de julio de 2009 399145 autorizadas, además de capacitar a los conductores de las clases A categoría II y III, podrán impartir cursos de capacitación a quienes aspiren obtener la licencia de conducir de la clase A categoría I, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas en el Reglamento bajo comento y cuenten con la autorización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso los certifi cados que éstas emitan tendrán validez para exonerar a dichos postulantes de la evaluación teórica sobre las normas de tránsito; Que, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, mediante Informe Nº 473-2009-MTC/15.03 de fecha 27 de mayo último, concluye que resulta procedente la solicitud presentada por la ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES E. CABRERA TOURING CLASS SRL para impartir los cursos de capacitación a quienes aspiren obtener licencia de conducir de la clase A categoría I, dentro del horario establecido de lunes a domingo de 7:30 am. a 9:15 pm; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir de Vehículos automotores y no motorizados de transporte terrestre, Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 y la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 27791. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Otorgar a la ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES E. CABRERA TOURING CLASS SRL autorización para impartir cursos de capacitación a quienes aspiran a obtener la licencia de conducir de la clase A categoría I, en el local y en el horario establecido en la Resolución Directoral Nº 965- 2009-MTC/15, debiendo utilizar para ello, el vehículo que a continuación se detalla: Marca Modelo Clase Nº Chasis Nº de Motor Año Fab. Placa MITSUBISHI L200 CR 4x4 2.5 C/D CMTA PICKUP (N1) MMBJNKB407D119644 4D56UCAS2675 2007 PL- 3930 Artículo Segundo.- Remitir a la Dirección de Supervisión, Fiscalización y Sanciones, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Cuarto.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo de cargo de la ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES E. CABRERA TOURING CLASS SRL los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS CASTAÑEDA NEYRA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 371080-1 VIVIENDA Aceptan renuncia y designan Director General de la Oficina Nacional de Coordinación Sectorial y Promoción Institucional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 193-2009-VIVIENDA Lima, 15 de julio de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 866-2008- VIVIENDA se designó al señor Julio Cárdenas Sánchez, en el cargo de Director General de la Ofi cina Nacional de Coordinación Sectorial y Promoción Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que resulta conveniente aceptar la misma y designar al funcionario que desempeñará el cargo; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27594, 27792 y 29158, modifi cada por la Ley Nº 29209 y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Julio Cárdenas Sánchez, en el cargo de Director General de la Ofi cina Nacional de Coordinación Sectorial y Promoción Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dándose las gracias por los servicios prestados al Estado. Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha, al señor Carlos Manuel Armas Vela, en el cargo de Director General de la Ofi cina Nacional de Coordinación Sectorial y Promoción Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCIS ALLISON OYAGUE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 373100-1 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA Declaran al Puente de Huancapata, ubicado en el distrito y provincia de Ambo, departamento de Huánuco, como bien inmueble integrante del patrimonio cultural de la Nación RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 988/INC Lima, 9 de julio de 2009 Visto el Informe Nº 044-2009-SCCC-SDR-DPHCR/INC; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21° de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, de conformidad al artículo VII del Título Preliminar de la Ley N° 28296, “Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación”, el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identifi cación y registro de inmuebles, espacios, testimonio y áreas urbanas que por su valor histórico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante el Informe Nº 020-2009-DMVE-SDIH- DPHCR/INC de fecha 18 de marzo de 2009 de la Sub Dirección de Investigación Histórica de la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano, se realiza la investigación histórica del Puente de Huancapata, concluyendo que el mismo posee una serie de valores que dan mérito a que se evalúe su incorporación a la lista de bienes inmuebles integrantes del patrimonio cultural de la Nación, constituyendo una expresión significativa de la política vial nacional, y regional en el primer siglo de la vida republicana; posee interés para la evolución de la técnica en la ingeniería de puentes; sus valores arquitectónicos son relevantes; se ubica en un espacio histórico notable, el de la “batalla de Arcopunco” o “Ambo”, que puso fin a la revolución independista de Huánuco de 1812, liderada por Juan José Crespo y Castillo; Que, mediante el informe del visto, de fecha 12 de mayo de 2009 de la Sub Dirección de Registro de la Dirección