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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 18 de julio de 2009 399288 Artículo 191°-c .- Son funciones de la Subgerencia de Tránsito y Vialidad: a) Difundir en el distrito las normas de educación vial en apoyo de la Policía Nacional del Perú, en prevención de accidentes de tránsito. b) Ejecutar acciones conjuntas con la Policía Nacional del Perú, para el control del tránsito y vialidad en la jurisdicción de conformidad con las disposiciones dictadas por la Gerencia de Transporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima. c) Apoyar a la Policía Nacional del Perú en el control del tránsito vehicular en casos de emergencia. d) Detectar e imponer sanciones por incumplimiento de las normas vigentes al servicio de transporte urbano del distrito, en apoyo a la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Policía Nacional del Perú. e) Detectar e imponer sanciones por incumplimiento de las normas en materia de tránsito vehicular en el distrito, en apoyo a la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Policía Nacional del Perú. f) Realizar operativos de control de vehículos de transporte público urbano e identifi car paraderos no autorizados, en coordinación con la Policía Nacional del Perú y con el apoyo de Inspectores Municipales de Transporte de la Municipalidad Metropolitana de Lima. g) Planifi car el tránsito en el distrito en concordancia con la normatividad vigente. h) Planifi car la colocación de dispositivos de seguridad en el distrito, coordinando para tal fi n con la Subgerencia de Mantenimiento del Ornato. i) Supervisar el mantenimiento y operatividad de los dispositivos de señalización y los semáforos del distrito, coordinando con la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente. j) Apoyar a la Gerencia de Obras Públicas en el reordenamiento del tránsito vehicular durante los trabajos de rehabilitación o ejecución de obras en la vía pública. k) Apoyar a la Subgerencia de Mantenimiento del Ornato en el reordenamiento del tránsito vehicular durante los trabajos de mantenimiento en la vía pública. l) Coordinar con la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, los cambios de señalización que se consideren necesarios o los que se deriven de la regulación establecida por la Municipalidad Metropolitana de Lima. m) Mantener un registro de las multas y sanciones emitidas. n) Controlar la entrega de las liquidaciones mensuales que emite el SAT a favor de la Municipalidad de Santiago de Surco para su entrega a la Gerencia de Finanzas. o) Resolver en primera instancia los recursos presentados por los administrados, en materia de su competencia. p) Proponer, gestionar e implementar mejoras en los procesos y procedimientos de su competencia. q) Formular, proponer y ejecutar su presupuesto anual, el Plan Operativo Institucional (POI) y el Plan Estratégico Institucional en el ámbito de su competencia. r) Cumplir con las demás funciones asignadas por el Gerente Tránsito y de Seguridad Ciudadana. s) Coordinar con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones para desarrollar las funciones propias del cargo. REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio que hubiere en las diversas secciones del diario. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Sección Segunda aprobada por Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, se presentará en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL