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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2009 (18/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 58

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 18 de julio de 2009 399280 • Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo • Ley Nº 29298, Ley que modifi ca la Ley Nº 28056, Ley Marco de Presupuesto Participativo. • Ley Nº 28411, Ley del Sistema Nacional de Presupuesto • Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública • D. S. Nº 171-2003-EF, Reglamento de la Ley Nº 28056 • Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01, Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo para el año fi scal 2009 • Comunicado Nº 026-2008-EF/76.01. Inicio del Presupuesto Participativo 2010. Artículo 4º.- Defi niciones Para efectos de la presente Ordenanza se entenderá por: 4.1 PRESUPUESTO PARTICIPATIVO: Es un instrumento de política y de gestión a través del cual las autoridades locales así como las organizaciones de la población debidamente representadas, determinan de manera concertada, como y a qué, se van a orientar los recursos, teniendo en cuenta los objetivos del Plan Estratégico Institucional, según corresponda, los cuales están directamente vinculados a la visión y objetivos del Plan de Desarrollo Concertado. 4.2 PLAN DE DESARROLLO CONCERTADO-PDC Instrumento de base territorial y de carácter integral, orientador del desarrollo local y del Presupuesto Participativo. Contiene los acuerdos sobre la visión de desarrollo y de los objetivos estratégicos de corto y mediano plazo, en concordancia con los planes sectoriales y nacionales. 4.3 CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL-CCLD Es la instancia máxima que orienta el proceso de Planifi cación del Desarrollo y el Presupuesto Participativo. Está integrado por el Alcalde, los siete (07) regidores distritales y de los tres (03) representantes de organizaciones sociales de base, quienes deberán cumplir con las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 4.4 PLAN ESTRATÉGICO INSTITUCIONAL (PEI) Instrumento orientador de la gestión de Gobierno Local, formulado desde perspectiva multianual, que debe Tomar en cuenta la visión de desarrollo, los objetivos estratégicos y acciones concertadas en el Plan de Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo. 4.5 AGENTES PARTICIPANTES. Son quienes participan con voz y voto, en la discusión y/o toma de decisiones en el proceso del Presupuesto Participativo 2010. Están integrados por los Miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital del distrito de Barranco, los representantes de la Sociedad Civil debidamente identifi cados y acreditados, y los representantes de las entidades del gobierno nacional que desarrollan acciones en el ámbito del distrito de Barranco. Designados para este fi n, integran también el equipo técnico de soporte del proceso designado por el Alcalde, quienes participan con voz pero sin voto. 4.6 SOCIEDAD CIVIL ORGANIZADA En el proceso del Presupuesto Participativo 2010 participan todos los segmentos de la Sociedad Civil, representado por su delegado debidamente acreditado por su organización, los cuales se inscribirán en un libro denominado Libro de Registro de los Agentes Participantes; que será abierto para tal fi n por la Municipalidad. 4.7 TALLERES DE TRABAJO Reuniones de trabajo de los agentes participantes convocadas por el Alcalde, en las cuales se analiza la problemática del distrito y en el proceso de deliberación de los mismos, se llega a la toma de acuerdos concertados en la búsqueda de alcanzar metas y objetivos orientado al desarrollo integral del distrito. 4.8 EVALUACION TÉCNICA Consiste en el análisis y desarrollo técnico fi nanciero de cada uno de los Proyectos de Inversión Pública, propuestos en los Talleres de Trabajo para poder evaluar su viabilidad y ser considerados en el proceso de defi nición del Presupuesto Participativo. Esta evaluación está a cargo del Equipo Técnico. 4.9 PROYECTO DE INVERSION PÚBLICA - PIP Es todo proyecto que compromete los Recursos Públicos. Para este efecto se considera Recursos Públicos cualquiera de los recursos fi nancieros y no fi nancieros de propiedades del estado o aquellos administrados por las entidades del Sector Público. 4.10 RUOS Es el Registro Único de Organizaciones Sociales, aprobado mediante Ordenanza Nº 191-MLM, en la que se establece la obligatoriedad de las Instituciones Sociales, Vecinales y otras a inscribirse en este Registro a fin de obtener su personería Municipal. TÍTULO II LOS AGENTES PARTICIPANTES Artículo 5º.- REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL En el Proceso del Presupuesto Participativo 2010, intervienen la Sociedad Civil, representados por sus delegados acreditados los que se inscribirán en un Libro de Registro que abrirá la Municipalidad de Barranco La Sociedad Civil esta representada por los siguientes segmentos: juntas vecinales, clubes de madres, comedores populares, comités de vaso de leche, sindicatos, asociaciones de padres de familia, organizaciones de mujeres, de jóvenes, tercera edad y cualquier otra agrupación social representativa en el distrito. Así mismo los organismos e instituciones privadas que son todas las organizaciones, instituciones y demás entidades privadas promotoras del desarrollo, tales como universidades, colegios profesionales, asociaciones civiles, organizaciones no gubernamentales de desarrollo, cámaras de comercio, asociaciones o gremios empresariales, laborales, agrarias de productores o comerciantes, organismos de cooperación técnica internacional, fundaciones, iglesias, entre otras con presencia en la jurisdicción. TÍTULO III DEL EQUIPO TÉCNICO Artículo 6º.- EL EQUIPO TÉCNICO Son las personas que brindan el soporte técnico en el proceso de planeamiento de desarrollo concertado y presupuesto participativo, desarrolla el trabajo de evaluación técnica y realiza las acciones de capacitación de los agentes participantes. Se encuentra conformado por: - El Jefe de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, quien lo presidirá - El Gerente de Desarrollo de la Ciudad y Medio Ambiente - El Sub Gerente de Participación Vecinal y Social - Un profesional de la Sociedad Civil Organizada. Artículo 7º.- FUNCIONES DEL EQUIPO TÉCNICO El equipo técnico tiene a su cargo la preparación y suministro de información que precede a la convocatoria a los talleres de trabajo y tiene como objeto dotar a los participantes, de información actualizada y relevante para el proceso, además de capacitar a los agentes participantes sobre las fases del proceso participativo, especialmente en identifi cación de problemas y priorizacion. Apoyar en la Organización y ejecución de los talleres durante el proceso, así como la preparación y suministro de la información necesaria para el debate de los talleres y