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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de junio de 2009 396961 y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, establece que la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público es el órgano de línea encargado de orientar, integrar, hacer seguimiento y evaluar la Programación de la Inversión Pública; Que, el Decreto Supremo N° 176-2006-EF aprobó la Directiva para la Programación Multianual de la Inversión Pública, mediante la cual se establecieron las pautas y criterios que orientan la Programación Multianual de la Inversión Pública del nivel nacional, a fi n de optimizar la asignación y la efi ciencia en el uso de los recursos públicos; Que, mediante Resolución Directoral N° 012-2007- EF/68.11 se aprobó la Directiva N° 005-2007-EF/68.11, Directiva para la Programación Multianual de la Inversión Pública de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, mediante la cual se establecieron las pautas y criterios que orientan la programación multianual de la inversión pública de los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales; Que, mediante Resolución Directoral N° 001-2009- EF/68.11, se emitieron disposiciones complementarias aplicables a los tres niveles de gobierno para la programación multianual de la inversión pública correspondiente al período 2010-2012; Que, resulta necesario emitir disposiciones para la actualización de la programación multianual de la inversión pública para el período 2010-2012; En concordancia con las facultades dispuestas por la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, modifi cada por las Leyes N° 28522 y 28802 y por el Decreto Legislativo N° 1005, normas reglamentarias y complementarias, la Resolución Ministerial Nº 158-2001- EF/15 y la Resolución Ministerial Nº 052-2009-EF/10; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Objeto La presente Resolución Directoral tiene por objeto establecer los criterios y las responsabilidades a tener en cuenta para la actualización de la Programación Multianual de la Inversión Pública (PMIP) del periodo 2010-2012. Artículo 2°.- Base Legal 2.1. Ley N° 27293 y modifi catorias, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversión Pública 2.2. Ley Nº 28411 y modifi catorias, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto 2.3. Decreto Supremo Nº 176-2006-EF, que aprueba la Directiva para la Programación Multianual de la Inversión Pública 2.4. Decreto Supremo Nº 102-2007-EF, Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública 2.5. Resolución Directoral Nº 012-2007-EF/68.11, que aprueba la Directiva para la Programación Multianual de la Inversión Pública de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales 2.6. Resolución Directoral Nº 001-2009-EF/68.11, que dicta disposiciones complementarias para la Programación Multianual de la Inversión Pública para el periodo 2010- 2012 Artículo 3°.- Ámbito de Aplicación La presente Resolución Directoral es de aplicación a las entidades del Gobierno Nacional, a los Gobiernos Regionales y a los Gobiernos Locales señalados en la Tercera Disposición Complementaria de la Directiva N° 005-2007-EF/68.11, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 012-2007-EF/68.11, que constituyan Pliegos Presupuestarios, así como a las Empresas del Sector Público No Financiero u otras Instituciones Públicas que no constituyan Pliegos Presupuestarios. En ese marco, toda referencia genérica a Entidades en la presente norma se entenderá referida a las instituciones señaladas en el párrafo precedente, independientemente de su denominación u oportunidad de creación. Artículo 4°.- Herramientas y fuentes de información Para el objeto de la presente norma: a) El aplicativo informático PMIP señalado en la Resolución Directoral Nº 001-2009-EF/68.11, a cargo de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público (DGPM), constituye la herramienta de acceso universal utilizada para el registro de la información de la Programación Multianual de la Inversión Pública. Dicho aplicativo contiene información del Sistema Integrado de Administración Financiera – SIAF-SP. Esta información se refi ere a la ejecución acumulada al año fi scal 2008, el presupuesto institucional modifi cado del año fi scal 2009, el estimado al cierre del año fi scal 2009, asi como el avance de la ejecución al mes anterior de las actualizaciones que se realicen. b) La información del primer año del PMIP 2010-2012 registrada en el aplicativo informático sirve de base para la programación presupuestaria correspondiente al año fi scal 2010 a cargo de la Dirección Nacional de Presupuesto Público. Artículo 5°.- Criterios para actualizar la información de la Programación Multianual de Inversión Pública 2010-2012 Las Entidades revisarán la información del PMIP 2010- 2012 registrada en el aplicativo PMIP y efectuarán las actualizaciones necesarias en dicho aplicativo, según los cambios que se presenten luego de la aprobación del PMIP. Para ello se tomarán en cuenta los criterios siguientes: a) Los PIP que cuenten con un crédito presupuestario asignado en el año fi scal 2009, son considerados proyectos en ejecución, sea que cuenten con gastos devengados o no, conforme al PMIP 2010-2012. b) La incorporación de nuevos PIP viables en el PMIP 2010-2012 que afecten la programación de recursos de los PIP en ejecución deberá contar con el sustento técnico correspondiente y con la opinión favorable de la DGPM. c) La información del fi nanciamiento tiene carácter referencial. No obstante, las Entidades deberán considerar como primera opción el uso de los recursos provenientes de fuentes de fi nanciamiento distintas a Recursos Ordinarios, conforme a las estimaciones de captación u obtención que realice cada Pliego. d) Cuando un PIP es ejecutado por más de una Entidad será registrado por cada una de ellas, indicando la etapa (componente o meta), el monto que le corresponde ejecutar y en el campo “Comentarios” indica a las demás Entidades involucradas. e) Los PIP que se ejecuten por la modalidad “ejecución por encargo” son registrados por la Entidad que realiza el encargo y en cuyo nombre la Entidad encargada realiza la ejecución del proyecto. Artículo 6°.- Registros en el aplicativo PMIP 6.1. Los registros en el aplicativo PMIP son de responsabilidad de los órganos siguientes: a) Unidad Ejecutora: Registra los PIP en ejecución, siendo responsable por la información que registra. Para estos efectos, coordina con su respectiva Ofi cina de Presupuesto, o la que haga sus veces. b) Ofi cina de Programación e Inversiones (OPI): - Registra los datos del (o los) responsable(s) de la Unidad Ejecutora y administra los accesos al aplicativo PMIP. - Registra los proyectos nuevos conforme a los criterios de priorización. - Modifi ca, de ser el caso, los registros realizados por las Unidades Ejecutoras, coordinando con la respectiva Ofi cina de Presupuesto. - Realiza las acciones necesarias para que la programación multianual sea consistente con lo declarado viable en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública. 6.2. La DGPM administra el aplicativo PMIP en función a las necesidades del proceso de la programación multianual de la inversión pública, en el marco de la normatividad vigente. Artículo 7°.- Actualización del PMIP 2010-2012 7.1. El PMIP 2010-2012 aprobado conforme a la normativa vigente, podrá incorporar los ajustes necesarios y será actualizado hasta el 10 de junio de 2009. Dicha información será considerada en la programación presupuestaria del año fi scal 2010. Los ajustes se refi eren a la revisión de la información de los proyectos en ejecución