Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2009 (07/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 7 de junio de 2009

NORMAS LEGALES

397147

Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo - Sr. MORDAZA Munoz Ugarte - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministerio de Justicia - Sra. MORDAZA MORDAZA Rea Huayna - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministerio del Ambiente - Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Curimana - Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministerio de Energia y Minas - Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bonifaz Ministerio de Agricultura - Sr. MORDAZA MORDAZA Naupa - Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministerio de Economia y Finanzas - Sr. MORDAZA MORDAZA Yaya MORDAZA - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministerio de la Produccion - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Sr. MORDAZA MORDAZA Piazzini Nunez Ministerio de Relaciones Exteriores - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministerio de Salud - Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tantarona Ministerio de Transportes y Comunicaciones - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cazorla Articulo 2º.- Publicacion Disponer la publicacion del presente listado en los Portales Institucionales de cada Ministerio, de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Estado Peruano. Articulo 3º.- Inscripcion en el Legajo Personal Disponer la inscripcion del presente reconocimiento en el Legajo Personal de los servidores, conforme corresponda. Articulo 4º.- Refrendo La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros 357693-2

por Ley Num. 27140 dispuso que el CGBVP es un pliego presupuestal de la Presidencia del Consejo de Ministros, que goza de autonomia tecnica, economica y administrativa; y, es la autoridad competente en materia de prevencion, control y extincion de incendios; Que mediante el Decreto Supremo Num. 031-99-PCM se aprobo el Reglamento de la Ley Num. 27067, el cual establecio en su articulo 13º que el Escalafon Institucional estableceria los requisitos para el ingreso y ascenso en el orden jerarquico; Que por Resolucion Ministerial Num. 129-2000PCM se aprobo el Reglamento de Escalafon del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, el cual preve el regimen de incorporacion, permanencia, derechos, obligaciones y retiro del personal voluntario del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru; Que el Escalafon del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru es el registro en el que se inscribe al personal del CGBVP en Situacion de Actividad, tomando en cuenta su Categoria, Jerarquia, Grado, Antiguedad, y MORDAZA Ocupacional; Que mediante el documento de visto, la Comandancia General del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, propone las modificatorias correspondientes a la reorganizacion del orden jerarquico institucional de sus miembros, elaboradas por la Comision designada mediante Resolucion Jefatural Num. 036-2009 CGBVP; De conformidad con la Ley Num. 27067 - Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru y sus modificatorias aprobadas por Leyes Numeros 27140 y 27227; su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Num. 031-99-PCM; y, el Reglamento de Escalafon del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, aprobado por Resolucion Ministerial Num. 129-2000PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificacion del Reglamento de Escalafon del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, aprobado por la Resolucion Ministerial Num. 129-2000-PCM. Modificar el numeral 15.2 del Articulo 15; los Articulos 27, 46, 47, 48 y 51; y los literales a) de los articulos 69 al 75 y 95; e incluir el articulo 70-A en el Reglamento de Escalafon del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, aprobado mediante la Resolucion Ministerial Num. 129-2000-PCM, los cuales quedan redactados con el siguiente texto: "Articulo 15º.- De las Licencias 15.2 Las correspondan: licencias seran otorgadas, segun

* Oficiales Generales, por Resolucion Jefatural del Comandante General. * Oficiales Superiores, por Resolucion Jefatural del Comandante General. * Oficiales, por el Comandante Departamental. Articulo 27º.- De la jornada voluntaria en las Companias de Bomberos: La jornada voluntaria se cumple en la Compania de Bomberos a la que esta asignado el Bombero, a excepcion de aquellos que desempenen cargos en las Comandancias Departamentales, en el Comando Nacional, o en comisiones dispuestas por este: La jornada voluntaria minima para:
a. Suboficial CBP, b. Subteniente CBP, c. MORDAZA CBP, d. Capitan CBP, e. Mayor CBP, f. Comandante CBP, g. MORDAZA CBP, h. General CBP., i. MORDAZA General CBP, j. Comandante General de Bomberos, es de: es de: es de: es de: es de. es de: es de: es de: es de: es de: 30 horas mensuales, 20 horas mensuales, 20 horas mensuales, 10 horas mensuales 05 horas mensuales, 05 horas mensuales 05 horas mensuales, 12 horas anuales, 12 horas anuales, 06 horas anuales,

Modifican el Reglamento de Escalafon del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 247-2009-PCM MORDAZA, 4 de junio de 2009 Vistos los Oficios Numeros 097 y 108-2009 CGBVP/ CG del Comandante General (e) del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru; CONSIDERANDO: Que la Ley Num. 27067 - Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru- CGBVP-, modificada

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