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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2009 (07/06/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 7 de junio de 2009 397163 lo propuesto: Desembalaje y revisión de componentes – 1 hora, Armado y montaje y nivelación del soporte (se costea aparte tomando en cuenta peso estimado de soporte y costo unitario de montaje por peso de estructura Archivo ESTIMACION ESTRUCTURA EQUIPOS.xls y se adiciona al montaje del equipo en el archivo I-401 MONT SSEE.xls en la hoja MONTAJE ASIG. A EQUIPOS PRINC.), Montaje fi jación y nivelación del TT – 2 horas, Torqueado de soporte y TT –0 horas (Incluido en actividad anterior), Montaje de la caja de agrupamiento – 2/3 horas, Calado de la caja de agrupamiento para ingreso de cables de control – 3/3 horas, Colocación de tuberías para los cables de control 4/3 horas. Es decir, en promedio se tiene un estimado de 5,99 horas que corresponde a 0,749 días, que equivale a un rendimiento de 1,336; Que, por lo expuesto, se debe declarar fundado en parte este extremo y modifi car el rendimiento de 2,5 a 1,336; 4.47. Que, LUZ DEL SUR no presenta sustento de este extremo, por lo cual la resulta infundado; 4.48. Que, se debe precisar que el artículo 19° del RESESATAE no condiciona la instalación a lo solicitado por el titular, por lo cual no se encuentra fundamento para aceptar lo solicitado; 4.49. Que, LUZ DEL SUR no presenta sustento de su solicitud, por lo cual la misma carece de fundamento. 4.50. Que, la fi nalidad de los módulos estándares es la de contar con una inversión técnica y económicamente efi ciente en cada uno de ellos, y no es su fi nalidad valorizar instalaciones con todo el detalle de los materiales utilizados fi nalmente en una instalación, los cuales dependen de cada ingeniería de detalle en particular. En los módulos estándares se consideran que las salidas desde el terciario se realizan mediante cables de energía hacia una sala de celdas, por lo tanto, no se requieren de soportes de barras. Por ello se debe declarar infundado este extremo; 4.51. Que, la fi nalidad de los módulos estándares es la de contar con una inversión técnica y económicamente efi ciente en cada uno de ellos, y no es su fi nalidad valorizar instalaciones con todo el detalle de los materiales utilizados fi nalmente en una instalación, los cuales dependen de cada ingeniería de detalle en particular. En los módulos estándares se consideran que las salidas desde el terciario se realizan mediante cables de energía hacia una sala de celdas, por lo tanto, no se requieren barras de cobre. Por ello se debe declarar infundado este extremo; 4.52. Que, la fi nalidad de los módulos estándares es la de contar con una inversión técnica y económicamente efi ciente en cada uno de ellos, y no es su fi nalidad valorizar instalaciones con todo el detalle de los materiales utilizados fi nalmente en una instalación. En relación a los materiales solicitados, el costo de los mismos no es signifi cativo en comparación con el costo del transformador y materiales secundarios, en tal razón, no es considerado dentro de los módulos estándares. Por ello se debe declarar infundado este extremo; 4.53. Que, se efectuó la revisión solicitada y se encontró que efectivamente la hoja Resumen del Archivo de Obras Civiles, Base Equipos de Celdas.xls y la hoja Resumen del archivo Análisis de Precios Subestaciones. xls deben ser corregidas. Igualmente se trasladará al fi nal del archivo la hoja Dimensiones Bases del archivo Mercado-Perú Bases Aparatos de Playa con indicación de que no se usa en la evaluación actual. Por lo expuesto, este extremo debe declararse fundado; 4.54. Que, debe indicarse que la wincha es una herramienta manual y su costo se encuentra incluido en el porcentaje asignado a las herramientas manuales. No obstante, se ha revisado y actualizado la partida incluyendo la incidencia de los materiales solicitados dentro de un porcentaje de materiales consumibles. En ese sentido, este extremo debe declararse fundado en parte; 4.55. Que, se debe indicar que debido a la mayor experiencia y confi abilidad, se consideran los rendimientos publicados por la Cámara Peruana de Construcción (CAPECO), los cuales se basan en un cuadro de rendimientos mínimos ofi ciales de la mano de obra en la Industria de Construcción Civil en el ramo de Edificaciones, en jornadas de 8 horas, establecidos por Resolución Ministerial N° 175 del 09.04.68. De este modo, de acuerdo a los rendimientos publicados por CAPECO para una excavación de zanja con profundidades de hasta 1m, se indica 4 m3/día y no 3,50 m3/día como requiere LUZ DEL SUR. Por esta razón, este extremo resulta infundado; 4.56. Que, se debe indicar que debido a la mayor experiencia y confi abilidad, se consideran los rendimientos publicados por la Cámara Peruana de Construcción (CAPECO), los cuales se basan en un cuadro de rendimientos mínimos ofi ciales de la mano de obra en la Industria de Construcción Civil en el ramo de Edifi caciones, en jornadas de 8 horas, establecidos por Resolución Ministerial N° 175 del 09.04.68. De este modo, de acuerdo a los rendimientos publicados por CAPECO para la partida de relleno se indica 0,10hh y no 0,30 hh como requiere LUZ DEL SUR. No obstante, sí se considera pertinente incluir el suministro de agua al no haber sido considerado; Que, por lo expuesto, este pedido resulta ser fundado en parte; 4.57. Que, se debe indicar que debido a la mayor experiencia y confi abilidad, se consideran los rendimientos publicados por la Cámara Peruana de Construcción (CAPECO), los cuales se basan en un cuadro de rendimientos mínimos ofi ciales de la mano de obra en la Industria de Construcción Civil en el ramo de Edifi caciones, en jornadas de 8 horas, establecidos por Resolución Ministerial N° 175 del 09.04.68. De este modo, de acuerdo a los rendimientos publicados por CAPECO para la partida de relleno se indica 0,10hh y no 0,30 hh como requiere LUZ DEL SUR. De igual modo, debe indicarse que el suministro de agua sí está considerado en el cálculo; Que, por lo expuesto, este pedido resulta ser infundado; 4.58. Que, se debe mencionar que esta partida presenta una mejor efi ciencia con el uso de Cargador Frontal para el carguío del material a eliminar en los volquetes, en lugar del empleo de peones, por lo cual se ha incluido ésta maquinaria en el análisis de costos unitarios. Por lo expuesto, no es conveniente la propuesta de LUZ DEL SUR de utilizar carguío manual de desmonte. En este sentido, este extremo resulta infundado; 4.59. Que, como se mencionara previamente, para los rendimientos y cantidades de insumo no se utiliza la información del S10 – Costos, según lo solicita LUZ DEL SUR, sino la información publicada por CAPECO. En los módulos estándares se ha establecido dos tipos de excavaciones, las menores a un metro de profundidad y las mayores a un metro de profundidad. Asimismo para establecer la profundidad promedio de mayores a un metro, se ha promediado todas las profundidades de cimentación máximas y mínimas de todos los niveles de tensión, resultando ser 1.40 m. Cabe recalcar que los módulos estándar son módulos promedios y no contemplan cada caso particular de los diferentes niveles de cimentación que se puedan presentar; Que, por lo expuesto, este pedido resulta ser infundado; 4.60. Que, para los rendimientos y cantidades de insumo utilizados en el módulos estándar no se considera la información del S10 – Costos, sino la información de CAPECO. No obstante, en vista de lo observado por LUZ DEL SUR se ha corregido y mejorado la partida de excavación en roca incrementándose los materiales a ser usados, como mecha, dinamita, etc. En este sentido, este extremo resulta ser fundado en parte; 4.61. Que, se verifi có que efectivamente se había omitido la sub partida de eliminación de desmonte, por lo cual se procederá a incluir el metrado y su respectivo precio. En este sentido, este extremo resulta fundado; 4.62. Que, se verifi có que no se incluyeron algunas sub-partidas en el Cerco de Malla Metálica, por lo cual se procederá a adicionar la sub-partida de eliminación de desmonte y el insumo de materiales consumibles dentro del cual se contempla la pintura, el galvanizado y cualquier otro material consumible, conforme lo requiere LUZ DEL SUR. Por lo expuesto, este extremo resulta fundado; 4.63. Que, se ha realizado una revisión general de la partida campamento incluyéndose una mayor cantidad