Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2009 (07/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 7 de junio de 2009

NORMAS LEGALES
Grado Limite de permanencia en el Grado Limite de edad 08 anos. 16 anos 14 anos 12 anos 10 anos 10 anos 10 anos 16 anos

397149

Jerarquia Oficiales Generales Oficiales Superiores Oficiales Plana Menor

MORDAZA General CBP General CBP MORDAZA CBP Comandante CBP Mayor CBP Capitan CBP MORDAZA CBP Sub MORDAZA CBP Sub-Oficiales CBP

A partir del siguiente ano de la vigencia de la presente modificatoria, los ascensos se rigen segun la MORDAZA establecida en el articulo 70-A Registrese, comuniquese y publiquese. YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros 357565-1

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- La insignia de Comandante General del CGBVP reconoce el Cargo que ostenta la MORDAZA autoridad de la Institucion. Se ostenta durante el ejercicio de las funciones de Comandante General del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru y termina al concluir sus funciones como tal, retomando su jerarquia precedente que ostentara MORDAZA de asumir la Comandancia General (asumiendo el grado de MORDAZA General CBP). Segunda.- El grado de MORDAZA General CBP, reemplaza a la anterior jerarquia de Brigadier General, encontrandose enmarcada en las mismas condiciones y terminos del mando anterior. Tercera.- El grado de General CBP reemplaza a la anterior jerarquia de Brigadier Mayor CBP, encontrandose enmarcada en las mismas condiciones y terminos del mando anterior. Cuarta.- El grado de Comandante CBP, reemplaza a la anterior jerarquia de Brigadier CBP, encontrandose enmarcada en las mismas condiciones y terminos del mando anterior. Quinta.- El grado de Mayor CBP, reemplaza a la anterior jerarquia de MORDAZA Brigadier CBP, encontrandose enmarcada en las mismas condiciones y terminos del mando anterior. Sexta.- El grado de Sub Oficial CBP, reemplaza a la anterior jerarquia de Seccionario CBP, y sera dividida a partir de la presente homologacion en tres MORDAZA de servicio que se denominara de la siguiente manera: - Sub Oficial de Primera al ascender de Bombero Alumno. - Sub Oficial de MORDAZA al cumplir dos anos de servicio. - Sub Oficial de Tercera al cumplir tres anos de servicio y los requisitos para ascenso a Subteniente CBP. Los ascensos a esta jerarquia, son automaticos computandose sus asistencias al cuartel, emergencias, guardias nocturnas y actividades que se desarrollen en sus Companias de origen. Setima.- La presente Resolucion entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Unica.- Para la designacion del MORDAZA grado de MORDAZA CBP, por excepcion y unica vez, se otorgaran las primeras 30 vacantes a los Bomberos que esten ocupando cargo activo como Directores, Asesores de alguna Direccion General con Resolucion Jefatural, asi como Comandantes Departamentales y Vice Comandantes Departamentales y Jefes de Brigada, hasta donde se cubran las vacantes mencionadas. Ademas, por unica vez, los Oficiales aptos para el ascenso al grado de MORDAZA CBP, deberan contar con una antiguedad minima de 10 anos, al 31 de diciembre del 2008, en el Grado actual de Brigadier CBP, y se tomara en cuenta la diferencia que le quede de anos en la jerarquia, para que mantengan la opcion a la jerarquia inmediata superior que le otorgaria la antiguedad de anos acumulados.

AMBIENTE
Aprueban Plan de Estandares de Calidad Ambiental y Limites MORDAZA Permisibles para el Ano Fiscal 2009
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 121-2009-MINAM 1 de junio de 2009 CONSIDERANDO: Que, el articulo 3º de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, dispone que el Estado, a traves de sus entidades y organos correspondientes, disena y aplica, entre otros, las normas que MORDAZA necesarias para garantizar el efectivo ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades contenidas en dicha ley; Que el articulo 32º de la citada Ley General del Ambiente, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1055, establece que la determinacion del Limite MORDAZA Permisible ­ LMP corresponde al Ministerio del Ambiente ­ MINAM, y su cumplimiento es exigible legalmente por este y los organismos que conforman el Sistema Nacional de Gestion Ambiental; Que, el literal d) del articulo 7º del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del MINAM, establece como una de sus funciones especificas de elaborar los Estandares de Calidad Ambiental (ECA) y Limites Maximos Permisibles (LMP), de acuerdo con los planes respectivos; Que, el literal o) del articulo 39º del Reglamento de Organizacion y Funciones del MINAM, aprobado por Decreto Supremo Nº007-2008-MINAM, establece que es funcion de la Direccion General de Politicas, Normas e Instrumentos de Gestion Ambiental ­ DGPNIGA elaborar el Plan de Estandares de Calidad Ambiental (ECA) y Limites Maximos Permisibles (LMP); Que, la DGPNIGA ha elaborado el Plan en referencia para el Ano Fiscal 2009, el mismo que ha sido presentado en un taller llevado a cabo en la MORDAZA de MORDAZA el dia 30 de MORDAZA del 2009, en el cual participaron representantes de los sectores involucrados; Con la visacion de la Viceministra de Gestion Ambiental, del Secretario General, de la Directora General de Politicas, Normas e Instrumentos de Gestion Ambiental, asi como de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion del Plan de Estandares de Calidad Ambiental (ECA) y Limites Maximos Permisibles (LMP). Apruebese el Plan de Estandares de Calidad Ambiental (ECA) y Limites Maximos Permisibles (LMP) para el Ano Fiscal 2009, el mismo que en Anexo integra la presente Resolucion. Articulo 2º.- Encargo Encargar a la Direccion General de Politicas, Normas e Instrumentos de Gestion Ambiental del Viceministerio de Gestion Ambiental, la ejecucion de las actividades y

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