Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2009 (07/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 7 de junio de 2009

NORMAS LEGALES

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4.24. Que, respecto de la longitud del cable de continuidad considerado, se verifico que resulta insuficiente, por lo que corresponde ser modificado sobre la base del analisis tecnico que presenta LUZ DEL SUR; de este modo, se procedera a modificar las longitudes como el promedio de las longitudes respectivas por nivel de tension. Respecto al costo del cable de continuidad tambien se procedera a actualizarlo considerando el precio del "Cable de conexion unipolar y de continuidad de tierra de 120 mm2 - Cobre" del ano 2008 ascendente a 16,50 $/m. Por lo expuesto, este extremo debe ser declarado fundado en parte; 4.25. Que, debe aclararse que las valorizaciones de los modulos estandar si toman en cuenta el costo del transporte del suministro a obra (columna FLETE DE SUMNISTRO A OBRA). Asi mismo, no se encuentra el sustento de los costos que propone LUZ DEL SUR, por lo que este extremo es infundado; 4.26. Que, debe senalarse que con excepcion de la cordina de MORDAZA y la prensa hidraulica, los demas requerimientos ya estan considerados dentro de las partidas EH-CABAPORT, MT-MATECONS y EH-HERRMANU; por lo que corresponde incluir estos dos equipos dentro de la partida unitaria de montaje electromecanico de cables subterraneos. En ese sentido, este extremo debe ser declarado fundado en parte; 4.27. Que, se debe indicar que la partida de montaje electromecanico, en todos los modulos de cable subterraneo, incluye la partida "Material Consumible" el cual engloba el costo de todos los materiales que se utilizan para el tendido de cables subterraneos, como son lubricantes, capuchones, sellos de ductos y mantas de proteccion. Por lo senalado, este extremo es infundado; 4.28. Que, en MORDAZA LUZ DEL SUR no presenta ningun sustento tecnico que demuestre que el empleo de lozas de concreto de las dimensiones que senala puedan proteger a las personas de las posibles tensiones de toque y paso. Existen otras alternativas como es el uso de anillos equipotenciales en los sistemas de puesta a tierra que pueden contrarrestar los efectos de las tensiones de toque y paso. Ademas, se debe considerar que, por lo general, en zonas urbanas los postes estan ubicados en bermas centrales o laterales cuyo acceso es limitado debido a que estos cuentan con su propio cerco de proteccion. Por lo tanto, no amerita colocar lozas de concreto en dichos lugares. Por lo senalado, este extremo es infundado; 4.29. Que, acerca de los sustentos que LUZ DEL SUR brinda para proponer el empleo de una sola altura de 21 m para las estructuras de la lineas aereas de 60 kV, tanto en MORDAZA rural como en MORDAZA MORDAZA, se tiene que es incorrecto lo que LUZ DEL SUR senala acerca de que, para la definicion del EDS inicial, son limitantes las estructuras con postes de concreto y de MORDAZA autosoportados ya que los que van a soportar toda la carga longitudinal y/o la carga transversal, en el caso de angulos fuertes, son las estructuras terminales y/o de retencion, las mismas que en zonas rurales deben usar necesariamente retenidas o vientos; y en zonas urbanas ser reemplazadas por estructuras de acero. Es decir, los postes de concreto y de MORDAZA autosoportados son usados solamente en estructuras de suspension; Que, cabe indicar que el EDS empleado para el calculo mecanico de los conductores es de 16,9% del Tiro de Rotura del conductor para todos los conductores de los modulos de linea de transmision aerea. Dicho valor de EDS es en condicion final, es decir ya considera el efecto creep. Por lo tanto, los valores de flechas y tensiones calculadas para las diferentes hipotesis de cambio de estado, como es el caso de la Hipotesis de Flecha MORDAZA, estan MORDAZA para la condicion final (despues del creep) y no corresponde efectuar modificacion alguna en la temperatura como sugiere LUZ DEL SUR; Que, por lo expuesto, este extremo resulta ser infundado. 4.30. Que, LUZ DEL SUR solicita que para el calculo mecanico de soportes de concreto MORDAZA aplicadas el Grado B de la Regla 23 del Codigo Nacional de Electricidad (CNE); MORDAZA vigente y por tanto de obligatorio cumplimiento; Que, en ese sentido, se demuestra en el Informe N° 0196-2009-GART que no ha MORDAZA alguna infraccion

al Codigo Nacional de Electricidad, donde se detalla la aplicacion de las reglas 250.B, 250C, 253, y 261 y el Grado B de la Regla 23 del Codigo Nacional de Electricidad (CNE), incluyendo lo establecido en la Nota 2 de la Tabla 250-1.B, concluyendose que los postes de concreto considerados en los modulos estandares respectivos presentan suficientes prestaciones mecanicas, por lo cual no puede argumentarse que no se halla cumplido con el CNE; Que, por las razones expuestas, este extremo del recurso de reconsideracion debe ser declarado infundado. 4.31. Que, sobre los postes de lineas de 60 kV, costa MORDAZA y rural, se debe indicar que luego de revisados los modulos se encontro que las alturas seleccionadas para el modulo LT-060COU0ACD0C1300A Doble Terna Costa MORDAZA AAAC 300 mm2 no cumplen con las distancias de seguridad al suelo; por lo que el tamano de poste adecuado que corresponde a dicho modulo debe ser 19 m y no de 18 m tal como se consigna en los modulos correspondientes, ni 21 m como sugiere LUZ DEL SUR; Que, por lo expuesto, este extremo resulta fundado en parte. 4.32. Que, respecto de lo solicitado, se debe indicar que de acuerdo con la practica usual en las instalaciones de este MORDAZA de equipos, el suministro del gas SF6 y otros accesorios requeridos, forman parte del suministro integral del Interruptor de potencia. Por lo tanto, lo solicitado se encuentra ya incorporado en los precios asignados para el suministro del equipo, por lo cual este extremo resulta infundado; 4.33. Que, debe aclararse que los modulos estandar si incorporan los costos de colocacion del grouting. Asi la altura total del pedestal de las bases de los equipos incluye los espesores de grouting, dado que la altura de 1,35 m (parte superior de la MORDAZA hasta el nivel de superficie del concreto) es conservadora. Se estimo este valor sabiendo que estas profundidades solo alcanzan hasta 1,20 m (1 m enterrado + 0,10 grava +0,05 m por encima de la grava y entre 0,025 a 0,05 m restantes para los grouting). En este sentido, las alturas de los pedestales para modulos estandar son alturas promedio, pues de lo contrario implicaria la elaboracion de una ingenieria de detalle por cada caso particular de cada subestacion, lo cual no forma parte de este modulo. Por lo expuesto, este extremo resulta infundado; 4.34. Que, debe aclararse que la finalidad de los modulos estandar es la de contar con una inversion economica y eficiente en cada uno de ellos, por lo que no es su finalidad valorizar instalaciones a nivel de detalle. En este caso particular, LUZ DEL SUR solicita que se considere la tuberia de conduit necesaria para proteger los cables de control. Al respecto, se debe tener en cuenta que el uso de tuberia conduit no es el estandar promedio utilizado en estas instalaciones, dado que si lo es el uso de tuberia PVC-SAP cuyo costo es infimo dentro de la partida considerada. Por lo expuesto, este extremo resulta infundado; 4.35. Que, la finalidad de los modulos estandares es la de reconocer el valor de una inversion tecnica y economicamente eficiente en cada uno de ellos y no llegar a ser un manual de diseno y construccion, y muchos menos de seguridad. De otro lado, la consideracion de escalera de fibra de vidrio, tal como menciona el documento (RESESATAE) al cual hace referencia LUZ DEL SUR, se relaciona con actividades de mantenimiento y operacion de Lineas de Transmision y con maniobras en subestaciones aereas de distribucion, mas no con el montaje de equipos en una SET. Por lo cual este extremo resulta ser infundado; 4.36. Que, se debe senalar que la proteccion contra corrosion en las estructuras metalicas utilizadas en este MORDAZA de instalaciones se logra mediante el tratamiento de galvanizado y se controla con el espesor del mismo. De otro lado, el pintado si se halla incluido en los modulos. Por lo expuesto en el analisis se declara infundado este extremo; 4.37. Que, el costo de la HH del personal utilizado en la base de datos incluye los EPP convencionales de los mismos. El uso de equipos y de ropa de proteccion especiales, tales como los que se indican en los articulos

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