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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 10 de junio de 2009 397265 Autorizan Transferencia de Partidas para financiar proyectos de inversión en infraestructura educativa DECRETO SUPREMO Nº 131-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal i) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, establece que es función del Ministerio de Educación, liderar la gestión para conseguir el incremento de la inversión educativa y consolidar el presupuesto nacional de educación, así como los planes de inversión e infraestructura educativa; Que, el cuarto párrafo del numeral 7.1 de artículo 7º de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, establece que el procedimiento para transferir al Pliego de destino en los demás supuestos establecidos en el numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411 y no considerados en el numeral 7.1 del citado artículo, es vía modifi cación presupuestaria en el nivel institucional mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último; Que, la Quinta Disposición Final de la Ley Nº 29289, modifi cada por el artículo 6º del Decreto de Urgencia Nº 035-2009, señala que los recursos asignados en los Pliegos del Gobierno Nacional, para la ejecución de Proyectos de Inversión en los Gobiernos Regionales o los Gobiernos Locales, se transfi eren bajo la modalidad de modifi cación presupuestaria a nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del Sector correspondiente y el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción de convenio, correspondiendo al Pliego habilitador del Gobierno Nacional la responsabilidad de la verifi cación y seguimiento del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y el cronograma de ejecución del proyecto de inversión pública, para lo cual realizará el monitoreo correspondiente, siendo necesario que previamente a la transferencia de recursos los proyectos de inversión cuenten con la viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, mediante los Memoranda Nºs 1767, 1814 y 1967- 2009-ME/VMGI-OINFE la Ofi cina de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación, solicitó la transferencia de partidas para proyectos de inversión pública declarados viables, de acuerdo a lo dispuesto en la Quinta Disposición Final de la Ley Nº 29289, modifi cada por el Decreto de Urgencia Nº 035-2009; Que, la Unidad de Presupuesto del Ministerio de Educación, mediante los Informes Nºs 172, 184 y 197- 2009-ME/SPE-UP, señala que se dispone de las partidas presupuestales de los proyectos de inversión pública considerados en la Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa, en la fuente de fi nanciamiento 1: Recursos Ordinarios, y considera que es factible realizar una modifi cación en el nivel institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación como Pliego habilitador, a favor de las Instancias Descentralizadas que se mencionan en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo; De conformidad con la Ley Nº 28411, Ley Nº 29289 y sus modifi catorias, el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510, el Decreto de Urgencia Nº 035-2009, el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias, la Directiva Nº 003-2007-EF/76.01 y sus modifi catorias, y Resolución Directoral Nº 060-2009-EF/76.01; DECRETA: Artículo 1º.- Autorización de Transferencia de Partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, hasta por la suma de NOVENTA Y UN MILLONES ANEXO PLAN PILOTO DE MUNICIPALIZACION DE LA GESTION EDUCATIVA TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS A LAS MUNICIPALIDADES DEL PLAN PILOTO Junio-Diciembre 2009 (En nuevos soles) RECURSOS ORDINARIOS PLIEGO HABILITADOR PLIEGO HABILITADO PLIEGO GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE UNIDAD EJECUTORA GENÉRICA DEL GASTO MONTO A TRANSFERIR UBIGEO MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GENÉRICA DEL GASTO MONTO A TRANSFERIR GG 1 GG2 GG3 TOTAL GG 1 GG2 GG3 TOTAL SUB TOTAL 441 ANCASH 311 EDUC HUARAZ 16 057 692 5 420 457 968 16 521 080 020101 HUARAZ 7 398 766 2 620 218 883 7 620 269 020105 INDEPENDENCIA 8 658 926 2 800 239 085 8 900 811 SUB TOTAL 16 057 692 5 420 457 968 16 521 080 16 057 692 5 420 457 968 16 521 080 449 ICA 301 EDUC CHINCHA 12 760 732 - 251 265 13 011 997 110201 CHINCHA ALTA 11 125 450 195 412 11 320 862 110204 CHINCHA BAJA 1 635 282 55 853 1 691 135 SUB TOTAL 12 760 732 0 251 265 13 011 997 12 760 732 0 251 265 13 011 997 452 LAMBAYEQUE 302 EDUC LAMBAYEQUE 7 951 662 4 850 193 522 8 150 034 140308 OLMOS 4 932 128 2 750 121 114 5 055 992 140307 MOTUPE 3 019 534 2 100 72 408 3 094 042 SUB TOTAL 7 951 662 4 850 193 522 8 150 034 7 951 662 4 850 193 522 8 150 034 454 MADRE DE DIOS 300 EDUC MADRE DE DIOS 1 174 265 1 680 46 925 1 222 870 170103 LAS PIEDRAS 1 174 265 1 680 46 925 1 222 870 SUB TOTAL 1 174 265 1 680 46 925 1 222 870 1 174 265 1 680 46 925 1 222 870 455 MOQUEGUA 302 EDUC MARISCAL NIETO 757 922 - 38 619 796 541 180102 CARUMAS 757 922 38 619 796 541 SUB TOTAL 757 922 0 38 619 796 541 757 922 0 38 619 796 541 456 PASCO 300 EDUC PASCO 4 786 891 2 520 113 876 4 903 287 190107 PAUCARTAMBO 2 821 718 1 080 66 927 2 889 725 190109 SIMON BOLIVAR 1 965 173 1 440 46 949 2 013 562 SUB TOTAL 4 786 891 2 520 113 876 4 903 287 4 786 891 2 520 113 876 4 903 287 459 SAN MARTIN 301 EDUC BAJO MAYO 2 969 076 - 167 134 3 136 210 220910 MORALES 2 406 704 0 160 667 2 567 371 220908 JUAN GUERRA 562 372 - 6 467 568 839 SUB TOTAL 2 969 076 0 167 134 3 136 210 2 969 076 0 167 134 3 136 210 461 TUMBES 300 EDUC TUMBES 7 681 679 - 304 276 7 985 955 240105 SAN JACINTO 2 854 078 124 943 2 979 021 240102 CORRALES 4 827 601 179 333 5 006 934 SUB TOTAL 7 681 679 0 304 276 7 985 955 7 681 679 0 304 276 7 985 955 TOTAL 54 139 919 14 470 1 573 585 55 727 974 54 139 919 14 470 1 573 585 55 727 974 358783-3