Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2009 (12/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de junio de 2009

NORMAS LEGALES

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Mediante escrito bajo registro Nº00084517 de fecha 07 de diciembre del 2007, el senor MORDAZA MORDAZA HUIDOBRO MORDAZA interpone Recurso de Reconsideracion contra la Resolucion Nº 494-2007PRODUCE/DGEPP; senalando en lo dispuesto en el D.S Nº 011-2007-PRODUCE; contraviene lo dispuesto en el Art. 32º del Reglamento de la Ley General de Pesca. En consecuencia lo dispuesto en la Resolucion materia de impugnacion no se ajusta a derecho; Que de conformidad con lo establecido en el numeral 207.2 del Articulo 207º de la Ley Nº 27444 Ley de Procedimientos Administrativos General, el mismo que establece que el administrado tiene un plazo de 15 dias habiles para la interposicion de los recursos administrativos impugnatorios, plazo con el que ha cumplido el administrado; Que del analisis efectuado al recurso de reconsideracion interpuesto por el administrado, se puede observar que no ha adjuntado nueva prueba, por ende dicho recurso, no cumple con los requisitos establecidos en el Art. 208 de la Ley Nº 27444 Ley de Procedimientos Administrativos General , el mismo que establece que el Recurso de reconsideracion interpondra al mismo organo que dicto el primer acto que es materia de la impugnacion y debera sustentarse en nueva prueba; en ese sentido, teniendo en consideracion que el recurrente no ha cumplido con adjuntar nueva prueba a su recurso de reconsideracion, consideramos pertinente declarar INADMISIBLE el presente recurso; De la evaluacion al expediente se ha advertido que el Recurso de Reconsideracion interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA HUIDOBRO MORDAZA armador de la embarcacion pesquera "SENOR MORDAZA DE AYABACA" de matricula PL-13913-CM; no cumple con los requisitos senalados en el Art. 208 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que siendo la nueva prueba uno de los requisitos formales establecidos por la Ley para que el mismo organo que conocio el procedimiento y emitio la decision administrativa materia de impugnacion revise su decision, y al no haber sido presentada de acuerdo a lo establecido en la Ley 27444, Ley de Procedimientos Administrativos, corresponde declarar INADMISIBLE el recurso de reconsideracion interpuesto; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, a traves del Informe Nº 1692009-PRODUCE/DGEPP-Dch y con opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en los Articulos 207º, 208º y 211º de la Ley Nº 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad a lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2007-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar INADMISIBLE el Recurso de Reconsideracion interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA HUIDOBRO MORDAZA armador de la embarcacion pesquera "SENOR MORDAZA DE AYABACA" de matricula PL-13913-CM, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, como tambien debera consignarse en el MORDAZA de la pagina web del Ministerio de la Produccion cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese, publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 358932-5

RELACIONES EXTERIORES
Aceptan renuncia de Empleada Consular en el Consulado General del Peru en Montreal, Canada
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0878/RE MORDAZA, 10 de junio de 2009 Vista la carta s/n de 27 de MORDAZA de 2009, presentada por la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aramburu, quien viene desempenando el cargo de confianza de Empleada Consular en el Consulado General del Peru en Montreal, Canada, mediante la cual presenta su renuncia a dicho cargo, a partir del 11 de junio de 2009; CONSIDERANDO: Que, mediante las Resoluciones Ministeriales Nº 0882-2007-RE y 1335-2007-RE, se designo a la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aramburu, en el cargo de confianza de Empleada Consular en el Consulado General del Peru en Montreal, Canada, a partir del 01 de agosto de 2007; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 0939-2007RE, se fijo el 13 de agosto de 2007, como la fecha en que asumio funciones en el Consulado General del Peru en Montreal, Canada; Que, la renuncia sera presentada con anticipacion no menor de treinta dias calendario, siendo potestad del titular de la entidad la exoneracion de dicho plazo; Teniendo en cuenta el Mensaje N° CMONTREAL20090153, del Consulado General del Peru en Montreal, de 27 de MORDAZA de 2009; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el articulo 7° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el Decreto Ley Nº 25957, que establece el porcentaje limite del cual no podra exceder el personal de confianza; y el articulo 185º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aceptar la renuncia de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aramburu, en el cargo de confianza de Empleada Consular en el Consulado General del Peru en Montreal, Canada, Nivel F-2, a partir del 11 de junio de 2009, exonerandola del plazo de ley. Articulo 2°.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolucion a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 359397-1

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Acreditan a representantes titular y alterno ante el Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequena Empresa - CODEMYPE
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 145-2009-TR MORDAZA, 10 de junio de 2009

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