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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2009 (13/06/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 84

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 13 de junio de 2009 397550 dispensa del trámite de dispensa de lectura y aprobación del Acta; ACUERDA: Primero.- APROBAR el DESABASTECIMIENTO DEL INSUMO LECHE EVAPORADA ENTERA para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad de Villa María del Triunfo, desde el 08 de junio de 2009 hasta el 17 de agosto de 2009, inclusive, o lo que ocurra primero hasta que se efectúe la adquisición del mismo a través del Item Nº I de la Licitación Pública Nº 0003-2008-CE- PVL-MVMT. Segundo.- APROBAR la Exoneración del Proceso de Selección para la adquisición del insumo señalado en el Artículo precedente de acuerdo a las siguientes características: BIEN : LECHE EVAPORADA ENTERA. UNIDAD : SACHET DE 410 grs. CANTIDAD : 460,000 SACHETS. MONTO : Precio Unitario aproximado S/. 1.98 nuevos soles. Valor referencial total aproximado: S/. 910,800.00 (NOVECIENTOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES). FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 01 Recursos Ordinarios, Rubro Recursos Ordinarios, Partida Presupuestal 2.2.2.3.1.1 Alimentos para Programas Sociales. Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal realizar las acciones pertinentes que correspondan para determinar las responsabilidades derivadas de la situación de desabastecimiento, de conformidad con lo señalado por el Artículo 22º de la Ley de Contrataciones del Estado, en concordancia con el Artículo 129º de su Reglamento. Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los diez (10) días de aceptado. Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración comunique el contenido del presente Acuerdo, los informes técnicos y legales respectivos a la Contraloría General de la República y al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE dentro del plazo de Ley. Sexto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial la publicación del presente acuerdo en el portal del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, y realizar el proceso de exoneración conforme a Ley y a los principios de transparencia y libre concurrencia. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN JOSÉ CASTILLO ANGELES Alcalde 360051-1 Aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Comité Especial de Promoción a la Inversión Privada de Villa María del Triunfo DECRETO DE ALCALDIA Nº 006- 2009/MVMT Villa María del Triunfo, 5 de mayo de 2009 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO VISTOS: el Proveído Nº 747-2009-GM/MVMT de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 027-MVMT del 24 de septiembre de 2007 se declara de interés la Promoción de la Inversión Privada en el Distrito de Villa María del Triunfo, creándose el Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada - CEPRI, de Villa María del Triunfo, encargado de la ejecución de los procedimientos aplicados a las modalidades de participación de la Inversión Privada en la jurisdicción del Distrito; Que, con Decreto de Alcaldía Nº 004-2009/MVMT se conforma la Comisión Especial de Promoción a la Inversión Privada – CEPRI de Villa María del Triunfo; Que, resulta necesario aprobar el Reglamento de Organización y Funciones propuesto por la Comisión Especial de Promoción a la Inversión Privada, según Acta del 02 de abril de 2009 y la opinión legal contenida en el Informe Nº 339-2009-GAJ/MVMT; En uso de las facultades conferidas por el Art. 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL COMITÉ ESPECIAL DE PROMOCIÓN A LA INVERSIÓN PRIVADA (CEPRI) DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO, el mismo que consta de dieciséis (16) artículos y una (01) Disposición Final que forman parte del presente Decreto. Artículo Segundo.- DEJESE sin efecto cualquier otra disposición que se oponga al presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN JOSÉ CASTILLO ÁNGELES Alcalde 359455-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del Acuerdo de Cesión Gratuita y Recíproca del Uso de Inmuebles Destinados a Embajadas del Perú y Cuba Entrada en vigencia del “Acuerdo de Cesión Gratuita y Recíproca del Uso de Inmuebles Destinados a Embajadas del Perú y Cuba”, realizado mediante intercambio de Notas, Nota de la Embajada de la República de Cuba, de fecha 19 de enero de 2002 y Nota RE (SAA-ACC-CSG) Nº 63 del Ministerio de Relaciones Exteriores de fecha 19 de enero de 2002 y ratifi cado por Decreto Supremo Nº 050-2002-RE de 25 de abril de 2002, publicado al igual que el texto del Acuerdo el 2 de junio de 2002. Entró en vigencia el 19 de enero de 2002. 359944-1 Entrada en vigencia del Protocolo sobre Restos Explosivos de Guerra de la Convención sobre Prohibiciones o Restricciones del Empleo de Ciertas Armas Convencionales que puedan considerarse Excesivamente Nocivas o de Efectos Indiscriminados Entrada en vigencia del “Protocolo sobre Restos Explosivos de Guerra de la Convención sobre Prohibiciones o Restricciones del Empleo de Ciertas Armas Convencionales que puedan considerarse Excesivamente Nocivas o de Efectos Indiscriminados”, adoptado el 28 de noviembre de 2003, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, aprobado por el Congreso de la República mediante Resolución Legislativa Nº 29301 de 15 de diciembre de 2008, publicado el 17 de diciembre de 2008 y ratifi cado por Decreto Supremo Nº 009-2009-RE de 4 de febrero de 2009, publicado el 5 de febrero de 2009. Entrará en vigencia para el Perú el 29 de noviembre de 2009. 359941-1