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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 13 de junio de 2009 397535 de Empresas y Valores (CONASEV) procederá a inscribirlos en el Registro Público del Mercado de Valores, previa opinión favorable de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; Que, en Junta General de Accionistas del Banco Interamericano de Finanzas – BIF, realizada el 10 de febrero de 2009, se acordó aprobar la emisión de los valores denominados “Bonos Subordinados del Banco Interamericano de Finanzas – Quinta Emisión” en los términos expuestos en dicha junta, hasta por un monto de US$ 20 000 000,00 (veinte millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América); Que, asimismo, en la junta general de accionistas mencionada en el considerando anterior, se acordó, entre otras, delegar en el Directorio o en el Gerente General, facultades para modifi car, defi nir condiciones y/o características de la emisión que no se hubieran aprobado en la referida junta; Que, mediante Resolución SBS Nº 1618-2009, del 10 de marzo de 2009, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones opinó favorablemente para que se emitieran los “Bonos Subordinados del Banco Interamericano de Finanzas – Quinta Emisión”, hasta por un monto de US$ 20 000 000,00 (veinte millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América); Que, el 29 de mayo de 2009 el Banco Interamericano de Finanzas – BIF completó su solicitud a CONASEV de inscripción de los valores, así como el registro del prospecto informativo correspondiente, en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, de la evaluación de la documentación presentada se ha verifi cado que el Banco Interamericano de Finanzas – BIF ha cumplido con presentar la información requerida por el Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y sus normas complementarias; Que, el artículo 2, numeral 2), de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de valores mobiliarios y/o prospectos informativos en el Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano y de la página de CONASEV en Internet; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 53 y siguientes de Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, así como a lo establecido por el artículo 36 del Reglamento de Organización y Funciones de la CONASEV, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2007-EF, por el que se faculta a la Dirección de Emisores a resolver las solicitudes formuladas por los administrados vinculadas a las ofertas públicas primarias y efectuar todo trámite vinculado a dichas ofertas, así como disponer la inscripción y registros que correspondan en el Registro Público del Mercado de Valores; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Inscribir los valores correspondientes a la emisión denominada “Bonos Subordinados del Banco Interamericano de Finanzas – Quinta Emisión” del Banco Interamericano de Finanzas – BIF, hasta por un monto de US$ 20 000 000,00 (veinte millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América); y, disponer el registro del prospecto informativo correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- La oferta pública de los bonos a la que se refi ere el artículo 1 de la presente resolución debe efectuarse con sujeción a lo dispuesto por el artículo 25 y, de ser el caso, por el artículo 29 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a CONASEV la documentación e información a que se refi eren los artículos 23 y 24 del mencionado reglamento. La colocación de los valores deberá efectuarse en un plazo que no exceda de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores. El plazo de colocación es prorrogable hasta por un período igual, a petición de parte. Para tales efectos, la solicitud de prórroga deberá presentarse antes del vencimiento del referido plazo de colocación. Artículo 3º.- La inscripción y el registro a los que se refi ere el artículo 1 de la presente resolución no implican que CONASEV recomiende la inversión en tales valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 4º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página de CONASEV en Internet. Artículo 5º.- Transcribir la presente resolución al Banco Interamericano de Finanzas – BIF, en su calidad de emisor, entidad estructuradora y agente colocador; al BBVA Banco Continental, en su condición de Representante de los Obligacionistas; a Cavali S.A. ICLV y a la Bolsa de Valores de Lima S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL RODRÍGUEZ VARGAS Director de Emisores (e) 358248-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Declaran nulidad de proceso de selección correspondiente a la ADS N° 007-2009-ZRLIMA en la Zona Registral N° IX - Sede Lima RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 160-2009-SUNARP/SN Lima, 12 de junio de 2009 VISTOS el Ofi cio Nº 746-2009-SUNARP-Z.R.Nº IX- GAF/JEF, el Ofi cio Nº 002-2008-SUNARP-Z.R.Nº IX/ CE, el Informe Nº 101-2009-SUNARP-Z.R.Nº IX/OL y el Informe de la Gerencia Legal de la Sede Central; y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio N° 746-2009-SUNARP-Z.R.Nº IX-GAF/JEF, el Jefe de la Zona Registral Nº IX-Sede Lima, comunica que en el proceso de selección correspondiente a la ADS Nº 007-2009-ZRLIMA (Contratación del Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de Grupos Electrógenos y Tableros de Transferencia) se habría incurrido en causal de nulidad al no haber publicado las Bases Integradas en la página web del SEACE en la fecha prevista en el calendario del referido proceso, conforme a lo dispuesto en el artículo 60º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. Que, mediante Ofi cio Nº 002-2008-SUNARP-Z.R.Nº IX/ CE¹ (Sic) de fecha 12 de mayo de 2009, el Presidente del Comité Especial informa que “la absolución [de consultas] según cronograma se efectuó el día 06 de mayo de 2009, por lo tanto, el día 07 que estaba programado la integración de las Bases, se trató de efectuar la modifi cación de cronograma, operación que no fue permitida por el Sistema Electrónico del SEACE” (Sic). Que, de la revisión de la página web del SEACE (revisado el 08.06.2009 a las 12:09), se advierte que en el rubro “Absolución de Consultas” se publicaron las consultas efectuadas por el participante Arredondo Ingenieros SAC a través del documento de fecha 30 de abril de 2009 y la respectiva Acta de Absolución de Consultas de fecha 06 de mayo de 2009; sin embargo, y a pesar que en el expediente de contratación se encuentran las Bases Integradas en las que se incorporaron la absolución a las consultas, dichas Bases no fueron publicadas en la página web del SEACE. Que, según la legislación sobre contrataciones del Estado, lo establecido en las bases, en la Ley de contrataciones y su reglamento “obliga a todos los postores y a la Entidad convocante” (Art. 26 de la Ley de Contrataciones del Estado). Según el numeral 2.1 de las respectivas bases, el cronograma del proceso de selección es el siguiente: - Convocatoria El 27 de Abril del 2009 - Registro de participantes Lugar: Subgerencia de Logística de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima Av. Edgardo Rebagliati N 561 – Jesús María (6to. piso). Del 28 de Abril al 08 de Mayo del 2009 Desde 08:30 hasta las 16:30 horas