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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 22 de junio de 2009 397954 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0403-2009-IN/1101. Lima, 18 de junio de 2009 VISTO: el Ofi cio Nº 6994-2008-OCL/ABAST con fecha 03N0V2008, del representante legal de la Universidad Nacional de Ingeniería, relacionado con la transferencia de la Bentonita Sódica. CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de Visto, se solicita la transferencia de Bentonita Sódica, a fi n de que sea utilizado en la fabricación de moldes con arena sílice en las prácticas de los cursos de Fundición, Solidifi cación y Ciencias de los Materiales que se realiza en los laboratorios de Procesamiento de Minerales, Hornos y Combustibles; en la Escuela de Metalurgia de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera y Metalúrgica, entre otras consideraciones; Que, Mediante Resolución Judicial Número CIENTO UNO del veintitrés de Diciembre del dos mil ocho, emitida por el Segundo Juzgado Penal Supraprovincial de Lima, a cargo del Señor Juez Penal Dr. Omar Antonio PIMENTEL CALLE, se aprueba la Asignación del Producto de BENTONITA SODICA a favor de la Universidad Nacional de Ingeniería — Ofi cina Central de Logística, para el uso ofi cial en prácticas de laboratorio de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera y Metalúrgica, debiendo contar para ello con la Resolución Ministerial autoritativa pertinente; Que, el Art. 69º de la Ley de Represión del Tráfi co Ilícito de Drogas, aprobado por el Decreto Ley Nº 22095, modifi cado por el artículo 6º del Decreto Ley Nº 22926, señala que los demás bienes decomisados e incautados durante la investigación policial y el proceso judicial, serán puestos a disposición de la Ofi cina Ejecutiva de Control de Drogas del Ministerio del Interior, la que los asignará para el servicio ofi cial de las dependencias públicas, según las prioridades que establezca el Comité Multisectorial de Control de Drogas sujeta a cumplimiento de determinados requisitos como es su formalización a través de la Resolución Ministerial; entre otras consideraciones; Que, en el Almacén de Insumos Químicos del Ministerio del Interior - Lima, y en los almacenes del Terminal Marítimo del Callao se encuentra almacenado y bajo custodia policial, tres mil ciento sesentiún (3,161) sacos de Bentonita Sódica de 20 Kg. c/u aproximadamente, susceptibles de ser transferido a la dependencia solicitante; Que, dentro del marco normativo vigente sobre la materia, resulta pertinente efectuar la transferencia de Bentonita Sádica precedentemente descrito a favor de la Universidad Nacional de Ingeniería, debiéndose dar cumplimiento a las formalidades y procedimientos establecidos, así como adoptarse las medidas de seguridad y control adecuados para garantizar dicha transferencia con intervención de las autoridades competentes y con responsabilidad funcional en el referido procedimiento; Estando a lo propuesto por la Ofi cina Ejecutiva de Control de Drogas y a lo dictaminado por la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Sector; y, De conformidad a lo establecido en la Ley de represión del Tráfi co Ilicito de Drogas aprobado por el Decreto Ley Nº 22095 modifi cado por el Decreto Ley Nº 22926 y la Ley Nº 29334 Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2005-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Transferir, a propuesta del Director General de la Ofi cina Ejecutiva de Control de Drogas del Ministerio del Interior, a la Universidad Nacional de Ingeniería: tres mil ciento sesenta y uno (3,161) sacos de Bentonita Sódica de 20 kg. c/u aproximadamente, a fi n de que sea utilizado en la fabricación de moldes de arena sílice en las prácticas de los cursos de Fundición, Solidifi cación y Ciencias de los Materiales que se realiza en los laboratorios de Procesamiento de Minerales, Hornos y Combustibles; en la Escuela de Metalurgia de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera y Metalúrgica; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Ofi cina Ejecutiva de Control de Drogas, procederá a la entrega de la sustancia antes descrita, al representante acreditado de la Universidad Nacional de Ingeniería, previo cumplimiento de las formalidades establecidas, en presencia del representante del Ministerio Público, previo pesaje y análisis certifi cado por un profesional químico. Artículo 3º.- El Rector de la Universidad Nacional de Ingeniería, adoptará las medidas necesarias para garantizar el debido uso de la sustancia inorgánica transferida a mérito de la presente Resolución Ministerial, e informará pormenorizadamente a la Ofi cina Ejecutiva de Control de Drogas sobre el uso del mismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES CABANILLAS B. Ministra del Interior 363068-3 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Sancionan a la empresa Llantas JR E.I.R.L. con inhabilitación temporal en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado Tribunal de Contrataciones del Estado RESOLUCIÓN Nº 1503-2009-TC-S3 Sumilla: Es pasible de sanción el postor que no recibe injustifi cadamente la orden de compra emitida a su favor, pese a haber resultado favorecido con la buena pro del proceso de selección. Lima, 15 de Junio de 2009 VISTO, en sesión de fecha 12 de junio de 2009, de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado, el Expediente ʋ 3628/2007.TC y ʋ 476/2008. TC (Acumulados) sobre el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la empresa LLANTAS JR E.I.R.L. por su supuesta responsabilidad en no recibir injustifi cadamente la orden de compra emitida a su favor derivada de la Adjudicación de Menor Cuantía ʋ 0094- 2006-CEP/DIREDUD, convocada por la Dirección de Educación y Doctrina Policial (DIREDUD) de la Policía Nacional del Perú; y, atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. El 29 de marzo de 2006, el Comité Especial Permanente para la adquisición de bienes o contratación de servicios de la Dirección de Educación y Doctrina Policial (DIREDUD) de la Policía Nacional del Perú, en adelante la Entidad, otorgó la buena pro de la Adjudicación de Menor Cuantía ʋ 0094-2006-CEP/DIREDUD, convocada para la adquisición de llantas para el SEP, a la empresa LLANTAS JR E.I.R.L., en lo sucesivo el Postor. 2. El 29 de marzo de octubre de 2006, mediante Ofi cio ʋ 0094-06-CEP-DIREDUD-PNP, la Entidad comunicó al Postor el otorgamiento de la buena pro adjudicada a su favor, notifi cándola a efectos de que recogiera la respectiva orden de compra. 3. El 12 de abril de 2006, mediante Ofi cio ʋ 092-06- DIREDUD-PNP-ULOG, la Entidad reiteró al Postor a fi n que procediera a recoger la respectiva orden de compra, así como el internamiento de los bienes derivados de