Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2009 (28/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 28 de junio de 2009

Dado en MORDAZA, en el Palacio del Congreso, a los veinticinco dias del mes de junio de dos mil nueve. Publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Congreso de la Republica 366398-1

Autoricese a los gobiernos regionales y gobiernos locales a utilizar los recursos a que se refieren los numerales 1.1 y 1.4 del Articulo 1º del Decreto de Urgencia Nº 0602009 adicionalmente en el mejoramiento de la vivienda de hogares en situacion de pobreza extrema, a traves del a implementacion de cocinas mejoradas certificadas, provision de agua MORDAZA y manejo de excretas. Articulo 2º.- Ratio de asignacion Los recursos que se destinen al apoyo de lineas de accion vinculadas al mejoramiento de la vivienda dispuesto en el Articulo 1º de la presente MORDAZA no podra exceder del 5% (cinco por ciento) del total de recursos que resulten de la aplicacion de los numerales 1.1 y 1.4 del Articulo 1º del Decreto de Urgencia Nº 060-2009. Articulo 3º.- Ambito de intervencion e identificacion de hogares Los hogares beneficiarios de la implementacion de las cocinas mejoradas certificadas, provision de agua MORDAZA y manejo de excretas seran aquellos en condicion de pobreza extrema ubicados en el ambito de la MORDAZA, los cuales deberan ser seleccionados sobre la base de la informacion contenida en el Mapa de Pobreza del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica o de los Padrones de Hogares elaborados por entidades publicas que operan en la zona. Articulo 4º.- Disposiciones complementarias El Ministerio de Salud y el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento en el ambito de competencia expediran, de ser necesario, las disposiciones complementarias para la mejor aplicacion de lo establecido en el presente Decreto de Urgencia. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Salud, por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de junio del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA OYAGUE Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 366396-2

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 069-2009 AUTORIZAN A GOBIERNOS REGIONALES Y GOBIERNOS LOCALES A DESTINAR RECURSOS PARA EL MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA DE HOGARES EN SITUACION DE POBREZA
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 060-2009 se autoriza, hasta el 31 de diciembre del 2010, a los gobiernos regionales y gobiernos locales a utilizar hasta el cincuenta por ciento (50%) de los recursos provenientes del canon y sobrecanon y la regalia minera, a que se refiere la Ley Nº 28258, Ley de Regalia Minera, que perciban a partir de la entrada en vigencia de este Decreto de Urgencia, para ser destinado exclusivamente al mantenimiento de infraestructura de impacto regional y local, priorizando infraestructura basica; Que, la indicada MORDAZA ha sido dictada como parte de la implementacion de medidas economicas para la reactivacion del aparato productivo nacional, con el objeto de establecer disposiciones que otorguen, de manera temporal, a los gobiernos regionales y gobiernos locales, mayor flexibilidad en el uso de los recursos publicos destinado al mantenimiento de infraestructura de alto impacto considerados prioritarios en el ambito regional y local; Que, el Estado en sus diferentes niveles e instancias viene desarrollando importantes esfuerzos en la lucha contra la pobreza y la desnutricion, asi como para el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, esfuerzos que podrian verse afectados por la crisis economica internacional en caso no se tomen medidas urgentes, especialmente en las localidades con mayores niveles de pobreza extrema; Que, resulta pertinente apoyar esas lineas de intervencion con medidas que complementen dichos esfuerzos, por lo que se requiere que los gobiernos regionales y gobiernos locales reorienten, de manera temporal, recursos destinados a aspectos especificos de salud y nutricion, considerando la mejora de la vivienda de los hogares en situacion de pobreza extrema a traves de estrategias validadas en la promocion de viviendas saludables como son el caso de cocinas mejoradas certificadas, provision de agua MORDAZA y manejo de excretas, aspectos que se encuentran en el MORDAZA de las funciones que la Constitucion Politica les reconoce; Que, en consecuencia, resulta necesario dictar una medida extraordinaria en materia economica y financiera que permita a diversos gobiernos regionales y gobiernos locales, en el MORDAZA de lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 060-2009, destinar recursos para apoyar lineas de accion vinculadas al mejoramiento de la vivienda de hogares en situacion de pobreza extrema; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 19) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Recursos para el mejoramiento de viviendas de hogares en situacion de pobreza

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Acreditan a los Gobiernos Regionales de MORDAZA y San MORDAZA para la transferencia de funcion n), Art. 51, de la Ley Organica de Gobiernos Regionales en materia agraria
RESOLUCION DE SECRETARIA DE DESCENTRALIZACION Nº 038-2009-PCM/SD MORDAZA, 25 de junio de 2009 VISTOS: El Informe de Concordancia Nº 008-2009-PCM/SDOTME, elaborado segun lo dispuesto en el Instructivo

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