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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 28 de junio de 2009 398262 las cuales pasan a ser asumidas por el RENIEC a través de sus Ofi cinas Registrales; Que, a fi n de consolidar el proceso de incorporación de las Ofi cinas de Registros del Estado Civil al RENIEC, a través de la previa revocatoria parcial de facultades y con el objeto de optimizar los servicios registrales que el RENIEC viene brindando, resulta necesario acoger la propuesta de la Sub Gerencia de Incorporación de Registros Civiles (hoy Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles), dictando las medidas correspondientes; Conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 26497 – Ley Orgánica del RENIEC, y su Reglamento de las Inscripciones aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Revocar las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e) y o) del Artículo 44º de la ley Nº 26497, conferidas a la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Pachacamac, en la provincia y departamento de Lima, la que se hará efectiva a partir del día martes 30 de junio del 2009. Artículo Segundo.- Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo anterior, las nuevas inscripciones, así como las inscripciones de adopciones, serán de competencia exclusiva del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil – RENIEC. Artículo Tercero.- La Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Pachacamac, provincia y departamento de Lima, conservará el acervo documentario, ejerciendo, respecto a los libros de hechos vitales, las funciones registrales comprendidas en los literales i), l), m), n) y q) del artículo 44º de la Ley Nº 26497, hasta la incorporación de los mismos al RENIEC. Artículo Cuarto.- Precisar que la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Pachacamac, provincia y departamento de Lima, continuará efectuando el archivamiento de las actas de nacimiento, para los efectos de las inscripciones de las adopciones en las Ofi cinas Registrales del RENIEC, debiéndose enviar copia certifi cada de dicha acta a la Ofi cina Registral RENIEC correspondiente. Artículo Quinto.- Encargar a la Comisión de Transferencia de los Registros Civiles, designada por Resolución Jefatural Nº 210-2009-JNAC/RENIEC, a realizar todas las coordinaciones y acciones pertinentes con las autoridades de la Municipalidad Distrital de Pachacamac, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Sexto.- Encargar a las Gerencias de Registros Civiles, de Imagen Institucional y de Asesoría Jurídica, la implementación de lo dispuesto en la presente resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 366026-2 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a El Pacífico Vida Compañía de Seguros y Reaseguros el uso de agencia como local compartido con el Banco de Crédito del Perú en la provincia de Huamanga RESOLUCIÓN SBS Nº 6339-2009 18 de junio de 2009 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la empresa EL PACIFICO VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, para que se le autorice el uso como local compartido con el Banco de Crédito del Perú de la agencia ubicada en Portal Unión Nº 26, 27, 28 y 29, Plaza Mayor de Ayacucho, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 316-2000, del 3 de mayo de 2000, esta Superintendencia autorizó al Banco de Crédito del Perú la apertura de su agencia ubicada en Portal Unión Nº 26, 27, 28 y 29, Plaza Mayor de Ayacucho, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho; Que, en aplicación del numeral 6.1 de la Resolución SBS Nº 775-2008 - Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Ofi cinas, Uso de Locales Compartidos, Cajeros Automáticos y Cajeros Corresponsales, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para usar como local compartido con el Banco de Crédito del Perú la citada agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión del Sistema de Seguros “A”, mediante Informe Nº 074-2009-ASSSA; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modifi catorias; y, la Resolución Nº 775- 2008; RESUELVE. Artículo Único.- Autorizar a EL PACIFICO VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, el uso como local compartido con el Banco de Crédito del Perú de la agencia ubicada en Portal Unión Nº 26, 27, 28 y 29, Plaza Mayor de Ayacucho, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 365793-1 Autorizan viaje de funcionarias para participar en rondas de negociaciones para un TLC con Corea y un Acuerdo de Asociación Económica con Japón RESOLUCIÓN SBS N° 7163-2009 Lima, 26 de junio de 2009 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: Las comunicaciones cursadas a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) por el Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, con el fi n de designar a los representantes de nuestra institución para participar en la Tercera Ronda de Negociaciones para la suscripción de un Tratado de Libre Comercio entre Perú y Corea y en la Segunda Ronda de Negociaciones para un Acuerdo de Asociación Económica con Japón, las mismas que se llevarán a cabo del 29 de junio al 3 de julio de 2009, en la ciudad de Seúl, República de Corea y del 6 al 10 de julio de 2009 en la ciudad de Tokio, Japón, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, en el marco de las citadas Rondas de Negociación del Tratado de Libre Comercio entre Perú y