Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2009 (28/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 28 de junio de 2009

de Control en terminos de conocimiento, redes de comunicacion y tecnologia de capacitacion, con impactos posteriores en la formacion, actualizacion y capacitacion especializada del personal de la Institucion; Que, con base a los compromisos asumidos y la importancia de los temas a tratar en la reunion, resulta conveniente la participacion de la Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Coordinadora Tecnica de la Escuela Nacional de Control y Coordinadora Ejecutiva del Comite de Capacitacion Regional; Que, conforme a los documentos de Vistos, los gastos que se derivan de la presente comision de servicios en el exterior seran financiados por la OLACEFS, con excepcion de la tarifa CORPAC, la cual sera financiada con cargo al Pliego 19 Contraloria General, conforme con el Memorando Nº 00712-2009-CG/GG; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y la Resolucion de Contraloria Nº 037-2009CG; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje en comision de servicios de la Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Coordinadora Tecnica de la Escuela Nacional de Control, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Ecuador, del 28 de junio al 3 de MORDAZA de 2009, para los fines expuestos en parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- El gasto que irrogue la presente comision de servicios por concepto de Tarifa CORPAC, ascendente a US$ 30,25 (Treinta y 25/100 Dolares de los Estados Unidos de America), sera financiado con cargo al presupuesto del Pliego 019: Contraloria General. Articulo Tercero.- La citada profesional presentara a la Alta Direccion un informe sobre los resultados de las actividades materia de la presente Resolucion, con MORDAZA a la Gerencia de Cooperacion Tecnica y la Escuela Nacional de Control, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de concluida la comision de servicios. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ESCRIBENS Vicecontralor General de la Republica Contralor General de la Republica (e) 366282-1

Que, la Ley Nº 26602, Ley que establece el regimen laboral del personal de la Defensoria del Pueblo, dispone que el personal de la Defensoria del Pueblo esta comprendido en el regimen laboral de la actividad privada; Que, mediante Resolucion Defensorial Nº 041-2007/ DP se designo a la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lizaraso en el entonces denominado cargo de confianza de Directora de la Direccion de Promocion y Coordinacion Territorial de la Defensoria del Pueblo, correspondiente a la entonces Plaza 258, con Nivel y Categoria D7, a partir del 1º de agosto del 2007; Que, la mencionada funcionaria ha presentado, con fecha 24 de junio del 2009, su renuncia al cargo actualmente denominado de Jefa de la Direccion de Coordinacion Territorial, de conformidad con lo dispuesto en el literal b) del articulo 16º y el articulo 18º del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97-TR; Con los visados de la Primera Adjuntia, de la Secretaria General y de las oficinas de Gestion de Recursos Humanos y de Asesoria Juridica; En uso de las facultades conferidas por el articulo 5º y el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, y en concordancia con el literal d) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Defensoria del Pueblo, aprobado por la Resolucion Defensorial Nº 029-2008/DP, modificado mediante la Resolucion Defensorial Nº 0192009/DP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ACEPTAR la renuncia de la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA LIZARASO, al cargo de Jefa de la Direccion de Coordinacion Territorial de la Defensoria del Pueblo, con Nivel y Categoria D7, en la actual Plaza 273, la que sera efectiva a partir del 1º de MORDAZA del 2009. Articulo Segundo.- Darle las MORDAZA a la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA LIZARASO en nombre de la Defensoria del Pueblo por su muy importante desempeno en las funciones encomendadas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensora del Pueblo 366302-1

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Convocan a consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales para el dia MORDAZA 15 de noviembre de 2009 en diversas circunscripciones de la Republica
MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCION N° 440-2009-JNE MORDAZA, 26 de junio de 2009 Vistos los expedientes remitidos por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), conteniendo las solicitudes de revocatoria de autoridades municipales que reunen los requisitos formales establecidos en la Ley de los Derechos de Participacion y Control Ciudadanos, Ley Nº 26300, para la convocatoria a consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales en diversas circunscripciones de la Republica. FUNDAMENTOS DE LA DECISION: 1. La revocatoria del mandato municipal de MORDAZA y de regidores es un derecho de control ciudadano

DEFENSORIA DEL PUEBLO
Aceptan renuncia de Jefa de la Direccion de Coordinacion Territorial de la Defensoria del Pueblo
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 0028-2009/DP MORDAZA, 25 de junio 2009 VISTO: El Memorando Nº 661-2009-DP/OGRH que adjunta, entre otros documentos, el Memorando Nº 268-2009-DP/PAD y la carta de fecha 24 de junio del 2009, mediante el cual se solicita la elaboracion de la resolucion que acepta la renuncia de la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lizaraso; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los articulos 161º y 162º de la Constitucion Politica del Peru se aprobo la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, y mediante la Resolucion Defensorial Nº 029-2008/DP se aprobo su vigente Reglamento de Organizacion y Funciones, modificado por la Resolucion Defensorial Nº 019-2009/DP;

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