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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 28 de junio de 2009 398266 AL SEÑOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional La Libertad a 27 de marzo de 2009. JOSE H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 365735-1 Constituyen la “Mesa Regional de Diálogo y Concertación para Prevenir y Desactivar Conflictos Sociales en la Región La Libertad” ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2009-GR-LL/CR “CONSTITUIR LA MESA REGIONAL DE DIALOGO Y CONCERTACIÓN PARA PREVENIR Y DESACTIVAR CONFLICTOS SOCIALES EN LA REGION LA LIBERTAD” EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, de conformidad con lo previsto en el Artículo 191º y 192º de la Constitución Política del Perú de 1993, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Ley Nº 27867, su modifi catoria, Ley Nº 27902 y demás normas complementarias; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional. VISTO: En Sesión Extraordinaria de fecha 20 de abril del 2009, el dictamen sobre el levantamiento de las observaciones formuladas por el Presidente Regional del Gobierno Regional La Libertad a la Ordenanza Regional Nº 003- 2009-GR-LL/CR, relativo a Constituir la Mesa Regional de Dialogo y Concertación para Prevenir y Desactivar Confl ictos Sociales en la Región La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú de 1993, modifi cada por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralización – Ley Nº 27680, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y el Artículo 192º establece que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan la inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales de desarrollo. Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 modifi cada por la Ley Nº 27902, establece en su Artículo 38º que las Ordenanzas Regionales norman la organización del Gobierno Regional. Que, asimismo, la acotada Ley Orgánica, establece en el Artículo 10º numeral 1, Inc. m) que los Gobiernos Regionales tienen competencia exclusiva para “Dictar las normas sobre los asuntos y materias de su responsabilidad y proponer las iniciativas legislativas correspondientes”. Que, en la Sociedad Civil siempre existen confl ictos de carácter social, político, económico, ambiental, étnicos, etc., que se generan coyunturalmente de acuerdo a la realidad, frente a ello el Estado en sus diferentes niveles de Gobierno (Nacional, Regional y Local) tienen que crear y afi rmar instituciones que sean capaces de canalizar estos confl ictos y negociarlos. Que, en la Región La Libertad debe implementarse una Mesa Regional de Dialogo y Concertación para Prevenir y Desactivar Confl ictos Sociales en la Región La Libertad que atienda las demandas de la población y comunidades priorizando las de extrema pobreza para la concertación ciudadana que permitan fomentar el dialogo, así como desactivar y prevenir confl ictos sociales. Que, el objetivo de la Mesa Regional de Dialogo y Concertación para Prevenir y Desactivar Confl ictos Sociales en la Región La Libertad, sería concertar políticas sociales y vigilar la efi cacia de las políticas sociales, en representación de la sociedad civil organizada de la Región La Libertad. Que, mediante Resolución Nº 355-2007, se aprueba la Directiva Nº 001-2007-PCM/DNTDN, sobre lineamientos para la prevención y tratamiento de controversias territoriales y otros casos sobre demarcación territorial, lo cual no exime de que el Gobierno Regional en uso de sus atribuciones regule sus normas regionales para poder prevenir y desactivar confl ictos dentro de la jurisdicción regional. Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en el inciso b) del Artículo 50º establece que son funciones en materia de población “Promover la educación e información en materia de población, contribuyendo a consolidar una cultura demográfi ca y a propiciar en todos sus grupos y sectores sociales hábitos de vida saludables y practicas orientadas a la solución de problemas de población. Que, de acuerdo a los fundamentos antes referido es necesario la constitución de la Mesa Regional de Dialogo y Concertación para Prevenir y Desactivar Confl ictos Sociales en la Región La Libertad, en conjunto con los actores sociales de la Región La Libertad. Que, en Sesión Ordinaria de fecha 20 de enero del 2009, aprobó la Ordenanza Regional Nº 003-2009-GR- LL/CR relativo a constituir la Mesa Regional de Diálogo y Concertación para prevenir y desactivar confl ictos sociales en la Región La Libertad. Que, con Ofi cio Nº 129-2009-GRLL/CR-S, de fecha 23 de enero del 2009, se envía a la Presidencia Regional la Ordenanza Regional Nº 003-2009-GR-LL/CR para su promulgación. Que, dentro del plazo de ley y de conformidad establecido en el segundo párrafo del Artículo 62º del Reglamento Interno del Consejo Regional, el Presidente del Gobierno Regional mediante Ofi cio Nº 0110-2009- GRLL-PRE, observa la Ordenanza Regional Nº 003-2009- GR-LL/CR. Que, la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, se reunió y emitió dictamen levantado las observaciones formuladas a la mencionada Ordenanza Regional dentro del plazo establecido en el cuarto párrafo del Artículo 60º del acotado Reglamento Interno, planteando un texto sustitutorio a la acotada Ordenanza Regional observada. De conformidad con la Constitución Política del Perú de 1993, y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Artículo 37º y Artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales Ley Nº 27867 y su modifi catoria Ley Nº 27902 y Ley Nº 28968 y, estando a lo acordado; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional Artículo Primero.- CONSTITUIR, la “Mesa Regional de Dialogo y Concertación para Prevenir y Desactivar Confl ictos Sociales en la Región La Libertad”, como una instancia de dialogo y coordinación, adscrita a la Presidencia Regional del Gobierno Regional La Libertad, que permita fomentar la concertación ciudadana, para desactivar y prevenir confl ictos sociales”. Artículo Segundo.- CONFORMACIÓN, será presidida por el Presidente Regional del Gobierno Regional La Libertad, en caso que no pudiese presidir se designará a su representante mediante Resolución Ejecutiva Regional. El Presidente se encargará de conformar la “Mesa Regional de Dialogo y Concertación para Prevenir y Desactivar Confl ictos Sociales en la Región La Libertad”, y convocará de manera inmediata a los siguientes miembros: • Un Consejero Regional representante de la Provincia en donde se da el confl icto, y/o los Consejeros Regionales miembros de la Comisión Ordinaria vigente, correspondiente a la materia del confl icto social.