Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2009 (04/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de marzo de 2009

De conformidad con la Ley Num. 29158, - Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Num. 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Num. 29091, Ley del Silencio Administrativo-; el Decreto Supremo Num. 079-2007-PCM y el Decreto Supremo Num. 004-2008-PCM; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebese el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, conforme al Anexo que constituye parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual incluye el Formulario de Solicitud de Acceso a la Informacion Publica. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo debera ser publicado en el Diario Oficial El Peruano. El MORDAZA y el Formulario de Solicitud de acceso a la informacion Publica deberan ser publicados en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru (www.bomberosperu.gob.pe). Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de marzo del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros 318984-1

o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 318984-6

Crean Comision Multisectorial con el proposito de evaluar las acciones sectoriales realizadas en el MORDAZA de la R.S. Nº 288-2000-PCM
RESOLUCION SUPREMA Nº 038-2009-PCM MORDAZA, 3 de marzo de 2009 Visto el Memorandum Num. 017-2009-PCM/SC del Secretario de Coordinacion de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Suprema Num. 288-2000PCM, se creo una Comision Especial encargada de coordinar las acciones del Poder Ejecutivo para salvaguardar la salud de la poblacion afectada por el derrame de MORDAZA ocurrido en la localidad de San MORDAZA, Choropampa y MORDAZA, departamento de MORDAZA, recomendar las acciones orientadas a proporcionar asistencia a la poblacion damnificada por el accidente, restablecer o mitigar sus efectos sobre el medio ambiente y en el area de influencia, asi como velar por el debido derecho de la poblacion afectada a las compensaciones correspondientes; Que la referida Comision emitio un informe final en el que se presentaron las correspondientes acciones, conclusiones y recomendaciones, la misma que culmino con sus labores en MORDAZA del 2002 de acuerdo a lo senalado en la Resolucion Suprema Num. 325-2002-PCM; Que en el 2008 la Comision de Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecologia del Congreso de la Republica aprobo el informe del Grupo de Trabajo encargado de levantar informacion sobre la situacion ambiental y estado de salud de los afectados por el derrame de MORDAZA en las localidades de San MORDAZA, Choropampa y MORDAZA, departamento de MORDAZA en junio del ano 2000, en el cual recomienda la conformacion de una Comision Multisectorial con representantes de Entidades del Gobierno Nacional, a fin de implementar una serie de acciones dispuestas en dicho Informe; Que con el proposito de realizar el seguimiento y evaluacion de las acciones sectoriales efectuadas para atender a la poblacion damnificada y teniendo en consideracion la recomendacion de la Comision de Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecologia del Congreso de la Republica, resulta conveniente constituir la Comision Multisectorial; Que de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Num. 29158 -Ley Organica del Poder Ejecutivo-, las Comisiones Multisectoriales de caracter temporal son creadas con fines especificos para cumplir funciones de fiscalizacion, propuesta o emision de informes tecnicos, las que se crean formalmente mediante resolucion suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y los Titulares de los sectores involucrados; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Num. 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; Estando a lo acordado;

Autorizan viaje del Ministro de Salud a Uruguay y encargan su Despacho al Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo
RESOLUCION SUPREMA Nº 037-2009-PCM MORDAZA, 3 de marzo del 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante documento del 8 de enero de 2009, el senor MORDAZA MORDAZA Insulza, Secretario General de la Organizacion de Estados Americanos, invita a la reunion anual de la Red de Lideres de Gobierno Electronico de MORDAZA Latina y el Caribe, (RED GEALC) que se realizara en la MORDAZA de Montevideo, Republica Oriental del Uruguay, durante los dias 5 y 6 de marzo de 2009; Que, los gastos por concepto de pasajes aereos y viaticos seran financiados por la Organizacion de Estados Americanos, por lo que la presente Resolucion Suprema no irrogara gasto alguno al Pliego Presupuestario del Ministerio de Salud; Que, en tanto dure la ausencia del Titular, es necesario encargar la cartera de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del Ministro de Salud senor MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ, a la MORDAZA de Montevideo, Republica Oriental del Uruguay, del 4 al 8 de marzo de 2009, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Encargar la cartera de Salud al Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo, senor MORDAZA ELISBAN VILLASANTE MORDAZA, del 4 al 8 de marzo de 2009. Articulo 3º.- La presente Resolucion no irrogara gasto alguno al Tesoro Publico, ni MORDAZA derecho a exoneracion

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