Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2009 (04/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

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deber de contribuir a una efectiva gestion ambiental y de proteger el ambiente asi como sus componentes, siendo el agua uno de ellos, Que el primer informe de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo de los Recursos Hidricos en el MORDAZA "Agua para Todos, Agua para la MORDAZA ", ha senalado las necesidades de desarrollar politicas y acciones conducentes a racionalizar el uso del agua; asimismo, la Asamblea de las Naciones Unidas ha proclamado al periodo 2005 - 2015 como el Decenio Internacional para la Accion "El Agua fuente de vida", empezando este periodo el Dia Mundial del Agua el 22 de marzo 2005, senalandose en dicha resolucion que el Decenio ha de tener como objetivo principal ocuparse mas a fondo de las cuestiones relativas al agua y de la ejecucion de programas y proyectos sobre el agua, con el fin de ayudar a alcanzar los objetivos relativos al agua acordados a nivel Internacional y contenidos en el Programa 21, los Objetivos de Desarrollo de la ONU para el Milenio y el Plan de Aplicacion de Johannesburgo; Que, el agua es un recurso no renovable y escaso que requiere de su uso racional a fin de garantizar su disponibilidad en cantidad y calidad suficiente para toda la poblacion, tarea en la cual esta comprometida el distrito de MORDAZA El MORDAZA en base a los principios establecidos en la Politica Ambiental del distrito y el Sistema Local de Gestion Ambiental; Que, es importante establecer la Politica del Municipio para promover y ejecutar acciones conducentes a lograr un uso eficiente y racional del agua, la reutilizacion de las aguas servidas y el abastecimiento confiable de este recurso para toda la poblacion del distrito de MORDAZA El MORDAZA, Estando lo expuesto, de conformidad a la Resolucion de Alcaldia N° 002-2009-ALC/MVES del 09.01.2009, en la cual se encarga las funciones de Secretario General de Concejo al Dr. MORDAZA MORDAZA Gonzales- Asesor del Despacho de Alcaldia, en uso de las facultades conferidas con los incisos 1 y 6 del Art. 20°, asi como el Art. 42° de la Ley Organica Municipal Nº 27972. SE DECRETA: Articulo 1º.- Apruebese la Politica del Uso Racional del Agua en el distrito de MORDAZA El MORDAZA la misma que se encuentra como Anexo al presente documento Articulo 2º.- Disponer la publicacion del presente Decreto en el MORDAZA institucional. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 318136-1

gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el articulo IV del Titulo Preliminar de la MORDAZA acotada en el parrafo precedente, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, mediante la Ordenanza Nº 157/MVES del 27.08.2007, modificada por la Ordenanza Nº 171-MVES del 14.07.2008, se regula el MORDAZA del Presupuesto Participativo de MORDAZA El MORDAZA, la misma que tiene por finalidad establecer y regular los mecanismos y procedimientos de participacion que permitan recoger las aspiraciones y necesidades de la poblacion del distrito para considerarlos en los presupuestos, canalizando asi la ejecucion de programas y proyectos prioritarios, de modo que permita alcanzar los objetivos estrategicos de desarrollo humano, integral y sostenible enmarcados en el Plan Integral de Desarrollo Concertado; Que, a efectos de una correcta aplicacion de lo dispuesto en el literal b) del articulo 5º y del articulo 11º de la Ordenanza Nº 157/MVES, modificada por la Ordenanza Nº 171-MVES, y conforme a lo indicado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, resulta necesario efectuar algunas precisiones; Estando a lo informado, contando con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica, expresada mediante Informe Nº 95-2009-OAJ/MVES del 02.02.2009, y en uso de las atribuciones conferidas en el inciso 6) del Art. 20º, asi como el Art. 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Articulo 1º.- PRECISESE la aplicacion de lo dispuesto en el literal b) del articulo 5º y el literal a) del articulo 11º de la Ordenanza Nº 157/MVES, modificada por la Ordenanza Nº 171-MVES, que regula el MORDAZA del Presupuesto Participativo de MORDAZA El MORDAZA, en los siguientes terminos: Literal b) del articulo 5º."Luego de aprobado el PIA por el Concejo Municipal, la Oficina de Participacion Ciudadana o la que haga sus veces, en un plazo no mayor a los cinco dias habiles desde la fecha de aprobacion del PIA, comunicara por escrito a los beneficiarios de los proyectos de inversion publica menor, para que realicen el aporte en efectivo comprometido, contabilizandose el plazo de los cuarenta y cinco (45) dias desde el dia siguiente en que el representante de los beneficiarios recibe la comunicacion. De igual forma se aplicara en el caso de los beneficiarios del MORDAZA proyecto priorizado, en el caso de que el primero MORDAZA incumplido en entregar su aporte. La comunicacion debera puntualizar ademas del plazo, que el aporte en efectivo no debe entregarse por partes, sino de manera integra, por lo cual es necesario que los beneficiarios junten el dinero y una vez completo totalmente, realicen el deposito a la cuenta bancaria correspondiente de la Municipalidad". Literal a) del articulo 11º."Disponibilidad de cofinanciamiento institucional.- Se entiende a todo monto que excede el aporte minimo de cofinanciamiento, establecido en el literal b) del articulo 5º de la presente Ordenanza, el cual debera abonarse enteramente en efectivo. Asimismo, el aporte minimo de la poblacion en el cofinanciamiento de un proyecto de inversion publica menor cuyo importe supere las 30 UIT, se puede considerar un 50 por ciento en efectivo y el otro 50 por ciento en bienes y/o servicios." Articulo 2º.- La presente MORDAZA entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario

Precisan alcances de disposiciones de la Ordenanza Nº 157/MVES, modificada por la Ordenanza Nº 171-MVES, que regula MORDAZA del Presupuesto Participativo de MORDAZA El MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2009-ALC/MVES MORDAZA El MORDAZA, 5 de febrero del 2009 Visto: El Informe Nº 008-2009-OPP/MVES, de fecha 28.01.2009, suscrito por el Gerente de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de esta Municipalidad. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de la Reforma Constitucional Nº 27680, los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad al articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, los

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