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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 2009 (04/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de marzo de 2009 391783 a las Ofi cinas de Registros de Estado Civil que funcionan en: COMUNIDAD NATIVA DISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTO POTSOTENI PANGOA SATIPO JUNIN HUAHUARI RÍO NEGRO SATIPO JUNIN SAN LUIS DE CHINCHIHUANI PUERTO BERMUDEZ OXAPAMPA PASCO Artículo 2º.- Los Jefes de las Ofi cinas de Registros de Estado Civil que funcionan en las Comunidades Nativas mencionadas en el artículo precedente, quedan encargados de las funciones registrales cuya delegación se autoriza; así como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil. Artículo 3º.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles, proporcionará los libros de nacimientos, matrimonios y defunciones a la Ofi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad Nativa Potsoteni, cuya delegación de facultades registrales se aprueba con la presente Resolución. Artículo 4º.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles, proporcionará los libros de nacimiento y defunción, a las Ofi cinas de Registros de Estado Civil que funcionan en la Comunidad Nativa Huahuari y San Luis de Chinchihuani, cuya delegación de facultades registrales se aprueba con la presente Resolución. Asimismo, la indicada Sub Gerencia proveerá los respectivos libros de matrimonios a las Ofi cina Registrales mencionadas, cuando éstas cumplan con remitir copia del Acta de Asamblea Comunal, mediante la cual se conforma el Comité Especial, a que hace referencia el Artículo 262º del Código Civil Artículo 5º.- Corresponderá a la Sub Gerencia de Incorporación de Registros Civiles, orientar e impartir instrucciones a dichas Ofi cinas, a fi n que el procedimiento registral se realice en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 318249-2 UNIVERSIDADES Aprueban Cuadro para Asignación de Personal 2008 de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUIZ GALLO RECTORADO SECRETARÍA GENERAL RESOLUCION Nº 189-2008-CU Lambayeque, 31 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, la Ofi cina Central de Planifi cación de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo ha elaborado un nuevo Cuadro Para Asignación de Personal - CAP 2008, de la UNPRG; en cuyo proceso se ha tenido en cuenta los criterios establecidos en el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM “Aprueban lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las Entidades de la Administración Pública”; actualizándolo en función a las necesidades institucionales; Que, según los criterios establecidos para la elaboración del CAP, dispuesto en el artículo 11º del D.S. Nº 043-2004-PCM; así como lo normado en el artículo 16º, del citado dispositivo, se ha realizado un reordenamiento de cargos, tanto en la docencia universitaria, como en el sector administrativo; en donde el cargo docente previsto para ascenso o cambio régimen de dedicación, afecta las plazas establecidas en el Presupuesto Analítico de Personal - PAP, de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo; Que, el Cuadro Para Asignación de Personal - CAP- 2008, de la UNPRG, refl ejado en el FORMATO Nº 2. “Resumen Cuantitativo General del Cuadro Para Asignación de Personal”, a Nivel de Unidad Orgánica y Tipo de Personal, nos muestra un TOTAL de 1,512 cargos: 902 docentes y 610 administrativos, en los que se ha incluido a 11 obreros permanentes; Que, del Informe Técnico presentado por la Ofi cina Central de Planifi cación, del Pliego 523 U. N. Pedro Ruiz Gallo, se indica los siguientes procesos en su elaboración: 1. Se ha tomado en un 100% la Estructura Orgánica vigente de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, que esta contenida en el Reglamento de Organización y Funciones, aprobada mediante Resolución Nº 498-94-R- RU. 2. Se ha tomado los Cargos Docentes de conformidad con el artículo 44º y 49º de la Ley Nº 23733 “Ley Universitaria”, donde se establece que la Carrera Universitaria la conforman, entre otros, los profesores Ordinarios en sus Categorías: Principales, Asociados y Auxiliares, así como los Jefes de Práctica y, según su Régimen de Dedicación a la Universidad en: Dedicación Exclusiva, Tiempo Completo y Tiempo Parcial; no se ha tomado en cuenta los NIVELES que norma la Homologación de los Docentes Activos de las Universidades Públicas en el Decreto de Urgencia Nº 033-2005. 3. Nuestro Estatuto, aprobado por Resolución Nº 650- 96-R-CU, y sus modifi catorias, con sus 14 Facultades y una Escuela de Post Grado; donde sustantivamente se encuentran sus 32 Departamentos Académicos y 26 Escuelas Profesionales. 4. El Plan Estratégico Institucional - PEI - UNPRG, 2007-2010, ha considerado la creación de las Escuelas Profesionales de: Arqueología, Turismo y Hotelería, Odontología, Psicología y el Departamento Académico de Comercio y Negocios Internacionales; donde se han previsto 42 cargos docentes. 5. En el Formato Nº 1 Cuadro Para Asignación de Personal, rubro CLASIFICACION, se ha tenido en cuenta lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 28175 “Ley Marco del Empleo Público”, para los cargos del sector administrativos de manera general, la de Servidor Público - SP (Especialista y Apoyo) La clasifi cación de Funcionario de Confi anza - FP, se ha tomado, para los Cargos de: Rector Vicerrectores, Decanos, Director de Escuela de Post Grado y Jefes de Departamento Académico; cumplimiento así a lo previsto en los artículos 35º, 36º y 37º de la Ley Nº 23733 “Ley Universitaria”; Estatuto de la UNPRG y; Decreto Supremo Nº 106-2005-EF. 6. Se ha considerado en el Cuadro para Asignación de Personal, los cargos para el funcionamiento de las Secciones Descentralizadas de Agronomía, Industrias Alimentarias e Ingeniería Zootecnia de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, en la provincia de Cutervo, departamento de Cajamarca; al haberse ratifi cado el funcionamiento de la Filial Cutervo, por Resolución Nº 262-2006-CONAFU. Que el Consejo Universitario, en sesión de fecha 1 de octubre de 2008, aprobó el mencionado documento de gestión, con cargo a que se regularice las observaciones, por lo que de conformidad con Art. 15º, del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, debe emitirse la resolución correspondiente; Que la actualización de la presente resolución y del Cuadro para Asignación de Personal, recibidos en Secretaría General en la fecha, ha sido preparada por el Jefe de la Ofi cina de Racionalización, por lo que juntamente con el señor Jefe de la Ofi cina Central de Planifi cación, la visan en señal de conformidad;