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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de marzo de 2009 391934 actúa como órgano de enlace entre el Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales y Locales; De conformidad con la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo Nº 063-2007- PCM – Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo Único.- Delegar en el Secretario de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, las facultades de representación sufi cientes que corresponden al Presidente del Consejo de Ministros y que no sean privativas a su función de Ministro de Estado, para suscribir, a nombre de la Presidencia del Consejo de Ministros, los Convenios Marco de Cooperación Interinstitucional y Acuerdos Complementarios Específi cos para brindar asistencia técnica para el fortalecimiento de capacidades en gestión a los Gobiernos Regionales y Locales, durante el año 2009. Regístrese, comuníquese y publíquese. YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros 319814-1 Inscriben a la “Mancomunidad Municipal PAKISHUAN” en el Registro de Mancomunidades Municipales RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 012-2009-PCM/SD Lima, 26 de febrero de 2009 VISTOS: Los Ofi cios Nº 051-2008/MPAKISHUAN y Nº 072-2008/ MMPAKISHUAN, Informe Técnico de Viabilidad, Acuerdo de Concejo Nº 008-2008-MDH de la Municipalidad Distrital de Huancarama, Acuerdo de Concejo Nº 009-2008-MDK/ AND/AP de la Municipalidad Distrital de Kishuara, Acuerdo de Concejo Nº 003-2008-MDP/AND de la Municipalidad Distrital de Pacobamba, Acta de Constitución, Estatuto de la “Mancomunidad Municipal PAKISHUAN”, y los Informes Nº 043-2008-PCM-SD/MIRA y Nº 012- 2009 – PCM/SD- OGI-MIRA. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, en el artículo 2º, defi ne a ésta como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de prestación conjunta de servicios y ejecución de obras, promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 29029 establece que la Mancomunidad Municipal tiene personería jurídica propia y aprueba su estatuto conforme a las normas del Código Civil, debiendo señalar su domicilio, ámbito territorial, objeto y funciones, órganos directivos, recursos, plazo de duración, reglas de disposición de bienes en caso de disolución y otras condiciones necesarias para su funcionamiento; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 016-2008- PCM, se dispuso abrir el Registro de Mancomunidades Municipales y aprobar su reglamento, estableciéndose los requisitos para la inscripción de éstas; Que, mediante el Ofi cio Nº 051-2008/MPAKISHUAN, los Señores Alcaldes de las Municipalidades Distritales de Huancarama, Kishuara y Pacobamba, en la Provincia de Andahuaylas, Departamento de Apurimac, solicitan la inscripción de la “Mancomunidad Municipal PAKISHUAN”; y por Ofi cio Nº 072-2008/MMPAKISHUAN presentan el Estatuto de esta mancomunidad y acuerdos de concejo, documentos que subsanan las observaciones advertidas en el Informe Nº 043-2008-PCM-SD/MIRA; Que, el Informe Técnico de Viabilidad de vistos, contiene información sobre diagnostico, ubicación, límites y extensión; recursos biológicos y geográfi cos en su ámbito territorial; capital humano y población económicamente activa; educación y salud; en infraestructura física, red vial, servicios básicos y líneas de base por distrito; importancia, propuesta de estructura y recomendaciones para su formalización; que en su conjunto justifi can la viabilidad técnica para la constitución de la “Mancomunidad Municipal PAKISHUAN”; Que, por los Acuerdos de Concejo de vistos, las Municipalidades Distritales de Huancarama, Kishuara y Pacobamba aprueban la constitución de la “Mancomunidad Municipal PAKISHUAN”; Que, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal PAKISHUAN”, aprobado mediante Acta de Constitución de vistos por los Alcaldes de las Municipalidades que integran esta Mancomunidad, señala como fi nes de la misma los siguientes: a) Instalar y sostener un servicio común de apoyo; b) Fomentar y velar por el desarrollo económico, social, y del medio ambiente, de manera sostenible, justa y armónica; así como la adecuada prestación de los servicios locales públicos; c) Promocionar y ejecutar proyectos de desarrollo sostenible; d) Ejecutar acciones, convenios y proyectos conjuntos entre las municipalidades mancomunadas; e) Planifi car el desarrollo, uso integral y el saneamiento físico legal de los suelos y espacios de las municipalidades mancomunadas; f) Elaborar, gestionar, promover e implementar proyectos ante entidades nacionales e internacionales, públicas y/o privadas, que busquen y auspicien el desarrollo económico, productivo, social, cultural y medio ambiental; pudiendo para ello gestionar recursos fi nancieros, humanos y técnicos ante distintas fuentes, en concordancia con las normas vigentes sobre la materia; g) Procurar mejores niveles de efi ciencia y efi cacia en la gestión de los gobiernos locales a través del cumplimiento de las normas de transparencia, rendición de cuentas y acceso a la información; propiciando la participación ciudadana, la modernización de la gestión municipal, y los procesos de integración y desarrollo económico local; y, h) Desarrollar e implementar planes y experiencias conjuntas de desarrollo de capacidades, asistencia técnica e investigación tecnológica en convenio con universidades, institutos superiores, y otras entidades educativas públicas y privadas; Que, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal PAKISHUAN”, contiene información sobre denominación, domicilio, ámbito territorial, objeto, funciones, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefi nida, condiciones para la admisión, renuncia y separación de sus miembros, requisitos para su modifi cación y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; de este modo, se ha dado cumplimiento al contenido exigido para la elaboración del Estatuto de la Mancomunidad Municipal, de conformidad a lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 016-2008-PCM; Que, de conformidad a la Solicitud de Inscripción, Informe Técnico de Viabilidad, Acuerdos de Concejo, Acta de Constitución y Estatuto de la “Mancomunidad Municipal PAKISHUAN”, se ha cumplido con lo establecido por los principios, objetivos y requisitos mencionados en los artículos 3º, 4º y 5º de la Ley Nº 29029, y con lo dispuesto en el artículo 4º, de la Resolución Ministerial Nº 016-2008- PCM; Que, acorde con el Informe Nº 012-2009 – PCM/ SD-OGI-MIRA, se han subsanado las observaciones formuladas en el Informe Nº 043- 2008 - PCM - SD/MIRA; y por tanto procede que la Secretaría de Descentralización, mediante la resolución correspondiente, disponga la inscripción de la “Mancomunidad Municipal PAKISHUAN”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29029, la Resolución Ministerial Nº 016-2008-PCM, y en uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo