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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de marzo de 2009 391937 Que en el año 2007, el Sector Educación implementa la etapa de iniciación del Plan de Municipalización de la Gestión Educativa en 56 municipalidades, y siendo además declaradas con viabilidad técnica y funcional 44 municipalidades mediante el acta correspondiente y refrendada con Resolución Vice Ministerial Nº 0046-2008- ED, de conformidad con el artículo 3º del DS Nº 078-2006- PCM; Que mediante Resolución Vice Ministerial Nº 0038- 2007-ED, el Ministerio de Educación conformó las comisiones de transferencia, para desarrollar entre otras, las actividades previstas en la Directiva Nº 124-2007-ME/ VMGI-OCR “Normas para la ejecución de la transferencia administrativa a las municipalidades del plan piloto de municipalización de la gestión educativa”, validada mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 010-2009-PCM/SD, con lo cual las municipalidades cumplen los requisitos específi cos mínimos y el Sector concluye la etapa de certifi cación, y consecuentemente la Secretaría de Descentralización procederá con la acreditación; Que el Decreto Supremo Nº 049-2008-PCM aprobó el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2008, el cual estableció que el Ministerio de Educación, en coordinación con la Secretaría de Descentralización, para aquellos pilotos que vienen siendo desarrollados desde el año 2007, gestionará la transferencia efectiva de recursos, para lo cual emitirá las directivas correspondientes; Que la Sexagésima Disposición Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2009, Ley Nº 29289, autoriza la transferencia de partidas de los Pliegos de los gobiernos regionales y del Pliego 010: Ministerio de Educación a favor de los Pliegos de las municipalidades incluidas en el Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa, a partir del 1 de enero de 2009 y por el monto total de las asignaciones presupuestarias incluidas en el presupuesto 2009 de los citados Pliegos habilitadores, correspondiente a todas las instituciones educativas de los niveles inicial, primaria y secundaria de educación básica regular, que funcionan en la circunscripción territorial de cada una de las municipalidades del referido Plan Piloto; así como que la citada transferencia de partidas será efectivizada a solicitud del Ministerio de Educación y mediante decreto supremo del Ministerio de Economía y Finanzas; Que la Quinta Disposición Transitoria de la Ley de Bases de la Descentralización establece que la transferencia de funciones, programas y organismos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales, comprenden el personal, acervo documentario y los recursos presupuestales correspondientes, que se encuentren directamente vinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones o servicios transferidos, incluyendo la titularidad y dominio de los bienes correspondientes; Que al haberse elaborado el Informe de Concordancia Nº 001-2009-PCM/SD-OTME, la Secretaría de Descentralización, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º de la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 010-2009-PCM/ SD, debe proceder a acreditar a las municipalidades del Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa, al haber sido declaradas APTAS para ejercer funciones en materia de educación, comprendidas en el Plan Anual de Transferencia 2007 y 2008, las mismas que se encuentran pendientes de acreditación y transferencia, mediante la emisión de la norma correspondiente; Que luego de proceder a la acreditación correspondiente, la Secretaría de Descentralización debe notifi car al Ministerio de Educación así como a los gobiernos regionales, para que procedan a la efectivización de la transferencia de las funciones en la materia antes señalada, así como de los correspondientes recursos presupuestales asociados a dichas funciones, de acuerdo al procedimiento establecido en el Decreto Supremo Nº 083-2008-PCM que establece medidas para culminar procesos de transferencia programados en el Plan Anual de Transferencia de competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007; De conformidad con las disposiciones establecidas en las Leyes Nº 27783, 27972, 28273 y 29289; los Decretos Supremos Nº 078-2006-PCM, Nº 036-2007-PCM, 049- 2008-PCM, 083-2008-PCM; y las Resoluciones de Secretaría de Descentralización Nº 001-2009-PCM/SD y Nº 010-2009-PCM/SD; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acreditación de funciones en gestión educativa Acreditar a las municipalidades distritales que se detallan en el Anexo 1, el cual forma parte de la presente Resolución, para la transferencia de la función del artículo 82º de la Ley Orgánica de Municipalidades en materia de gestión educativa en el marco del Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM, la Resolución Ministerial Nº 0031-2007- ED y del Decreto Supremo Nº 005-2008-ED, implicadas en el Plan de Municipalización de la Gestión Educativa. Artículo 2º.- Disposiciones para consolidar la acreditación El Ministerio de Educación queda obligado, con las municipalidades que tienen la condición de POR POTENCIAR, de conformidad con el Informe de Concordancia Nº 001-2009-PCM/SD-OTME a la suscripción del convenio marco intergubernamental que incluye acciones de cooperación, para la ejecución de los programas de capacitación y asistencia técnica, así como para el apoyo material y técnico para que faciliten la certificación de los gobiernos locales, en el marco de los dispuesto en el artículo 31 de la resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003- 2007-PCM/SD. Las municipalidades acreditadas en la presente Resolución deben realizar las gestiones administrativas correspondientes para implementar los requisitos generales dispuestos en la Ley del Sistema de Acreditación, sobre la base de la declaratoria de viabilidad técnica y funcional que se ha proporcionado; con la fi nalidad de garantizar la transferencia de competencias y la calidad de los servicios públicos. El Ministerio de Educación deberá coordinar con los gobiernos locales acreditados y sus correspondientes gobiernos regionales, los mecanismos de articulación pertinentes, para la elaboración del esquema de gestión descentralizada; sobre el cual se basará el ejercicio compartido de la gestión educativa (precisándose procesos, roles y funciones por nivel de gobierno) y servirá de marco de orientación para la implementación del ejercicio de las competencias transferidas. Artículo 3º.- Notifi cación de la Acreditación Notifi car la presente Resolución al Ministerio de Educación así como a los gobiernos regionales y a las municipalidades que han acreditado la transferencia de funciones en materia de gestión educativa, para que procedan a la suscripción de las Actas de Entrega y Recepción, de conformidad con el artículo 3º de la Resolución de Descentralización Nº 010-2009-PCM/ SD. Artículo 4.- Publicación La presente Resolución y su Anexo 1, deberán ser publicados en el Diario Ofi cial El Peruano; y, el Informe de Concordancia Nº 001-2009-PCM/SD-OTME, deberá ser publicado en la página Web de la PCM: www.pcm. gob.pe/sd. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL ALBERTO MOLINA MARTINEZ Secretario de Descentralización