Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2009 (07/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

391945

Que, los Organismos Publicos Descentralizados, de acuerdo con la Sexta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, pasan a denominarse Organismos Publicos Ejecutores o Especializados, estando la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria calificada como Organismo Publico Ejecutor de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM; Que, de acuerdo al Articulo 18° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria aprobado por el Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM, el Superintendente Nacional de Administracion Tributaria es el titular y funcionario de mayor nivel jerarquico y tiene a su cargo la direccion general de la institucion; corresponde su designacion al Presidente de la Republica, a propuesta del Ministro de Economia y Finanzas, mediante Resolucion Suprema expedida con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, resulta necesario delegar en el Superintendente Nacional de Administracion Tributaria la facultad de autorizar la Fase de Inversion del Ciclo del Proyecto de Inversion Publica, y en consecuencia, la elaboracion de expedientes tecnicos o estudios definitivos y la ejecucion de los proyectos de inversion publica, en su calidad de responsable de administrar, fiscalizar y recaudar los tributos internos, administrar y controlar el trafico internacional de mercaderias dentro del territorio aduanero, y facilitar las actividades aduaneras de comercio exterior, asi como inspeccionar el trafico internacional de personas y medios de transporte y desarrollar las acciones necesarias para prevenir y reprimir la comision de delitos aduaneros; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, modificada por las Leyes Nos. 28522 y 28802; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 102-2007-EF, el Decreto Legislativo N.° 183, Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria aprobado por Decreto Supremo N°115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Delegar en el Superintendente Nacional de Administracion Tributaria la facultad para autorizar la Fase de Inversion del Ciclo del Proyecto, y en consecuencia la elaboracion de expedientes tecnicos o estudios definitivos y la ejecucion de proyectos de inversion publica, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del numeral 6.1 del Articulo 6º del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica aprobado por Decreto Supremo Nº 102-2007-EF. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 320154-1

Que, asimismo, el articulo 13º numeral 13.2 literales a) y c) de la Ley Nº 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, en concordancia con los articulos 3º y 4º de la Ley Nº 28411, disponen que la Direccion Nacional del Presupuesto Publico es el organo rector, constituye la mas alta autoridad tecnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, y cuenta con las atribuciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestion del MORDAZA presupuestario, asi como emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 013-2008EF/76.01 se aprobo la Directiva Nº 004-2008-EF/76.01 "Directiva para el Cierre y Conciliacion del Presupuesto del Sector Publico", asi como los anexos, formatos y modelos, la misma que contiene pautas y procedimientos de caracter general y de vigencia permanente, y cuyas modificatorias se aprobaron a traves de las Resoluciones Directorales Nºs 006-2009-EF/76.01 y 008-2009EF/76.01; Que, es pertinente establecer que el Acta de Conciliacion, a la que se refiere el articulo 17º de la Directiva Nº 004-2008-EF/76.01, se extendera en tres (3) juegos originales, con el objeto de brindar mayor celeridad en el tramite dentro del MORDAZA de cierre presupuestario, considerando que durante los ejercicios fiscales precedentes el Acta de Conciliacion se ha venido elaborando en tres juegos originales, por lo que resulta innecesario su refrendo, conllevando a implantar este procedimiento de caracter formal, en el MORDAZA del numeral 1.13 del Art. IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; En uso de las facultades conferidas en el articulo 13º de la Ley Nº 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, los articulos 3º y 4º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el articulo 17º del Decreto Legislativo Nº 183, Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el articulo 17º de la Directiva Nº 004-2008-EF/76.01 - Directiva para el Cierre y Conciliacion del Presupuesto del Sector Publico, conforme al siguiente texto: "Articulo 17º.- Extension de Copias del Acta de Conciliacion El Acta de Conciliacion se extendera en tres (3) juegos originales, las que se distribuyen de la siguiente manera: · El primero se archivara en la Direccion Nacional del Presupuesto Publico. · El MORDAZA se entregara al representante de la Direccion Nacional de Contabilidad Publica, y · El tercero se entregara a los representantes del Pliego." Articulo 2º.- El texto ordenado de la Directiva Nº 0042008-EF/76.01 "Directiva para el Cierre y Conciliacion del Presupuesto del Sector Publico", asi como los anexos, formatos, modelos y modificatorias, se encuentran en la pagina web del Ministerio de Economia y Finanzas: www. mef.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion Nacional del Presupuesto Publico 320602-1

Modifican la Directiva para el Cierre y Conciliacion del Presupuesto del Sector Publico
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 010-2009-EF/76.01 MORDAZA, 4 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se establecen los principios, asi como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto;

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