Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2009 (07/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de marzo de 2009 391935 de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063- 2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales, a la “Mancomunidad Municipal PAKISHUAN”; integrada por las Municipalidades Distritales de Huancarama, Kishuara y Pacobamba, en la Provincia de Andahuaylas, en el Departamento de Apurimac. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal PAKISHUAN” como sigue: - Presidente: Rubén Moisés Hurtado Vera, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Kishuara. - Vicepresidente: Fredy Trocones Villcas, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pacobamba. - Vocal: Carlos Cavero Contreras, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Huancarama. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Acta de Constitución y el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal PAKISHUAN”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Independientemente de ello, el Estatuto y los actos que se ejecuten bajo su marco, deberán sujetarse a las demás normas aplicables, conforme sea necesario. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página Web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www. pcm.gob.pe/sd. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL MOLINA MARTÍNEZ Secretario de Descentralización 319580-1 Inscriben a la “Mancomunidad de Municipalidades AMUZCEH” en el Registro de Mancomunidades Municipales RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 013-2009-PCM/SD Lima, 3 de marzo de 2009 VISTOS: Los Ofi cios Nº 035-2008-AMUZCEH y Nº 019-2009- AMUZCEH, Informe Técnico de Viabilidad, Acuerdo de Concejo Nº 74-2008-/MDA de la Municipalidad Distrital de Ascensión, Acuerdo de Concejo S/N de la Municipalidad Distrital de Conayca, Acuerdo de Concejo Nº 04-2008- MDC-HVCA de la Municipalidad Distrital de Cuenca, Acuerdo de Concejo Nº 014-2008-MDH de la Municipalidad Distrital de Huando, Acuerdos de Concejo Nº 031-2008- MDI y Nº 004-2009-MDI de la Municipalidad Distrital de Izcuchaca, Acuerdo de Concejo Nº 022-2008-MDL/HVCA de la Municipalidad Distrital de Laria, Acuerdo de Concejo Nº 027-2008-MDNO de la Municipalidad Distrital de Nuevo Occoro, Acuerdo de Concejo 025-2008-MDP-Hvca de la Municipalidad Distrital de Palca, Acta de Constitución, Estatuto de la “Mancomunidad de Municipalidades AMUZCEH”, y los Informes Nº 008-2009–PCM/SD-OGI- MIRA y Nº 015- 2009 – PCM/SD-OGI-MIRA. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, en el artículo 2º, defi ne a ésta como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de prestación conjunta de servicios y ejecución de obras, promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 29029 establece que la Mancomunidad Municipal tiene personería jurídica propia y aprueba su estatuto conforme a las normas del Código Civil, debiendo señalar su domicilio, ámbito territorial, objeto y funciones, órganos directivos, recursos, plazo de duración, reglas de disposición de bienes en caso de disolución y otras condiciones necesarias para su funcionamiento; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 016-2008- PCM, se dispuso abrir el Registro de Mancomunidades Municipales y aprobar su reglamento, estableciéndose los requisitos para la inscripción de éstas; Que, mediante el Ofi cio Nº 035-2008-AMUZCEH, el Señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ascensión solicita la inscripción de la “Mancomunidad de Municipalidades AMUZCEH”; y por Ofi cio Nº 019-2009- AMUZCEH, los alcaldes de las municipalidades que integran esta mancomunidad presentan el Testimonio de Escritura Pública que modifi ca el Acta de Constitución, el Estatuto y Acuerdos de Concejo de las Municipalidades Distritales de Laria e Izcuchaca, documentos que subsanan las observaciones advertidas en el Informe Nº 008-2009–PCM/SD-OGI-MIRA; Que, el Informe Técnico de Viabilidad de vistos, contiene información sobre población, ubicación y extensión; en agricultura, aprovechamiento de la superfi cie, principales fuentes de agua y sus caudales; en vías de comunicación, vías terrestres y otros medios; en educación, población escolar por distritos, cobertura y culminación de educación básica; en salud, hogares con servicios básicos, establecimientos de salud, y desnutrición crónica y aguda; utilidad para el desarrollo territorial, en gestiones fi nancieras, servicios públicos, calidad de vida y ejecución de proyectos; utilidad para el desarrollo institucional de las municipalidades, en tecnología, instrumentos de gestión, asistencia técnica y capacidades; y, objetivos estratégicos, propuesta de estructura y recomendaciones para su formalización; que en su conjunto justifi can la viabilidad técnica para la constitución de la “Mancomunidad de Municipalidades AMUZCEH”; Que, por los Acuerdos de Concejo de vistos, las Municipalidades Distritales de Ascensión, Conayca, Cuenca, Huando, Izcuchaca, Laria, Nuevo Occoro y Palca, aprueban la constitución de la “Mancomunidad de Municipalidades AMUZCEH”; Que, el Estatuto de la “Mancomunidad de Municipalidades AMUZCEH”, aprobado mediante Acta de Constitución de vistos por los Alcaldes de las Municipalidades que integran esta Mancomunidad, señala como objetivos estratégicos de la misma los siguientes: a) Fortalecer la gestión concertada de los recursos estratégicos desde y con la AMUZCEH, en base a la articulación institucionalizada de las municipalidades, las instituciones, las comunidades campesinas y las organizaciones, garantizándose la seguridad y el ejercicio de derechos ciudadanos de mujeres y varones de la zona; b) Mejorar la producción agropecuaria de calidad con un manejo adecuado de las tecnologías productivas agroecológicas, una gestión concertada de los recursos de las micro cuencas con participación de las comunidades campesinas, conservando la biodiversidad y la calidad ambiental, mediante programas específicos zonales; c) Mejorar y diversificar la producción de alimentos procesados, fortaleciendo y articulando las cadenas productivas