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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de marzo de 2009 392211 Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, dispone la creación de Fondos y dicta otras medidas, y modifi catorias, creó el Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - FONIPREL, destinado al cofi nanciamiento de estudios de preinversión y proyectos de inversión de los gobiernos regionales y gobiernos locales; con la fi nalidad de reducir las brechas en la provisión de los servicios e infraestructura básica; Que, mediante Ley Nº 29125 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 204-2007-EF, se estableció la implementación y el funcionamiento del FONIPREL, disponiéndose que la Secretaría Técnica presenta la lista de los estudios de preinversión y/o proyectos que hayan resultado seleccionados al Consejo Directivo del FONIPREL, quien procede a su aprobación; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 030-2008, en su artículo 1º numeral 1.3 se dispone que los recursos del FONIPREL se incorporan anualmente mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas en la fuente de fi nanciamiento “Recursos Determinados” del Presupuesto Institucional de las entidades cuyos estudios y/o proyectos resulten ganadores del concurso; Que, el Consejo Directivo del FONIPREL, en sesión ordinaria del 22 de julio de 2008, aprobó la lista de los estudios de preinversión y proyectos de inversión seleccionados por la Secretaría Técnica para el respectivo cofi nanciamiento, por una suma total de TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTITRÉS Y 76/100 NUEVOS SOLES (S/. 376 779 923,76); Que, la Secretaría Técnica del FONIPREL suscribió los respectivos convenios de cofi nanciamiento con los Gobiernos Regionales y Locales, los mismos que contienen los cronogramas de ejecución en los que se ha determinado el requerimiento anual de recursos para la elaboración de los estudios de preinversión o ejecución de los proyectos; Que, conforme a lo informado en los mencionados cronogramas de ejecución, mediante Decreto Supremo Nº 16-2008-EF se aprobó la incorporación para el año fi scal 2008 de un monto total de CIENTO CUARENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 143 876 628,00) en la fuente de fi nanciamiento “Recursos Determinados” del Presupuesto Institucional de los Gobiernos Regionales y Locales cuyos estudios y/o proyectos resultaron ganadores del concurso FONIPREL - Primera Convocatoria; Que, para el año fi scal 2009 es necesario incorporar un monto total de DOSCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL SETENTA Y UN Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 228 159 071,00) en la fuente de fi nanciamiento “Recursos Determinados” en los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Regionales y Locales cuyos estudios y/o proyectos resultaron ganadores del concurso FONIPREL - Primera Convocatoria, de acuerdo con lo señalado en los cronogramas de ejecución remitidos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29125 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 204- 2007-EF y el Decreto de Urgencia Nº 030-2008; DECRETA: Artículo 1º.- Incorporación de recursos Incorpórese en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009 el importe de DOSCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL SETENTA Y UN Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 228 159 071,00), en la fuente de fi nanciamiento “Recursos Determinados”, a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, cuyos estudios o proyectos resultaron ganadores del concurso FONIPREL - Primera Convocatoria, de acuerdo con el Anexo Nº 1 que se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), cuyo detalle es el siguiente: INGRESOS (En nuevos soles) FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados 228 159 071,00 (Recursos provenientes del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - FONIPREL) --------------------- TOTAL INGRESOS 228 159 071,00 ============ EGRESOS (En nuevos soles) SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados CATEGORÍA DE GASTO Gastos Corrientes 2.3 Bienes y Servicios 172 090,00 Gastos de Capital 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 39 012 623,00 ------------------- TOTAL GOBIERNOS REGIONALES 39 184 713,00 =========== PLIEGOS : Gobiernos Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados CATEGORÍA DE GASTO Gastos Corrientes 2.3 Bienes y Servicios 300 519,00 Gastos de Capital 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 188 673 839,00 -------------------- TOTAL GOBIERNOS LOCALES 188 974 358,00 ============ TOTAL EGRESOS 228 159 071,00 ============ Artículo 2º.- Procedimientos para la aprobación 2.1 Autorízase a los Titulares de los Pliegos a aprobar mediante Resolución, la desagregación de los recursos a que se refi ere el artículo 1º, dentro de los cinco (5) de aprobada la presente norma, a nivel de actividades y proyectos. Copia de dicha resolución se remite dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruyen a las Unidades Ejecutoras, de corresponder, para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Dichos recursos serán registrados en la Fuente de Financiamiento “Recursos Determinados”, dentro del rubro que contiene las participaciones. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos, solicita a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevos Proyectos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de marzo del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 322396-6 Autorizan viaje de representantes del Ministerio para participar en la Primera Ronda de Negociaciones para un Tratado de Libre Comercio entre Perú y Corea RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 032-2009-EF Lima, 11 de marzo de 2009 Visto el Memorando Nº 014-2009-EF/15.01, del Viceministerio de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas, sobre autorización de viaje.