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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 16 de marzo de 2009 392444 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Res. Adm. Nº 097-2009--P-CSJCL/PJ.- Designan Comisión que realizará gestiones para viabilizar la construcción de la nueva sede de la Corte Superior de Justicia del Callao 392465 Res. Adm. Nº 100-2009-P-CSJCL/PJ.- Disponen prórroga para presentar solicitudes para la revalidación de inscripción de Peritos Judiciales para el período 2009 392465 Res. Adm. Nº 101-2009-P-CSJCL/PJ.- Reconforman la Comisión para la Implementación del Código Procesal Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao 392466 RR. Adms. Nº 106, 107, 108, 109 y 110-2009-P-CSJLN/ PJ.- Conforman Comisiones encargadas de llevar a cabo Plenos Jurisdiccionales Distritales en Materias Civil, Familia, Laboral, Constitucional y Penal 392466 ORGANOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Res. Nº 064-2009-CG.- Aprueban Planes Anuales de Control 2009 de 18 Órganos de Control Institucional 392468 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Acuerdo Nº 026-2009-GRA/CR-AREQUIPA.- Declaran en Situación de Emergencia a la Región Arequipa 392469 Acuerdo Nº 027-2009-GRA/CR-AREQUIPA.- Autorizan viaje de Consejero Regional a Bolivia para participar en los Actos Protocolares de Promoción a la candidatura del “Valle del Colca” como Nueva Maravilla Natural del Mundo 392470 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Ordenanza Nº 162-2009/GRP-CR.- Ordenanza que aprueba la adecuación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Centro de Servicio de Equipo Mecanizado y Laboratorio de Suelos y del Cuadro para Asignación de Personal contratado por funcionamiento de la Sede del Gobierno Regional Piura 392470 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BREÑA Ordenanza Nº 300-2008/MDB-CDB.- Aprueban Ordenanza que establece pago único de derechos administrativos para usuarios que realicen trabajos a que se refi ere el D.Leg. N°. 1014 392472 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Ordenanza Nº 078/MVMT.- Regulan consumo de licor en la vía pública y establecen horarios para el expendio y consumo de bebidas alcohólicas en el distrito 392473 PODER EJECUTIVO ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban monto y características adicionales de la segunda colocación de Bonos Soberanos a ser realizada en el mes de marzo de 2009 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 002-2009-EF/75.01 Lima, 12 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 29290, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2009, el Decreto Supremo Nº 032-2009-EF autorizó la emisión de Bonos Soberanos hasta por la suma de S/. 1 405 000 000,00 (Un Mil Cuatrocientos Cinco Millones y 00/100 Nuevos Soles); Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 032-2009-EF y en el literal s) del numeral 2 del Reglamento de la Emisión y Colocación de Bonos Soberanos en el Mercado Interno, aprobado por el Decreto Supremo Nº 193-2004-EF, las características adicionales de los bonos serán establecidas por la Dirección Nacional del Endeudamiento Público, a través de una resolución directoral; Que, con cargo al monto autorizado mediante el Decreto Supremo Nº 032-2009-EF, a la fecha se han colocado Bonos Soberanos por la suma de S/. 125 000 000,00 (Ciento Veinticinco Millones y 00/100 Nuevos Soles); Que, es necesario aprobar el monto y las características adicionales de la segunda colocación de Bonos Soberanos a ser realizada en el mes de marzo de 2009, a través de la reapertura de la serie de los bonos denominados Bonos Soberanos 12AGO2031; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y sus modifi catorias, la Ley Nº 29290, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2009, el Decreto Supremo Nº 032-2009-EF y por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- La segunda colocación de Bonos Soberanos a ser realizada en el marco de lo dispuesto en el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 032-2009-EF, será hasta por el monto de S/. 80 000 000,00 (Ochenta Millones y 00/100 Nuevos Soles). En el caso que sea necesario realizar la segunda y tercera vuelta, a que se refieren, respectivamente, los Items ii) y iii) del literal b) del numeral 3 del Reglamento de la Emisión y Colocación de Bonos Soberanos en el Mercado Interno, aprobado por el Decreto Supremo Nº 193-2004-EF, el monto autorizado en el párrafo anterior podrá incrementarse en los porcentajes señalados en dicho Reglamento. Artículo 2º.- La colocación a que se refi ere el artículo precedente, se instrumentará a través de la reapertura de la serie de los bonos denominados Bonos Soberanos 12AGO2031, cuyas características serán las siguientes: - Emisor : La República del Perú - Moneda : Nuevos Soles - Valor nominal de cada bono : S/. 1 000,00 ( Un Mil y 00/100 Nuevos Soles) - Mecanismo de colocación : Subasta a través del sistema DATATEC - Participantes de la subasta : Creadores de Mercado y Aspirante a Creador de Mercado designados por la Resolución Ministerial Nº 042- 2009-EF/75 - Modalidad de subasta : Holandesa - Variable a subastar : Precio del bono El precio a subastar no incluirá los intereses corridos generados por cada bono