Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2009 (16/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, lunes 16 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

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articulo 4º de la Resolucion Directoral Nº 226-2003PRODUCE/DNEPP, a efectos de regularizar el exceso de capacidad de bodega en la embarcacion pesquera COSTA MORDAZA con matricula CO-15311-PM, de propiedad de la citada empresa, que actualmente presenta una capacidad de bodega de 375 m3, con sistema de preservacion a bordo R.S.W.; Que con Resolucion Directoral Nº 288-2004-PRODUCE/ DNEPP del 25 de octubre del 2004, se modifico la Resolucion Ministerial Nº 524-97-PE y Resolucion Nº 140-2003PRODUCE/DNEPP, modificadas a su vez en su titularidad por Resolucion Directoral Nº 506-2003-PRODUCE/DNEPP, en el extremo referido a la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera COSTA MORDAZA con matricula CO15311-PM , entendiendose que esta es de 375.00 m3 de volumen de bodega para las actividades extractivas de los recursos anchoveta y sardina, manteniendose los demas terminos y condiciones del permiso de pesca otorgado para la operacion de la citada embarcacion pesquera; Que de otro lado cabe indicar que con Resolucion Directoral Nº 508-2003-PRODUCE, del 19 de diciembre del 2003, se modifico el permiso de pesca de la embarcacion POLAR VII en el extremo referido a su capacidad de bodega, pasando de 482.77 a 530 m3 y se amplio este para que tenga acceso ademas de los recursos anchoveta y sardina a la extraccion de los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto mediante la sustitucion de 312 m3 de capacidad de bodega de la embarcacion COSTA DEL MORDAZA matricula CO-15311PM y 218 m3 de capacidad de bodega de la embarcacion GOLONDRINA de matricula CO-15310-PM, con lo cual la embarcacion COSTA MORDAZA ya no cuenta con permiso de pesca para los recursos jurel y caballa igual que la embarcacion GOLONDRINA, lo que debe ser actualizado por la administracion en el listado correspondiente; Que los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, de fecha 5 de septiembre de 2002, establecen que los recursos sardina, jurel y caballa, seran destinados al consumo humano directo; y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto, solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada Resolucion; Que mediante los escritos del visto la empresa PESQUERA MORDAZA S.A., solicito el cambio de la titularidad de los permisos de pesca de las embarcaciones pesqueras "POLAR I" de matricula Nº CO-14443-PM, "POLAR II" de matricula Nº CO-5302-PM, "POLAR III" de matricula Nº CO-10400-PM, "POLAR IV" de matricula Nº CO-22308-PM,"POLAR V" de matricula Nº CO-15710PM, "POLAR VI" de matricula Nº CO-4502-PM, "POLAR VII" de matricula Nº CO-13009-PM, "GOLONDRINA " de matricula Nº CO-15310-PM y "MARIA JOSE" de matricula CO-19579, "CORINA" de matricula CO-2660PM y "GIANNINA" de matricula CO-1300-PM, POLAR X de matricula CO-11053-PM, POLAR XI de matricula CO10314-PM, POLAR XII ( ex - SAMANCO I) CE-4501-PM, COSTA DEL MORDAZA matricula CO-15311-PM, CARACOL de matricula CO-15313-PM, MORDAZA V de matricula CO-11054-PM y MORDAZA de matricula CE-22870-PM, en su calidad de actual propietaria o poseedora de las citadas embarcaciones; Que asimismo posteriormente la referida empresa solicita se acepte el desistimiento parcial de su solicitud con respecto a las embarcaciones MORDAZA V, POLAR X, POLAR XI, CARACOL, POLAR IV, POLAR V, MORDAZA y MORDAZA JOSE; Que se ha verificado que la empresa PESQUERA MORDAZA S.A. ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en los Procedimientos Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado con Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE y demas normas modificatorias, por lo que resulta procedente aprobar a su favor el cambio de titularidad de los permisos de pesca de la citadas embarcaciones; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informes Nº 067 y 098 - 2009-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente;

De conformidad con lo establecido en el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE y demas normas modificatorias; y, En uso de las facultades conferidas a traves del articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0102006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor de la empresa PESQUERA MORDAZA S.A., el cambio de titular de los permisos de pesca de las embarcaciones "POLAR I" de matricula Nº CO14443-PM, "POLAR II" de matricula Nº CO-5302-PM, "POLAR III" de matricula Nº CO-10400-PM, "POLAR VI" de matricula Nº CO-4502-PM, "POLAR VII" de matricula Nº CO-13009-PM, POLAR XII de matricula CO-4501-PM, "GOLONDRINA" de matricula Nº CO-15310-PM, "COSTA DEL SOL" de matricula CO-15311-PM, "CORINA" de matricula CO-2660-PM y "GIANNINA" de matricula CO1300-PM, en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados. Articulo 2º.- Para el caso de las embarcaciones COSTA MORDAZA y GOLONDRINA, excluirlas del literal B y consignarlas en el literal A de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 3º.- Aceptar el desistimiento parcial de la solicitud de la citada empresa, con respecto a las embarcaciones MORDAZA V de matricula CO-11054PM, POLAR X de matricula CO-11053-PM, POLAR XI de matricula CO-10314-PM, CARACOL de matricula CO-15313-PM, "POLAR IV" de matricula Nº CO-22308PM, POLAR V de matricula CO-15710-PM, MORDAZA de matricula CE-22870-PM y MORDAZA MORDAZA de matricula CO19579-PM. Articulo 4º.- Dejar sin efecto la titularidad de los permisos de pesca otorgados a CONSORCIO MALLA S.A., mediante la Resolucion Directoral Nº 439-2003-PRODUCE/DNEPP, Resolucion Directoral Nº 223-99-PE/DNE, Resolucion Directoral Nº 246-2000-PE/DNE, Resolucion Directoral Nº 260-2000PE/DNE, modificada por Resolucion Directoral Nº 0442001-PE/DNE, Resolucion Directoral Nº 307-2001-PE/ DNEPP, Resolucion Directoral Nº 507-2003-PRODUCE/ DNEPP, modificada por Resolucion Directoral Nº 140-2003PRODUCE/DNEPP y Resolucion Directoral Nº 248-2005PRODUCE/DNEPP; asi como a PESQUERA POLAR S.A. mediante Resolucion Directoral Nº 506-2003-PRODUCE/ DNEPP, modificada por Resolucion Directoral Nº 288-2004PRODUCE/DNEPP, Resolucion Directoral Nº 197-2004PRODUCE/DNEPP; ICAPESCA S.A. mediante Resolucion Directoral Nº 144-2002-PRODUCE/DNEPP que modifica la Resolucion Ministerial Nº 280-95-PE; PESQUERA LERICI S.A., mediante la Resolucion Ministerial Nº 280-95-PE, para operar las embarcaciones "POLAR I" de matricula Nº CO14443-PM, "POLAR II" de matricula Nº CO-5302-PM, "POLAR III" de matricula Nº CO-10400-PM, "POLAR VI" de matricula Nº CO-4502-PM, "POLAR VII" de matricula Nº CO-13009PM, POLAR XII de matricula CE-4501-PM, "GOLONDRINA " de matricula Nº CO-15310-PM, COSTA DEL MORDAZA matricula CO-15311-PM, "CORINA" de matricula CO2660-PM y "GIANNINA" de matricula CO-1300-PM. Articulo 5º.- Incorporar a la empresa PESQUERA MORDAZA S.A. como titular de los permisos de pesca otorgados para operar las embarcaciones pesqueras "POLAR I", "POLAR II", "POLAR III", "POLAR VI", "POLAR VII", POLAR XII, "GOLONDRINA", COSTA MORDAZA, "CORINA" y "GIANNINA", asi como la presente Resolucion, al Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007PRODUCE, y al Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 0862007-PRODUCE, respectivamente, excluyendo a las empresas CONSORCIO MALLA S.A. y la Resolucion Directoral Nº 4392003-PRODUCE/DNEPP, Resolucion Directoral Nº 22399-PE/DNE, Resolucion Directoral Nº 246-2000-PE/DNE, Resolucion Directoral Nº 260-2000-PE/DNE, modificada por Resolucion Directoral Nº 044-2001-PE/DNE, Resolucion Directoral Nº 307-2001-PE/DNEPP, Resolucion Directoral Nº 507-2003-PRODUCE/DNEPP, modificada por Resolucion Directoral Nº 140-2003-PRODUCE/DNEPP y Resolucion Directoral Nº 248-2005-PRODUCE/DNEPP, PESQUERA POLAR S.A. y la Resolucion Directoral Nº 506-2003-

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