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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de mayo de 2009 395261 Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 210-2009- PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 Ley General de Pesca, su Reglamento, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 035- 2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar los artículos 1º, 4º, 5º, y 6º de la Resolución Directoral Nº 186-2007-PRODUCE/ DGEPP, y la Resolución Directoral Nº 280-2007- PRODUCE/DGEPP, en los extremos referidos al nombre de las embarcaciones pesqueras DON ABRAHAM y DOÑA BEILA cuya nueva denominación en adelante será TASA 71 de matrícula CO-15233-PM y TASA 419 de matrícula CO-12974-PM, manteniendo inalterable las demás características técnicas de la referidas embarcaciones. Artículo 2º.- Excluir de las Resoluciones Ministeriales Nros. 084 y 086-2007-PRODUCE, la denominación de las embarcaciones pesqueras DON ABRAHAM y DOÑA BEILA, y en su reemplazo incorporar la nueva denominación de TASA 71 y TASA 419, respectivamente. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consígnese en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce. gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese MARCO ANTONIO ESPINO SÁNCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 342274-4 RELACIONES EXTERIORES Oficializan los eventos “XXII Congreso Peruano de Cardiología” y “Cursos Internacionales de Cardiología”, a realizarse en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0707/RE Lima, 29 de abril de 2009 VISTO: El Ofi cio Nº 303-2009-DVM/MINSA, mediante el cual el Viceministro de Salud, solicita la ofi cialización de los eventos “XXII Congreso Peruano de Cardiología” y “Cursos Internacionales de Cardiología”, que se llevarán a cabo en la ciudad de Lima, del 29 de abril al 02 de mayo de 2009; CONSIDERANDO: Que, la ciudad de Lima es sede de los eventos “XXII Congreso Peruano de Cardiología” y “Cursos Internacionales de Cardiología”, que se llevarán a cabo del 29 de abril al 02 de mayo de 2009, los cuales vienen siendo organizados por la Sociedad Peruana de Cardiología; Que, los mencionados eventos tienen como objetivos, entre otros, difundir los avances científicos relacionados la investigación en cardiología, conocer los avances alcanzados en las áreas de Insuficiencia Cardiaca, en Cardiopatía Coronaria Isquémica, en Epidemiología y Prevención Cardiovascular, en Arritmias y Electrofisiología, en Hipertensión Arterial, en Cardiopatías Congénitas en el Adulto, Imágenes en Cardiología; De conformidad con los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2001-RE, de 03 de enero de 2001 y el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 29 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ofi cializar los eventos “XXII Congreso Peruano de Cardiología” y “Cursos Internacionales de Cardiología”, que se llevarán a cabo en la ciudad de Lima, del 29 de abril al 02 de mayo de 2009. Artículo Segundo.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 343060-1 Oficializan el evento II Curso Internacional “Cuidado Intensivo Neonatal: Una Visión Personalizada y Holística”, a realizarse en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0708/RE Lima, 29 de abril de 2009 VISTO: El Oficio Nº 305-2009-DVM/MINSA, mediante el cual el Viceministro de Salud, solicita la oficialización del evento II Curso Internacional “Cuidado Intensivo Neonatal: Una Visión Personalizada y Holística”, que se llevarán a cabo en la ciudad de Lima, del 01 al 03 de mayo de 2009; CONSIDERANDO: Que, la ciudad de Lima es sede del evento II Curso Internacional “Cuidado Intensivo Neonatal: Una Visión Personalizada y Holística”, que se llevará a cabo del 01 al 03 de mayo de 2009, el cual viene siendo organizado por la Asociación de Enfermeras Especialistas en Cuidado Crítico Neonatal Base Hospital Nacional “Edgardo Rebagliati Martins” - ESSALUD; Que, el mencionado evento tienen como objetivos, entre otros, cuidar al paciente neonatal en estado crítico aplicando las bases conceptuales y el método científi co en planes individualizados según el contexto de salud del paciente; así como, refl exionar sobre los aspectos organizativos, ético deontológico y de investigación en el cuidado neonatal y adoptar actitudes de involucramiento en la prevención de complicaciones y control de riesgos, procurando la mejor calidad de vida posible para el neonato; De conformidad con los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2001-RE, de 03 de enero de 2001 y el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 29 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ofi cializar el evento II Curso Internacional “Cuidado Intensivo Neonatal: Una Visión Personalizada y Holística”, que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, del 01 al 03 de mayo de 2009. Artículo Segundo.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 343059-1