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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de mayo de 2009 395307 el Equipo Técnico, para los fi nes del proceso participativo. Segunda.- El Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01 para el Proceso de Presupuesto Participativo; tiene carácter supletorio para todo lo que no contemple el Reglamento. Tercera.- Los resultados del Proceso de Programación del Presupuesto Participativo 2010, se publicarán en la página web de la Municipalidad Distrital de Santa Anita. Cuarta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 343005-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA Instauran proceso administrativo disciplinario a ex funcionarios RESOLUCION DE ALCALDIA N° 086-2009/MDSR Santa Rosa, 27 de Abril del 2009 VISTOS: El Informe N°001-2009-MDSR/CEPAD. De fecha 25 de Abril de 2009, evacuado por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, Expediente Administrativo N°204-2009 de fecha 20 de Enero del presente año, presentado por la Gerencia Central de Denuncias y Participación Ciudadana de la Contraloría General de la República, sobre Verifi cación de Denuncias en la Municipalidad Distrital de Santa Rosa-Lima.; Informe N°0040-2009-MDSR/GM. De fecha 23 de Abril de 2009 y la Opinión Legal N°060-2009-MDSR/GAL. De fecha 14 de Abril de 2009, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú, modifi cada en su Artículo 194º por la Ley Nº 27880 “Ley de Reforma Constitucional”, las municipalidades son los órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; siendo el Concejo Municipal el órgano normativo y fi scalizador y la Alcaldía el órgano ejecutivo con las funciones y atribuciones que señala la Ley; Que, los servidores públicos están al servicio de la Nación; en tal razón deben desempeñar sus funciones con honestidad, efi ciencia, laboriosidad y vocación de servicio; conducirse con dignidad en el desempeño del cargo y en su vida social. Además deben informar a la superioridad de los actos delictivos de inmoralidad cometidos en el ejercicio de la función pública. Que, los funcionarios y servidores deberán actuar con corrección y justeza al realizar los actos administrativos que les corresponda, cautelando la seguridad el patrimonio del Estado que tengan bajo su directa responsabilidad. Que, de conformidad al Art. 37 de la Ley Orgánica de Municipalidades, los Funcionarios y empleados de las Municipalidades se sujetan al régimen laboral general aplicable a la administración pública, conforme a ley. Que, de conformidad con el Art. 25 del Decreto Legislativo N° 276, establece que los servidores públicos son responsables civil, penal y administrativamente por el cumplimiento de las normas legales y administrativas en el ejercicio del servicio público, sin perjuicio de las sanciones de carácter disciplinario por las faltas que cometan. Que, la Contraloría General de la República mediante Informe N° 003-2008-CG/GDPC. De fecha 31 de Marzo 2008; ha determinado defi ciencias en el manejo administrativo durante el periodo Enero 2004- Octubre 2006, en la Unidad de Tesorería, administración y abastecimiento de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, Provincia y Departamento de Lima. Que, la citada Comisión Especial ha efectuado la califi cación de las faltas disciplinarias, así como ha individualizado con precisión a los presuntos autores, atendiendo y analizando con suma cautela el Informe de Verifi cación de Denuncias N°003-2008-CG/GDPC. Del 31 de Marzo 2008 evacuado por la Gerencia Central de Denuncias y Participación Ciudadana de la Contraloría General de la República. Que, tipifi cadas las faltas disciplinarias perpetradas durante la administración en el periodo Enero 2004- Octubre 2006 en las aéreas de Tesorería, Administración y Abastecimiento, se encuentran incursos en responsabilidad funcional los señores: LUIS GARCIA VILLACORTA, JORGE ROEL LARA CASANOVA, ESTHER INOCENTE BRINGAS CAMPOS. Por las irregularidades cometidas en torno a la contratación por servicios personalísimos de la Empresa WATER FALL SAC., para prestar el servicio de asesoría en fi scalización en materia tributaria y no tributaria; así como la contratación de las empresas: CONSORCIO NACIONAL A+1 SRL y ORGANIZACIÓN Y METODOS EN GESTION ADMINISTRATIVA- OMEGA SAC.; habiéndose en consecuencia trasgredido los incisos a), d), f) y h) del Artículos 28 Decreto Legislativo N°276 y los Artículos 127° y 129° del Decreto Supremo N° 005- 90-PCM. Y estando a las recomendaciones impartidas por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa. Estando a lo expuesto en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Municipalidades-Ley Nº 27972, Ley del Procedimiento Administrativo General- Ley N° 27444, Decreto legislativo N° 276 y Decreto Supremo N° 005-90- PCM. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APERTURAR, proceso administrativo disciplinario a los ex funcionarios públicos, señores LUIS GARCIA VILLACORTA, JORGE ROEL LARA CASANOVA y ESTHER INOCENTE BRINGAS CAMPOS, por estar incursos en las infracciones previstas en los incisos a), d), f) y h) del Artículo 28 del Decreto Legislativo N° 276 y con prohibiciones contempladas en los Artículos 127° y 129° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM. En agravio de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa. Artículo Segundo.- NOTIFICAR, esta Resolución de Alcaldía a los encausados para en el término de Ley, presenten sus descargos, adjuntando las pruebas que estimen conveniente a su defensa. Artículo Tercero.- REMITIR, todos los actuados a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de esta Municipalidad, para los trámites y diligencias a efectuarse, acorde los considerando precedentes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. PABLO CHEGNI MELGAREJO Alcalde 342902-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Prorrogan plazo de vencimiento de beneficios extraordinarios por ”Pronto Pago” aprobado mediante la Ordenanza N° 264-MDSMP DECRETO DE ALCALDIA Nº 010-2009/MDSMP San Martín de Porres, 30 de Abril del 2009 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES VISTO: El Informe Nº 145-2009-GAT/MDSMP de la Gerencia de Administración Tributaria de la Entidad; y