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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de mayo de 2009 395301 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 276-MDB ORDENANZA Nº 311-MDB Barranco, 28 de abril del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO Por cuanto: El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y su modifi catoria Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante la Ordenanza Nº 276-MDB, de fecha 19 de febrero del 2007, y publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 4 de marzo del 2007, se dispuso la suspensión, hasta el 31 de agosto del 2007, de los procedimientos administrativos tendientes a obtener el otorgamiento de Certifi cados de Compatibilidad de Uso y de Licencia de Apertura y Funcionamiento Defi nitivas, Provisionales y Especiales de establecimientos comerciales en toda la jurisdicción del distrito de Barranco, cuyo giro comercial esté destinado a peñas, cabarets, boites, nigth club, salones de baile, discotecas, video pub, karaoke, piano bar, licorerías y bares; Que, mediante Ordenanza Nº 307-MDB, se dispuso la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 276-MDB hasta el 30 de abril del 2009; Que, se requiere que se continúen con las medidas que permitan revertir la situación del desorden urbano, producido por ruidos molestos, espectáculos que atentan contra la imagen cultural del distrito, consumo de licor por menores de edad, consumo de drogas, entre otros factores; por consiguiente se hace necesario resguardar la integridad moral, psíquica y física de los vecinos y el bienestar de la ciudadanía en general, así como establecer medidas que promuevan el desarrollo integral armónico del distrito; Estando a lo dispuesto por el artículo 9º, numeral 8) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; con el voto mayoritario de sus miembros y con dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 276-MDB Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 276-MDB, hasta el 31 de diciembre del 2009. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Sub Gerencia de Comercialización, Defensa del Consumidor y Promoción Empresarial; y a la Ofi cina de Secretaría General, la publicación de la Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase. FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG Alcalde 342623-1 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Autorizan celebración de I y II Matrimonio Civil Comunitario para el año 2009 y reducción de pago de derecho de trámite ORDENANZA Nº 0179 - MDI Independencia, 17 de abril de 2009 EL CONCEJO MUNICIPAL DE INDEPENDENCIA POR CUANTO: VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal, el Informe Nº 003-2009-RC-GSG/MDI a través del cual el Área de Registro Civil remite el Proyecto de Ordenanza que Aprueba la Realización del I y II Matrimonio Civil Comunitario para el año 2009 y Reducción de Pago de Derecho de Trámite, en el distrito de Independencia. CONSIDERANDO Que, de conformidad con el Artículo 195º de la Constitución Política del Perú y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los Gobiernos Locales a través de las Ordenanzas crean, modifi can suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley. Que, los derechos de pago de trámite de Matrimonio Civil se encuentran establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Independencia, aprobado mediante Ordenanza Nº 117-MDI de fecha 22 de marzo del 2006. Que, dentro de los Derechos Sociales y Económicos que regula el Capítulo II del Título I de la Constitución Política del Perú, en su Artículo 4º se establece que la Comunidad y el Estado protegen a la familia y promueven el matrimonio, reconociéndolo como institutos naturales y fundamentales de la sociedad. Que, es competencia de los Gobiernos Locales, administrar, organizar y ejecutar los programas locales que coadyuven al desarrollo y bienestar de la población de acuerdo a lo regulado en el artículo 73º numeral 6.2 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972. Que, las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo II del Titulo Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972. Que, mediante Informes de vistos el área de Registro Civil, propone la realización del “I Matrimonio Civil Comunitario”, el cual se llevará a cabo el día Sábado 20 de junio de 2009, y el “II Matrimonio Comunitario 2009”, el cual se llevará a cabo el día Sábado 21 de noviembre del 2009. Que, la Unidad de Asesoría Legal mediante Informe Nº 044-2009-UAL/MDI de fecha 12 de febrero de 2009, señala que las Municipalidades tiene la potestad de establecer exoneraciones a las tasas aprobadas mediante sus Textos Únicos de Procedimientos Administrativos, conforme a los normas pertinentes de nuestro ordenamiento jurídico, por tal razón resulta procedente la aprobación del presente proyecto de Ordenanza Municipal. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9º numeral y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 el Concejo Municipal con la modifi cación señalada en la presente Sesión de Concejo, por Unanimidad con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta aprobó la siguiente: ORDENANZA REALIZACIÓN DEL I Y II MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO PARA EL AÑO 2009 Y REDUCCIÓN DE PAGO DE DERECHO DE TRÁMITE POR MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO Artículo Primero.- AUTORIZAR la celebración de “I MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO DEL AÑO 2009” a