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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de mayo de 2009 395297 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Autorizan viaje de Magistrado a Colombia para participar en el Seminario Internacional “Función Consultiva y Calidad de la Legislación, la Experiencia Francesa, Española y de la América” RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 036 -2009-P/TC Lima, 28 de abril de 2009 VISTA La comunicación de fecha 21 de abril último, remitida por doña Cecile Pozzo Di Borgo, Excelentísima Embajadora de Francia en el Perú; CONSIDERANDO Que mediante la comunicación de vista se invita al Magistrado del Tribunal Constitucional del Perú, Doctor Gerardo Eto Cruz, a participar en el Seminario Internacional denominado “Función Consultiva y Calidad de la Legislación, la Experiencia Francesa, Española y de la América”, que se llevará a cabo en la ciudad de Bogotá, Colombia, del 5 al 7 de mayo del año en curso; Que en el certamen antes referido se abordarán temas de sumo interés y relevancia, entre ellos, La Importancia de la Calidad de la Legislación en el Estado de Derecho; La Ley en el Estado Social y Democrático de Derecho; La Forma como Garantía de la Calidad de la Ley, etc, que contribuirán positivamente en el fortalecimiento de la función jurisdiccional de este órgano de justicia constitucional, en la medida que la reunión constituye un espacio propicio para el intercambio de experiencias jurisprudenciales y doctrinarias con los diferentes representantes de los organismos invitados; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 28301, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en la Ley Nº 27619 y en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Magistrado del Tribunal Constitucional, Doctor Gerardo Eto Cruz, a la ciudad de Bogotá, Colombia, del 4 al 8 de mayo de 2009, para participar en el Seminario Internacional denominado “Función Consultiva y Calidad de la Legislación, la Experiencia Francesa, Española y de la América”. Artículo Segundo.- El cumplimiento de lo dispuesto en esta resolución irrogará egreso del presupuesto del Pliego del Tribunal Constitucional sólo en lo concerniente a viáticos por concepto de alimentación, a razón de US$ 24.00 por día, por cuatro (04) días, más un (1) día por gastos de instalación y traslado, haciendo un total de US$ 296.00; así como también, lo correspondiente a la tarifa portuaria, por la suma de US$ 30.25. Artículo Tercero.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros, cualquiera fuera su denominación. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince días calendario siguientes de realizado el referido viaje, el Magistrado informará sobre los resultados obtenidos con motivo de su participación en el citado evento internacional. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN VERGARA GOTELLI Presidente 343334-1 UNIVERSIDADES Modifican el Reglamento de Organización y Funciones del INICTEL - UNI UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1619 Lima, 28 de noviembre de 2008 Visto el Ofi cio Nº 722-2008-INICTEL-UNI-DE de fecha 13 de Octubre del 2008, del Director Ejecutivo del INICTEL- UNI, referido a modifi cación del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del INICTEL-UNI; CONSIDERANDO: Que por Resolución Rectoral Nº 746 del 26 de junio del 2007 se aprobaron los documentos de gestión del Instituto Nacional de Investigación y Capacitación de Telecomunicaciones de la Universidad Nacional de Ingeniería, Unidad Ejecutora 002 INICTEL-UNI, entre ellos su Reglamento de Organización y Funciones – ROF; Que, mediante el Ofi cio Nº 722-2008-INICTEL-UNI-DE de fecha 13 de Octubre del 2008, el Director Ejecutivo del INICTEL-UNI remite el Informe Nº 069-2008-INICTEL-UNI- OCI de fecha 01 de Octubre del 2008, elaborado por el Jefe del Órgano de Control Institucional del INICTEL-UNI, por el cual sugiere se dispongan las gestiones pertinentes para la adecuación normativa en la conformación del Consejo Directivo del INICTEL-UNI, acorde con los principios de autonomía universitaria; Que mediante el Ofi cio Nº 1224-08-OCAL-UNI del 07 de Noviembre del 2008, la Ofi cina Central de Asesoría Legal, opina que resulta necesaria la modifi cación del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del INICTEL-UNI, por parte del Consejo Universitario; Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en su Sesión Extraordinaria Nº 29 de fecha 26 de Noviembre del 2008, luego del debate llevado a cabo por sus miembros, en cuanto a la designación de los miembros del Consejo Directivo del INICTEL-UNI; SE RESUELVE: Modifi car los artículos 9º y 10º del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Instituto Nacional de Investigación y Capacitación de Telecomunicaciones de la Universidad Nacional de Ingeniería, Unidad Ejecutora 002 INICTEL-UNI, cuyos textos quedarán como sigue: Artículo 9º.- El Consejo Directivo estará conformado de la siguiente manera: a) El Rector, quien lo preside. b) El Decano de la FIEE, como miembro nato. c) Dos Decanos. d) Un Profesor Principal. Artículo 10º.- Los miembros del Consejo Directivo serán designados por el Consejo Universitario, a propuesta del Rector. La duración del mandato de los dos Decanos y del Profesor Principal será por un año, pudiendo ser reelegidos. Regístrese, comuníquese y archívese. AURELIO PADILLA RIOS Rector 342342-1 Autorizan viaje de Rector de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco a Bélgica en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCIÓN Nº CU-117-2009-UNSAAC/ Cusco, 20 de abril de 2009 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO VISTA, la comunicación Nro. CUI-TG-155 cursada por el Prof. Jean Francois Denef, presidente de la Comisión Universitaria para el Desarrollo de Bélgica, invitando al Señor Rector de la UNSAAC a participar en Ceremonia de suscripción de Convenios CUI 2009-2012 y Coloquio sobre Gestión Universitaria del 5 al 08 de mayo del 2009; y;