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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 5 de mayo de 2009 395462 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Prorrogan plazo para pago de cuotas de los Arbitrios Municipales de enero a abril del año 2009 y la vigencia de la Ordenanza Nº 287-MJM sobre beneficios tributarios y administrativos DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2009-MDJM Jesús María, 30 de abril del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARIA; VISTO, el Memorando Nº 435-2009-MDJM-GR, de fecha 30 de abril del 2009, remitido por la Gerencia de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza 282-MDJM, se aprobó el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales del ejercicio gravable 2009; Que, la Quinta Disposición Final y Complementaria de la Ordenanza Nº 282-MDJM, facultó al Alcalde para dictar la prórroga del vencimiento de las tasas y de los benefi cios que las mismas regulan; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 004-2009-MDJM y 005-2009-MDJM, se prorrogó el plazo para el vencimiento de los arbitrios municipales correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo hasta el 30 de abril del presente año. Que, mediante Ordenanza Nº 287-MDJM, publicada el día 14 de Noviembre de 2008 en el Diario Ofi cial El Peruano, se establecieron benefi cios para la regularización de deudas tributarias y administrativas provenientes de fi scalización; cuyo término de vigencia caducó el 5 de diciembre del 2008, de conformidad con el plazo establecido en el artículo 6 del referido dispositivo municipal; Que, la Ordenanza citada en su artículo 5 facultó al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la Ordenanza así como para disponer la prórroga correspondiente; tal como prescribe el artículo 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante los Decretos de Alcaldía Nº 022-2008- MDJM, Nº 025-2008-MDJM, Nº 02-2009-MDJM y Nº005- 2009-MDJM, publicado este último el día 1 de abril en el Diario Ofi cial El Peruano, se dispuso la ampliación hasta el 30 de abril del 2009, del plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 287-MDJM; Que, advirtiéndose un considerable número de contribuyentes y administrados que han optado en la referida prórroga por regularizar el estado de sus obligaciones administrativas y tributarias, y siendo que en dicho plazo no lograron gozar de los benefi cios otorgados la totalidad de deudores, producto de un procedimiento de fi scalización; resulta necesario disponer una nueva prórroga del término vigencia de los benefi cios establecidos; Estando a las atribuciones conferidas por el artículo 42 y el numeral 6 del Artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORRÓGASE hasta el 31 de mayo del 2009, el plazo para el pago de los Arbitrios Municipales de los meses de enero, febrero, marzo y abril del 2009, la aplicación del tope en arbitrios, así como el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 287-MJM, que aprueba benefi cios para el pago de deudas resultantes de fi scalización tributaria y por multas administrativas. Artículo Segundo.- ENCÁRGASE a la Sub Gerencia de Control y Fiscalización, la Sub Gerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva y a la Sub Gerencia de Informática el cumplimiento del presente Decreto en lo que fuere de su competencia. Artículo Tercero.- El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Portal Municipal: www. munijesusmaria.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 343797-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Disponen el embanderamiento general del distrito con ocasión del aniversario de su creación política DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2009-MDSM San Miguel, 27 de abril de 2009 CONSIDERANDO: Que, con fecha 10 de mayo de 1920 el Presidente de la República Augusto B. Leguía promulgó la Ley Nº 4101, mediante la cual se creó el Distrito de San Miguel; Que, este año se celebra el octogésimo noveno aniversario del distrito, correspondiendo evocar la historia del mismo y compartir con la población un encuentro cívico que eleve el espíritu para reafi rmar el compromiso de desarrollo y progreso vecinal; Que, en este sentido, resulta importante y necesario que la ciudadanía sanmiguelina manifi este su respeto por tan magna efeméride, a través del embanderamiento de la ciudad; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento general del Distrito de San Miguel, desde el día 01 hasta el 31 de mayo del año 2009, con ocasión de conmemorarse el 89º Aniversario de Creación Política. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría de Imagen Institucional y la Gerencia de Policía Municipal y Control de la Ciudad el cumplimiento del presente decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 343794-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del “Acuerdo entre la República del Perú y el Estado de Israel sobre la Supresión de los Requisitos de Visa para sus Nacionales” Entrada en vigencia del “Acuerdo entre la República del Perú y el Estado de Israel sobre la Supresión de los Requisitos de Visa para sus Nacionales”, suscrito en la ciudad de Lima, República del Perú, el 15 de setiembre de 2008 y ratifi cado por Decreto Supremo Nº 022-2009-RE de 11 de marzo de 2009, publicado el 12 de marzo de 2009. Entrará en vigencia el 4 de julio de 2009. 343494-1 Entrada en vigencia del “Acuerdo sobre Documentos de Viaje de los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados” Entrada en vigencia del “Acuerdo sobre Documentos de Viaje de los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados”, suscrito en la ciudad de Tucumán, República de Argentina, el 30 de junio de 2008 y ratifi cado por Decreto Supremo Nº 030-2008-RE de 16 de setiembre de 2008, publicado el 17 de setiembre de 2008. Entró en vigencia el 16 de setiembre de 2008. 343493-1