Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2009 (05/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 5 de mayo de 2009 395449 Direcciones de Instituciones Educativas, bajo responsabilidad den estricto cumplimiento a las normas aprobadas en la presente resolución, a fi n de garantizar el éxito del Concurso Nacional establecido en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. IDEL VEXLER T. Viceministro de Gestión Pedagógica 343969-1 RELACIONES EXTERIORES Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Portugal RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 155-2009-RE Lima, 4 de mayo de 2009 De conformidad con el inciso 12 del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Estando a lo dispuesto en los artículos 26º y 27º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y los artículos 62º, 63º numeral b) y 64º numeral a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Portugal al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Felipe Santiago Beraún Ugás. Artículo 2º.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3º.- La fecha en que el Embajador Felipe Santiago Beraún Ugás asuma sus funciones será fi jada mediante resolución ministerial. Artículo 4º.- Aplicar el egreso que origine la presente resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 343997-7 Autorizan al Ministerio de Economía y Finanzas a efectuar pago de cuotas del año 2009 a la Asociación Iberoamericana de Tribunales de Justicia Fiscal o Administrativa A. C. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 156-2009-RE Lima, 4 de mayo de 2009 VISTO: El ofi cio Nº 188-2009-EF/10, de fecha 09 de marzo de 2009, del Ministerio de Economía y Finanzas por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de las cuotas semestrales correspondiente al año 2009, a la Asociación Iberoamericana de Tribunales de Justicia Fiscal o Administrativa A. C.; CONSIDERANDO: Que el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, de acuerdo al Acta de la VII Asamblea General Ordinaria de la Asociación Iberoamericana de Tribunales de Justicia Fiscal o Administrativa A. C., las cuotas son en dos pagos semestrales a razón de US$ 1,000.00 cada semestre; Que, en consecuencia, es necesario autorizar los dos pagos semestrales, con cargo al presupuesto del Tribunal Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Economía y Finanzas a efectuar el pago de US$ 2,000.00 (dos mil y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) a la Asociación Iberoamericana de Tribunales de Justicia Fiscal o Administrativa A. C., correspondiente a las dos cuotas semestrales del año 2009. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Tribunal Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas; Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 343997-8 Autorizan a la Autoridad Portuaria Nacional a efectuar pago de cuota del año 2009 a la Comisión Interamericana de Puertos de la OEA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 157-2009-RE Lima, 4 de mayo de 2009 VISTO: El Ofi cio Nº 153-2009-APN/PD de fecha 7 de abril de 2009, de la Autoridad Portuaria Nacional (APN) por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota correspondiente al año 2009, a la Comisión Interamericana de Puertos de la Organización de Estados Americanos (CIP-OEA); CONSIDERANDO: Que el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota del año 2009 al mencionado organismo internacional, con cargo al presupuesto de la Autoridad Portuaria Nacional (APN); Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Autoridad Portuaria Nacional a efectuar el pago de US$ 6,025.00 (SEIS MIL VEINTICINCO Y 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) a la Comisión Interamericana de Puertos de la Organización de Estados Americanos (CIP- OEA), correspondiente al pago de la cuota del año 2009.