Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2009 (05/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, martes 5 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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Millones Seiscientos Catorce Mil Ochocientos Uno y 00/100 dolares de los Estados Unidos de America) a ser ejecutado en un plazo total de un (01) ano, once (11) meses y siete (07) dias, contado desde el 15 de diciembre del 2008. Articulo 3º.- Objetivo principal del Contrato de Inversion Para efecto del Decreto Legislativo Nº 973, el objetivo principal del Contrato de Inversion es el previsto en la MORDAZA Clausula del mismo y el inicio de las operaciones productivas estara constituido por la percepcion de cualquier ingreso proveniente de la explotacion del Proyecto, conforme a lo dispuesto en el articulo 5º de dicho Decreto Legislativo. Articulo 4º.- Regimen de Recuperacion Anticipada del Impuesto General a las Ventas 4.1 El Regimen de Recuperacion Anticipada del Impuesto General a las Ventas a que se refiere el Articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 973 y normas reglamentarias, aplicables al Contrato de Inversion, comprende el impuesto que grave la importacion y/o adquisicion local de bienes intermedios nuevos y bienes de capital nuevos, asi como los servicios y contratos de construccion que se senalan en los Anexos I y II de la presente Resolucion; y siempre que se utilicen directamente en actividades necesarias para la ejecucion del Proyecto a que se refiere el Contrato de Inversion. Para determinar el beneficio MORDAZA indicado se consideraran las adquisiciones de bienes, servicios y contratos de construccion que se efectuen a partir del 15 de diciembre del 2008 y hasta la percepcion de los ingresos por las operaciones productivas a que se refiere el articulo anterior. 4.2 De conformidad con lo dispuesto en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, los Anexos I y II a que se refiere el numeral anterior seran publicados en el MORDAZA Electronico del Ministerio de Economia y Finanzas. 4.3 La Lista de bienes de capital nuevos, bienes intermedios nuevos, segun subpartidas nacionales, servicios y contratos de construccion se incluira como un anexo al Contrato de Inversion y podra ser modificada a solicitud de ABENGOA TRANSMISION NORTE S.A., de conformidad con el Numeral 6.1 del Articulo 6º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF. Articulo 5º.- Refrendo La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2008-ED, precisa: "(...) Los profesores que, al momento de aprobarse el presente reglamento, estan en servicio activo en la educacion publica y no cuentan con titulo pedagogico, podran postular a la MORDAZA publica magisterial solo si obtienen este titulo pedagogico. Al computar los anos de servicio oficial como profesor para efectos de la MORDAZA, se les contaran los anos de servicio realizados en funcion docente en virtud del nombramiento interino que tenian. No se cuentan los que hayan sido desempenados en el cargo de auxiliar de educacion o de administracion."; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 00792009-ED, se resolvio aprobar el "PROGRAMA DE INCORPORACION A LAS AREAS DE GESTION PEDAGOGICA E INSTITUCIONAL DE LA MORDAZA PUBLICA MAGISTERIAL PARA PROFESORES CON TITULO PEDAGOGICO NOMBRADOS SEGUN EL REGIMEN DE LA LEY N° 24029, LEY DEL PROFESORADO MODIFICADA POR LA LEY N° 25212"; Que, en el numeral 6.3 del parrafo VI. DISPOSICIONES ESPECIFICAS del programa MORDAZA referido, se establece como uno de los requisitos para postular a la Incorporacion a los niveles magisteriales de la MORDAZA Publica Magisterial, "Inscripcion en el Colegio de Profesores del Peru". Asimismo, la MORDAZA Disposicion Transitoria, Complementaria y Final establece lo siguiente: "Excepcionalmente para el MORDAZA de Incorporacion para el ano 2009, la acreditacion de encontrarse colegiado se realiza mediante declaracion jurada, la que se encuentra sujeta a las verificaciones de ley"; Que, segun la informacion proporcionada por la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en fecha reciente han culminado los procesos judiciales que cuestionaban la legitimidad de su Junta Directiva Nacional del Colegio de Profesores del Peru, por lo que a la fecha se encontraria en MORDAZA de actualizacion los padrones de miembros habiles asi como en MORDAZA la inscripcion de los nuevos miembros al referido colegio profesional; Que, ante la peticion de un significativo numero de profesores de todo el MORDAZA, para que de manera excepcional en el presento MORDAZA de incorporacion no se exija el requisito de la colegiacion debido a la situacion referida en el considerando precedente, que les impide participar en el referido MORDAZA, no obstante contar con los demas requisitos, resulta necesario admitir dicha solicitud, a fin de no recortar su legitimo derecho a participar en dicho proceso; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliese los alcances del Programa de Incorporacion a las Areas de Gestion Pedagogica e Institucional de la MORDAZA Publica Magisterial, Ley Nº 29062, para profesores nombrados segun el regimen de la Ley Nº 24029, modificada por la Ley Nº 25212, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 079-2009-ED, a los profesores con nombramiento interino y que a la fecha cuentan con titulo pedagogico. Para acreditar los anos de servicios establecidos como requisitos para los diferentes niveles magisteriales, se consideraran los anos de servicio en funcion docente en virtud de su nombramiento interino. Articulo 2º.- Exceptuar por unica vez, a los profesores postulantes en el MORDAZA de Incorporacion a la MORDAZA Publica Magisterial, para el ano 2009, del requisito de encontrarse colegiado en el Colegio de Profesores del Peru, al momento de su inscripcion. Sin embargo, este requisito sera exigible para todos los profesores al momento de su incorporacion a la MORDAZA Publica Magisterial. Articulo 3º.- Dejense sin efecto las normas y disposiciones que se opongan a la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion

343997-3

EDUCACION
Amplian alcances del Programa de Incorporacion a las Areas de Gestion Pedagogica e Institucional de la MORDAZA Publica Magisterial
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0114-2009-ED
MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, la Primera Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 29062, Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la MORDAZA Publica Magisterial, establece: "A partir de la vigencia de la presente Ley, los profesores que ingresen o reingresen a prestar servicios al sistema educativo publico se rigen por las disposiciones de esta Ley"; Que, el MORDAZA y tercer parrafo de la MORDAZA Disposicion Complementaria y Final del Reglamento de la Ley Nº 29062,

343934-1

Establecen V Concurso Nacional de Argumentacion y Debate: "Si se puede contra la Crisis", en el ano lectivo 2009
RESOLUCION VICEMINISTERIAL N° 010-2009-ED
MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2009

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