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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 5 de mayo de 2009 395455 Artículo 5°.- REMITIR, copia al Órgano de Control Institucional para el inicio de las medidas conducentes al deslinde de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores públicos involucrados. Artículo 6°.- DISTRIBUIR, copia de la presente Resolución a la Ofi cina Regional Lima e instancias pertinentes para los fi nes de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ALEJANDRO LEÓN BALLÉN Presidente Consejo Nacional Penitenciario 343927-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Disponen inscripción del fondo mutuo estructurado “BBVA Garantizado Renta Fija 2 FMIV” en el Registro Público del Mercado de Valores, solicitado por Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE PATRIMONIOS AUTÓNOMOS N° 008-2009-EF/94.06.2 Lima, 30 de abril de 2009 VISTOS: El expediente N° 2009012598, iniciado por Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos, así como el Informe N° 263-2009-EF/94.06.2 del 29 de abril de 2009; CONSIDERANDO: Que, por Resolución CONASEV N° 618-97-EF/94.10 del 23 de setiembre de 1997, se autorizó el funcionamiento de Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos para administrar únicamente fondos mutuos de inversión en valores y, posteriormente, mediante Resolución CONASEV N° 090- 2007-EF/94.01.1 del 18 de diciembre de 2007, se autorizó el funcionamiento de Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos, para administrar fondos de inversión; Que, mediante escrito presentado el 16 de abril de 2009, complementado el 23 de abril de 2009, Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos solicitó a CONASEV la inscripción del fondo mutuo estructurado denominado “BBVA Garantizado Renta Fija 2 FMIV” en el Registro Público de Mercado de Valores; Que, de la evaluación a la documentación presentada, se ha determinado que Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos ha cumplido con lo establecido en los artículos 24 y el Título IX del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución CONASEV Nº 026-2000-EF/94.10 y sus normas modifi catorias, así como con lo señalado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo N° 056-2002-EF; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 11, literal l) del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, los artículos 241 y siguientes del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 093-2002- EF; el Texto Único de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo N° 056-2002- EF, el artículo 32, literal c) del Reglamento de Organización y Funciones de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2007-EF; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la inscripción del fondo mutuo estructurado denominado “BBVA Garantizado Renta Fija 2 FMIV” en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2°.- La publicidad que realice Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos para promocionar el fondo mutuo a que se refi ere el artículo 1º de la presente resolución, no debe inducir a error o confusión y deberá sujetarse a las condiciones previstas en el Anexo B del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras. Artículo 3°.- Lo señalado en los artículos precedentes no implica que CONASEV recomiende la suscripción de cuotas del fondo mutuo a que se refi ere el artículo 1º de la presente resolución u opine favorablemente sobre la rentabilidad o calidad del mismo. Artículo 4°.- Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos deberá remitir un (01) ejemplar del Reglamento de Participación del fondo mutuo de inversión en valores a que se refi ere el artículo 1º de la presente resolución, así como del modelo de contrato de administración y de las solicitudes de suscripción, transferencia y rescate de cuotas, en el plazo de quince (15) días hábiles siguientes de notifi cada la presente resolución. Artículo 5°.- La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Artículo 6°.- Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos deberá publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 7°.- Transcribir la presente resolución a Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos y al Banco Continental en su calidad de custodio. Regístrese, comuníquese y publíquese. RODNY RIVERA VIA Director de Patrimonios Autónomos (e) Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores 343696-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Índices Unificados de Precios de la Construcción para las seis Áreas Geográficas, correspondientes al mes de abril de 2009 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 127-2009-INEI Lima, 4 de mayo del 2009 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley Nº 25862, de 18.11.92, se declara en desactivación y disolución al Consejo de Reajuste de Precios de la Construcción (CREPCO); Que, asimismo la Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) las funciones de elaboración de los Índices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se considera necesaria la publicación de aquellos Índices que a la fecha cuentan con la información requerida; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos ha elaborado el Informe Nº 01-04-2009/DTIE, referido a los Índices Unifi cados de Precios de la Construcción, para las seis (6) Áreas Geográfi cas, correspondientes al mes de abril del 2009, el mismo que cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica para la aprobación de los Índices Unifi cados de Precios de la Construcción (IUPC); En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6º del Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar los Índices Unifi cados de Precios de la Construcción para las seis (6) Áreas Geográfi cas, correspondientes al mes de abril del 2009,