Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2009 (06/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

395469

ECONOMIA Y FINANZ S
Otorgan mediante contrato, las seguridades y garantias del Estado de la Republica del Peru en respaldo de las declaraciones, seguridades y obligaciones del Concedente, contenidas en el Contrato de Concesion para el Diseno, Financiamiento, Construccion, Operacion y Mantenimiento del Proyecto Planta de Tratamiento de Aguas Residuales MORDAZA ­ PTAR MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 099-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 0242006-EF publicada con fecha 23 de MORDAZA de 2006, se ratifico el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de PROINVERSION, en virtud del cual se acordo incorporar al MORDAZA de promocion de inversion privada, la entrega en concesion del proyecto Planta de Tratamiento de Aguas Residuales MORDAZA ­ PTAR MORDAZA, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Texto Unico Ordenado de las Normas con rango de ley que regulan la entrega en Concesion al sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM sus normas reglamentarias y complementarias;

Que, con fecha 31 de octubre de 2006, el Consorcio Concesion MORDAZA, presento la Iniciativa Privada: "Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Taboada", habiendo sido publicada la Declaracion de Interes de dicha iniciativa, con fecha 20 y 21 de diciembre de 2007; Que, al haberse presentado terceros interesados en la ejecucion del proyecto a que se refiere el considerando precedente, mediante Resolucion Suprema Nº 0402008-EF publicada el 29 de marzo de 2008, se ratifico el acuerdo del Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de Inversion Privada ­ PROINVERSION, mediante el cual se aprobo el Plan de Promocion del proyecto, que comprende el diseno, financiamiento, construccion, operacion y mantenimiento de obras de infraestructura de tratamiento de aguas residuales recolectadas por el Interceptor Norte, Colector Comas ­ Chillon y Linea de Impulsion MORDAZA Colonia, asi como la infraestructura necesaria para la disposicion final del efluente; Que, con fecha 02 de MORDAZA de 2008 se convoco el Concurso de Proyectos Integrales para la entrega en Concesion del Diseno, Financiamiento, Construccion, Operacion y Mantenimiento del Proyecto Planta de Tratamiento de Aguas Residuales MORDAZA ­ PTAR Taboada; Que, con fecha 26 de febrero de 2009, se adjudico la Buena Pro del Concurso de Proyectos Integrales a que se refiere el considerando precedente a la empresa ACS Servicios, Comunicaciones y Energia S.L. quien, de conformidad con lo previsto en las Bases del Concurso, constituira la empresa denominada Planta de Tratamiento de Aguas Residuales MORDAZA S.A.; Que, el Articulo 2º del Decreto Ley Nº 25570, sustituido por el Articulo 6º de la Ley Nº 26438, en concordancia con el Articulo 4º de la Ley Nº 26885, permite que el Estado otorgue mediante contrato, a las personas juridicas que realicen inversiones bajo el MORDAZA de los Decretos Supremos Nº 059-96-PCM y Decreto Supremo Nº 060-96PCM, las seguridades y garantias que mediante decreto supremo, en cada caso, se consideren necesarias para

Contraloria General de la Republica

COMUNICADO OFICIAL Nº 05-2009-CG
A las Entidades comprendidas en el ambito de aplicacion del Decreto Legislativo N° 1017 ­ Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado Se hace de conocimiento de las entidades comprendidas en el ambito de aplicacion del Decreto Legislativo N° 1017 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, que segun lo senalado en el MORDAZA parrafo del articulo 45° de dicha MORDAZA y conforme a los criterios de incorporacion en el Sistema Electronico de Contrataciones del Estado (SEACE) que senale el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), unicamente las entidades que no se encuentren obligadas a registrar informacion en el SEACE, deberan remitir a la Contraloria General de la Republica, dentro de los quince (15) dias siguientes al cierre de cada trimestre, la relacion de todas las convocatorias realizadas en dicha periodo, adjuntando la documentacion que permita apreciar su resultado. Para la remision de la referida informacion las entidades senaladas en el parrafo precedente aplicaran los procedimientos establecidos en la Directiva N° 005-2001-CG/OATJ "Informacion que las Entidades deben remitir a la Contraloria General de la Republica con relacion a contrataciones y adquisiciones del Estado". A partir de la vigencia del Decreto Legislativo N° 1017, aquellas entidades que registran informacion de sus procesos en el SEACE, ya no deben remitir a la Contraloria General de la Republica la informacion trimestral a que se hace referencia en la Directiva N° 005-2001-CG/OATJ. MORDAZA, 4 MORDAZA de 2009 SECRETARIA GENERAL CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA 343967-1

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