Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2009 (06/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de MORDAZA de 2009

no denota habilitualidad empresarial, no solo porque la Municipalidad es organo de gobierno local con personeria juridica de derecho publico (articulo I del Titulo Preliminar de la Ley 27972 / Ley Organica de Municipalidades), sino porque ademas, la Municipalidad no realiza la actividad de suministro de materiales bajo ninguna forma empresarial; Que, asimismo, dos hechos son sustanciales: ((a)) Si bien es MORDAZA el Consejo aprobo el Acuerdo Regional Nº 022-2009-GRA/CR-AREQUIPA, por el cual, deben identificarse y valorarse como "contrapartida" los agregados que suministren los Gobiernos Locales para las obras en lugar de que MORDAZA materia de venta, esto ultimo, en la medida que se tratan de obras localizadas en beneficio de la circunscripcion local; sin embargo, esta observacion deviene en inaplicable al presente caso, en tanto y en cuanto el Acuerdo Regional de la referencia no puede ser aplicado retroactivamente. ((b)) Por otro lado, a solicitud del Ejecutivo Regional, el Consejo aprobo el Acuerdo Regional Nº 0242009-GRA/CR-AREQUIPA; sin embargo, en la medida de que en la propuesta MORDAZA referida, se encontraron errores en los Informes Tecnico y Legal, y, dado que la Municipalidad del Centro Poblado Menor MORDAZA MORDAZA de la Colina, en el SEACE, se encuentra registrada como parte de la Municipalidad Distrital de Majes; luego entonces, estando al merito del MORDAZA Informe Tecnico y el MORDAZA Informe Legal presentados, corresponde dejar sin efecto, el Acuerdo Regional MORDAZA referido; Que, estando a lo senalado en el Informe Nº 269-2009GRA-ORAJ emitido por la Oficina Regional de Asesoria Juridica; el Informe Nº 491-2009-GRA/OLP emitido por la Oficina de Logistica y Patrimonio; y, el Informe Nº 002-2009-GRA/SGEPI-RO suscrito por el Residente de Obra; entonces, por las consideraciones senaladas, al MORDAZA de lo regulado en la Ley 27867 / Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; en aplicacion de la Ordenanza Regional Nº 055-AREQUIPA, y, con observancia del MORDAZA legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA; SE ACUERDA: Primero.- DEJAR SIN EFECTO, el Acuerdo Regional Nº 024-2009-GRA/CR-AREQUIPA de fecha 26 de febrero de 2009. Segundo.- APROBAR el pedido de exoneracion de MORDAZA selectivo por la causal de "Contratacion entre Entidades", para que la Municipalidad Distrital de Majes suministre materiales de construccion (agregados), con observancia de los elementos estructurales de contratacion detallados en el recuadro y considerandos del presente Acuerdo. Tercero.- DISPONER que la Oficina Regional de Administracion en forma inmediata: ((a)) cumpla con registrar y publicar el presente Acuerdo Regional en el Sistema Electronico de Contrataciones del Estado ­ SEACE; y tambien, ((b)) cumpla con sufragar los gastos que demande la publicacion del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano. Cuarto.- DISPONER que la Gerencia General Regional verifique se cumpla con remitir MORDAZA del presente Acuerdo Regional y los Informes Sustentatorios a la Contraloria General de la Republica, dentro de los (10) dias habiles siguientes a la fecha de aprobacion de la exoneracion selectiva, con MORDAZA al Organo Regional de Control Institucional. Quinto.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administracion para que a traves de la Oficina de Logistica, y, bajo la supervision de la Gerencia General Regional, realice de manera directa a traves de acciones inmediatas, y, bajo responsabilidad, la Contratacion respectiva, para lo cual, deberan cumplirse con los siguientes condiciones: las especificaciones tecnicas de los materiales, el precio de MORDAZA y la afectacion especifica de la fuente de financiamiento autorizada. Disponiendose en este acto su registro y notificacion. MORDAZA, 2009 MORDAZA 28. JEISTER D. MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional de MORDAZA 343511-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Plan Regional de Desarrollo Ganadero de MORDAZA al 2015
ORDENANZA REGIONAL Nº 017-2008 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria celebrada el dia 1 de diciembre del 2008, ha tratado, debatido y aprobado por mayoria la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru considera que la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente de Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del pais; con ese proposito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad al articulo 13º de la Ley Nº 27867, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional; articulo 15º literal a) de la MORDAZA senalada, es atribucion del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; articulo 37º literal a) indica que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos del Consejo Regional; Que, el articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru, establece que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo; es competente, para promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesqueria, industria, agroindustria, comercio, turismo, energia, mineria, vialidad, comunicaciones, educacion salud y medio ambiente, conforme a Ley; asimismo el articulo 51º incisos a), y j) de la Ley Nº 27867, senala, que es funcion especifica de Gobiernos Regionales en materia agraria, el de formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas de la region en materia agraria en concordancia con las politicas nacionales y los planes sectoriales y las propuestas promocionales de desarrollo rural de parte de las municipalidades rurales; plantear, supervisar y controlar, en coordinacion con el Gobierno Nacional la mejora de los servicios de comercializacion agropecuaria, del desarrollo de cultivos y de crianzas y ganaderia; Que, el articulo 6º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales establece, que el desarrollo regional comprende la aplicacion coherente y eficaz de las politicas e instrumentos de desarrollo economico, social, poblacional, cultural y ambiental, a traves de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento economico armonizado con la dinamica demografica, el desarrollo social equitativo y la conservacion de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades; Que, en febrero del ano 2006 el Gobierno Central aprobo el Plan Nacional de Desarrollo Ganadero 2006-2015, encargando al Ministerio de Agricultura su implementacion; la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, del Gobierno Regional de MORDAZA, con Oficio Nº 559-2008-G.R. PUNO/GRDE, remite al Consejo Regional el Plan Regional de Desarrollo Ganadero de MORDAZA al 2015, para su respectiva aprobacion, cuya vision al 2015 se tiene que la ganaderia punena posesionada con productores

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