Norma Legal Oficial del día 09 de mayo del año 2009 (09/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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necesarios para poder brindar el servicio publico de electricidad y de distribucion de gas natural; es necesario la declaratoria del Estado de Emergencia en los distritos de Echarate y Kimbiri en la provincia de La Convencion en el departamento de Cusco; Sepahua de la provincia de Atalaya en el departamento de Ucayali; Napo en la provincia de Maynas del departamento de Loreto; Andoas, Pastaza, Morona y Manseriche de la provincia del Datem del Maranon del departamento de Loreto; e Imaza de la provincia de Bagua del departamento de Amazonas; debiendose adoptar las medidas constitucionalmente previstas para restablecer el orden interno y procurar la defensa de los derechos de los ciudadanos y los servicios publicos indicados; En uso de las atribuciones que confiere el articulo 137º de la Constitucion Politica del Estado, y la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1°.- Declaracion del Estado de Emergencia Declarese el Estado de Emergencia en los distritos de Echarate y Kimbiri en la provincia de La Convencion en el departamento de Cusco; Sepahua de la provincia de Atalaya en el departamento de Ucayali; Napo en la Provincia de Maynas del departamento de Loreto; Andoas, Pastaza, Morona y Manseriche de la provincia del Datem del Maranon del departamento de Loreto; e, Imaza de la provincia de Bagua del departamento de Amazonas, por el plazo de sesenta (60) dias, para la ejecucion de acciones inmediatas destinadas a la reduccion y eliminacion de los riesgos existentes descritos en la parte considerativa del presente decreto. Articulo 2°.Suspension de derechos constitucionales Durante el Estado de Emergencia a que se refiere el articulo anterior, quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la MORDAZA y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la MORDAZA de reunion y de MORDAZA en el territorio, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) apartado f), del articulo 2º de la Constitucion Politica. Articulo 3º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, la Ministra del Interior, la Ministra de Justicia y el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los ocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA FLORES-ARAOZ ESPARZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra del Interior MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

Visto el Oficio Num. 232-2009/SUNASS-030 del Gerente General (e) de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Asociacion Brasilera de Agencias de Regulacion ha invitado a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS a participar en el "VI Congreso Brasilero de Regulacion", a llevarse a cabo en la MORDAZA de Rio de Janeiro, Republica Federativa de Brasil, del 18 al 20 de MORDAZA de 2009; Que, el objetivo del citado Congreso es establecer un foro de discusion e intercambio de experiencias en el ambito de la regulacion y de segmentos relacionados con la prestacion de servicios publicos en las areas de energia, hidrocarburos, transportes, telecomunicaciones, saneamiento, recursos hidricos y aspectos regulatorios en general. Asimismo, busca ampliar la colaboracion entre organismos reguladores, poderes publicos constituidos, empresas prestadoras de servicios regulados y los usuarios, y mejorar la capacitacion tecnica de los participantes; Que, la participacion del Gerente General y el Gerente de Usuarios de la SUNASS en el mencionado evento es una oportunidad para intercambiar experiencias sobre programas, proyectos y politicas de saneamiento; y, de la misma manera permitira a este organismo regulador tomar conocimiento de las experiencias desarrolladas respecto a las politicas que en el sector saneamiento han sido adoptadas por otros paises; Que, los gastos en los que incurran los funcionarios por concepto de pasajes aereos, viaticos y tarifa unica por uso de aeropuerto para la participacion en la citada reunion seran asumidos por la SUNASS; De conformidad con la Ley Num. 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, Ley Num. 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Num. 047-2002-PCM y el Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo Num. 063-2007-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Girano y MORDAZA MORDAZA Nunez MORDAZA, Gerente General y Gerente de Usuarios de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS, respectivamente, a la MORDAZA de Rio de Janeiro, Republica Federativa de Brasil, del 17 al 20 de MORDAZA de 2009, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos de viaje para la participacion en la citada reunion seran cubiertos por la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS, de acuerdo al siguiente detalle: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Girano Pasajes Viaticos Tarifa Unica por Uso de aeropuerto MORDAZA MORDAZA Nunez MORDAZA Viaticos Tarifa Unica por Uso de aeropuerto US $ 1 000,00 US $ 800,00 US $ 30,25 US $ US $ 800,00 30,25

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Autorizan viaje de funcionarios de la SUNASS a Brasil en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 097-2009-PCM
MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2009

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios deberan presentar a su institucion un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros

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