Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2009 (01/11/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

405424

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 1 de noviembre de 2009

Ante la falta de ejecucion de las obras de ampliacion de acuerdo con el Cronograma de Ejecucion de Obras para el MORDAZA grupo, quedara sin efecto la modificacion a que hace referencia el articulo precedente. Articulo 3º.- Quedan subsistentes todos los derechos y obligaciones a que se encuentra sujeta la titular, en particular el cumplimiento de la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento, las Resoluciones Ministeriales Nº 125-2006-MEM/DM, Nº 017-2008-MEM/DM y Resolucion Ministerial Nº 451-2008-MEM/DM, y demas normas legales y tecnicas aplicables. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 415869-1

PRODUCE
Renuevan autorizacion otorgada a Conservas CDF S.A.C. para instalar planta de curado de productos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 801-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 13 de octubre de 2009 Visto el escrito con Registro Nº 71501 de fecha 10 de setiembre del 2009 presentado por la empresa CONSERVAS CDF S.A.C.; CONSIDERANDO: Que, el numeral 4, inciso b) del Articulo 43, los Articulos 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que para la instalacion de establecimientos industriales pesqueros se requiere de autorizacion, la que constituye un derecho especifico que el Ministerio de Pesqueria, actual Ministerio de la Produccion, otorga a plazo determinado y a nivel nacional; Que, el Articulo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de la capacidad de operacion del establecimiento industrial y de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento; Que, el numeral 52.1 del Articulo 52º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que la autorizacion de instalacion senalada en el Articulo 49º, se otorga con vigencia no mayor de Un (01) ano, y que dicha autorizacion de instalacion podra renovarse por una sola vez y por igual periodo, siempre que se acredite haber realizado una inversion sustantiva superior al cincuenta por ciento (50 %) del proyecto de instalacion; Que, a traves de la Resolucion Directoral Nº 5842008-PRODUCE/DGEPP de fecha 29 de setiembre del 2008, notificada el 01 de octubre del mismo ano, se otorga a la empresa CONSERVAS CDF S.A.C autorizacion para instalar una Planta de Curado para productos hidrobiologicos con una capacidad proyectada de 50 t/ mes en el establecimiento industrial ubicado en el sector de Mogote Grande inscrito en los Registros Publicos de MORDAZA con Titulo Nº 2006-000029551 que tiene como frente

MORDAZA en proyecto del Distrito de San MORDAZA, Provincia de MORDAZA, Departamento de Ica; Que, mediante escrito del visto la empresa CONSERVAS CDF S.A.C solicita renovacion del plazo de instalacion establecido en la Resolucion Directoral Nº 584-2008-PRODUCE/DGEPP, a fin de culminar con la instalacion de la planta de curado de productos hidrobiologicos indicado en el considerando anterior; Que, de la inspeccion tecnica efectuada al establecimiento de la empresa CONSERVAS CDF S.A.C se ha podido constatar el 60 % en el avance de instalacion de su Planta de Curado ubicada en el sector de Mogote Grande que tiene como frente MORDAZA en proyecto del Distrito de San MORDAZA, Provincia de MORDAZA, Departamento de Ica, acreditando haber realizado una inversion sustantiva del proyecto autorizado a traves de la Resolucion Directoral Nº 584-2008-PRODUCE/DGEPP; Que, de la evaluacion efectuada a la documentacion que obra en el expediente administrativo, se ha determinado que la recurrente ha acreditado haber realizado una inversion sustantiva superior al cincuenta por ciento (50 %) del proyecto aprobado, y cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 27 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, por lo que resulta procedente otorgar la autorizacion solicitada; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, a traves de los Informes N°s 541 y 552-2009-PRODUCE/DGEPP-Dch del 29 de setiembre y 05 de octubre del 2009, respectivamente, y con la opinion favorable de la instancia legal pertinente; De conformidad con lo dispuesto en el literal b) del numeral 4 del Articulo 43º , los Articulos 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, los Articulos 49º y 52º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 015-2007-- PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º- Renovar por el plazo de Un (01) ano, contados a partir de la fecha de notificacion de la presente resolucion, la autorizacion otorgada a la empresa CONSERVAS CDF S.A.C a traves de la Resolucion Directoral Nº 584-2008-PRODUCE/DGEPP de fecha 29 de setiembre del 2008 para instalar una Planta de Curado de productos hidrobiologicos con una capacidad proyectada de 50 t/mes, en el establecimiento industrial ubicado en el sector de Mogote Grande inscrito en los Registros Publicos de MORDAZA con Titulo Nº 2006-000029551 que tiene como frente MORDAZA en proyecto del Distrito de San MORDAZA, Provincia de MORDAZA, Departamento de Ica. Articulo 2º- La empresa CONSERVAS CDF S.A.C debera concluir con la instalacion de su planta de curado, dentro del plazo otorgado en el Articulo 1º de la presente resolucion. La licencia de operacion correspondiente debera solicitarse dentro del plazo improrrogable de seis (06) meses, contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo de su renovacion. Vencido dicho plazo, la Resolucion Directoral Nº 584-2008-PRODUCE/DGEPP caducara de pleno derecho, al no haberse verificado la instalacion del establecimiento industrial pesquero. Articulo 3º- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria del Ministerio de la Produccion y a la Direccion Regional de la Produccion de Ica; debiendo consignarse en la pagina web del MORDAZA del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 416426-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.