Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2009 (01/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 1 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

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e) Biogas de vertederos. f) Residuos biodegradables industriales. g) Lodos de depuradora de aguas residuales urbanas o industriales. h) Residuos solidos urbanos. i) Residuos ganaderos. j) Residuos agricolas. k) Otros a los cuales sea aplicable el procedimiento de digestion anaerobia. l) Estiercoles mediante combustion. m) Biocombustibles liquidos y subproductos derivados de su MORDAZA productivo. n) Biomasa procedente de instalaciones industriales del sector agricola. Para efectos del presente procedimiento, no se consideraran biomasa o biogas: 1. Combustibles fosiles, incluyendo la turba, y sus productos y subproductos. 2. Residuos de madera: a. Tratados quimicamente durante procesos industriales de produccion. b. Mezclados con productos quimicos de origen inorganico. c. De otro MORDAZA, si su uso termico esta prohibido por la legislacion. 3. Cualquier MORDAZA de biomasa o biogas contaminado con sustancias toxicas o metales pesados. 4. Papel y carton. 5. Textiles. 6. Cadaveres animales o partes de los mismos, cuando la legislacion prevea una gestion de estos residuos diferente a la valorizacion energetica. 7. Otros no senalados en a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), n). 3.2. Co-firing: Para fines de la presenta MORDAZA, la tambien llamada Co-combustion, es la combustion de dos diferentes tipos de materiales al mismo tiempo. 3.3. Energia Adjudicada: Es la energia firme con generacion RER expresada en MWh, garantizada por los Postores y adjudicada como resultado de cada Subasta y que se obligan, de manera individual, a entregar al sistema en el plazo que establezcan las bases. 3.4. Sistemas de Cogeneracion: Para fines de la presente MORDAZA, los sistemas de cogeneracion son sistemas de produccion conjunta de electricidad (o energia mecanica) y de energia termica util (calor) partiendo de un unico combustible. 3.5. Sistema de energia renovables hibridos: Son aquellos sistemas que combinen una o varias MORDAZA de energia renovables en una central de generacion, con sistema de medicion final de la electricidad producida, para cada unidad de generacion. No se considerara bajo la presente definicion, aquellos sistemas de energia que combinen MORDAZA de energia renovables y no renovables en un MORDAZA de combustion (co-firing) en una proporcion mayor a la senalada en el Articulo 7º de la presente norma. 3.6. Subasta: MORDAZA o concurso publico convocado y conducido por OSINERGMIN con la finalidad de asignar la Tarifa de Adjudicacion a cada proyecto de generacion con RER hasta cubrir la energia requerida. Articulo 4º.- BASE LEGAL Para efectos del presente procedimiento se considerara como Leyes Aplicables las normas que se indican a continuacion y aquellas que las complementen, modifiquen o sustituyan, asi como las normas conexas a los dispositivos citados: - Decreto Legislativo Nº 1002: Promocion de la Inversion para la Generacion de Electricidad con el Uso de Energias Renovables, MORDAZA 2008. - Decreto Supremo Nº 050-2008-EM: Reglamento de la Generacion de Electricidad con Energias Renovables, octubre 2008. - Decreto Supremo Nº 027-2008-EM: Reglamento del Comite de Operacion Economica del Sistema, MORDAZA 2008.

- Ley Nº 28749, Ley General de Electrificacion Rural, junio 2006. - Decreto Supremo Nº 025-2007-EM: Reglamento de la Ley General de electrificacion Rural, MORDAZA 2007. - Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica, MORDAZA 2006. - Ley de Concesiones Electricas, Decreto Ley Nº 25844, noviembre 1992. - Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, marzo 1993. - Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, octubre 2002. - Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, Ley N° 27806. - Disposiciones dictadas por OSINERGMIN. - Otras Normas vigentes del Sector Electrico. Articulo 5º.- criterios generales 5.1. Criterios para Hibridar: Los alcances de la MORDAZA respecto a hibridacion de instalaciones son de aplicacion a instalaciones de generacion electrica que cumplan las siguientes condiciones: a) Se consideran como tecnologias de hibridacion a las que utilicen como insumo, para la produccion de electricidad, los recursos senalados en el Articulo 3º del DL 1002. b) Al menos una de las tecnologias de hibridacion debe de haber obtenido Energia Adjudicada a traves de las subastas senaladas en el DL 1002. c) El sistema de generacion hibrido debe permitir la cuantificacion y registro de la energia inyectada al sistema, atribuible a cada tecnologia. d) La remuneracion de la Energia Adjudicada se realiza mediante la tarifa de adjudicacion de la tecnologia correspondiente. Articulo 6º.- criterios especificos 6.1. Memoria Descriptiva de instalaciones 1. La Memoria Descriptiva contendra los procedimientos, bases de calculo y sistemas de medicion y registro de: a. Procesos de recepcion de combustibles incluyendo cantidades generadas o recibidas (teniendo en cuenta los procedimientos de transporte hasta las instalaciones tales como vehiculo, cintas, etc.), humedad y poder calorifico inferior. b. Procesos de introduccion de combustibles a la aplicacion energetica incluyendo cantidades, humedad y poder calorifico inferior. c. Sistemas de medicion independiente y continuo de la energia contenida en los combustibles adicionales aportados a la instalacion. d. Diagrama de Sankey de flujos de la energia termica util a traves de la instalacion. e. Produccion de electricidad por cada MORDAZA de tecnologia empleado. 2. Para los combustibles que se hubieran incluido a una instalacion con Energia Adjudicada a traves de Subasta, en la Memoria Descriptiva se indicaran los poderes calorificos inferiores y su variacion con la humedad. 6.2. Equipos de medida Los equipos de medida senalados en la Memoria Descriptiva indicaran MORDAZA de los equipos, nombre del instalador, caracteristicas nominales, numero de serie del equipo, magnitud fisica medida y rango de la medida. Estos datos deberan figurar en una placa de senalizacion en el propio equipo de manera indeleble y facilmente visible. Adicionalmente, en la memoria se incluiran las caracteristicas y especificaciones tecnicas de los equipos.

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