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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (01/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 1 de noviembre de 2009 405425 Aprueban cambio de titular de permiso de pesca de embarcación a favor de Epesca Pisco S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 802-2009-PRODUCE/DGEPP Lima, 14 de octubre de 2009 Visto el escrito de registro Nº 00068607 de fecha 01 de septiembre del 2009, presentado por la empresa EPESCA PISCO S.A.C. CONSIDERANDO: Que, el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y sus modifi catorias, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 417- 94-PE del 13 de octubre de 1994, se otorgó permiso de pesca a favor de PESQUERA ALONSO S.R.L. para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada VALERIA K de matrícula CE-5088-PM con 180 TM de capacidad de bodega, para dedicarse a la extracción de los recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que, a través de la Resolución Directoral Nº 229- 99-PE/DNE del 1 de octubre de 1999, se aprobó a favor de PESQUERA MISTRAL S.A. el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada VALERIA K de matrícula CE-5088-PM con 192.03 m3 de capacidad de bodega, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; Que, mediante Resolución Directoral Nº 256-2003- PRODUCE/DNEPP del 25 de agosto del 2003, se publicó la relación de embarcaciones pesqueras con sus correspondientes armadores que han cumplido con reducir la capacidad de bodega la nivel autorizado o han regularizado su situación administrativa, consignándose en dicha relación a la embarcación VALERIA K de matrícula CE-5088-PM de propiedad de la empresa PESQUERA MISTRAL S.A., con una capacidad de bodega de 192.97 m3; Que, a través del escrito del visto, la empresa EPESCA PISCO S.A.C, solicita el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera VALERIA K de matrícula CE-5088-PM; Que, de la evaluación efectuada al expediente presentado, específi camente del Certifi cado Compendioso de Dominio, expedido por la Ofi cina Registral de Chimbote – Zona Registral Nº VII, se observa que el Banco Continental es el propietario de la embarcación pesquera VALERIA K de matrícula CE- 5088-PM, sin embargo dicha embarcación pesquera ha sido otorgado en arrendamiento fi nanciero a favor de la empresa EPESCA PISCO S.A.C.; deduciéndose que esta última empresa, acredita dominio y posesión sobre la referida embarcación pesquera; Que, asimismo, se verifi ca que la empresa solicitante ha presentado los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, así como los requisitos sustantivos de la normatividad pesquera vigente; por lo que sería viable aprobar a favor del mismo el cambio de titular de permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, según Informe Nº 1034-2009- PRODUCE/DGEPP-Dchi de fecha 15 de septiembre del 2009 y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad al Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el Texto Único de Procedimientos REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio que hubiere en las diversas secciones del diario. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Sección Segunda aprobada por Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, se presentará en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL