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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (01/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 1 de noviembre de 2009 405437 se otorgó autorización a la empresa CENTRO DE EDUCACION OCUPACIONAL DE GESTION NO ESTATAL “ABC” TECNICA JESUS OBRERO, para que inicie sus actividades como una Escuela de Conductores Profesionales, a fi n de brindar instrucción a los postulantes a obtener una licencia de conducir de la clase A categoría II-a y categoría II-b, en su sede de la Región Puno; Que, con los documentos indicados en vistos la ESCUELA DE CONDUCTORES PROFESIONALES CENTRO DE EDUCACION OCUPACIONAL DE GESTION NO ESTATAL “ABC” TECNICA JESUS OBRERO propone a don Héctor Aníbal Trujillo de Orue como Instructor Teórico – Práctico de Mecánica, acreditando ser Técnico en Mecánica Automotriz, con experiencia en la enseñanza o dictado de cursos vinculados al transporte y tránsito terrestre no menor de 2 años; asimismo, para impartir la capacitación correspondiente a la clase A categoría I, propone al vehículo con placa de rodaje RK-5175, cuyas características obran en autos, con el respectivo Temario señalando las horas lectivas por cada curso y el horario de atención correspondiente; cumpliendo de esta forma con los requisitos requeridos en el literal d) del numeral 43.2 y en el numeral 43.4 del artículo 43º del Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir vehículos automotores y no motorizados de transporte terrestre, en adelante el Reglamento; Que, el artículo 61º del Reglamento, establece que procede la solicitud de modifi cación de autorización de la Escuela de Conductores cuando se produce la variación de alguno de sus contenidos indicados en el artículo 53º del reglamento en mención; en este sentido el Reglamento establece el número mínimo de personal con el que debe contar toda Escuela de Conductores mas no establece limitación para designar, de considerarlo pertinente, a más de un Instructor Teórico-Práctico de Mecánica, siempre que cumpla con los requisitos establecidos para ejercer dicha función. Que, la Octava Disposición Complementaria y Final del Reglamento, dispone que las Escuelas de Conductores autorizadas, además de capacitar a los conductores de las clases A categoría II y III, podrán impartir cursos de capacitación a quienes aspiren obtener la licencia de conducir de la clase A categoría I, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas en el Reglamento bajo comento y cuenten con la autorización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso los certifi cados que éstas emitan tendrán validez para exonerar a dichos postulantes de la evaluación teórica sobre las normas de tránsito; Que, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, mediante Informe Nº 994-2009-MTC/15.03 de fecha 11 de setiembre último, concluye que resulta procedente la solicitud presentada por la ESCUELA DE CONDUCTORES PROFESIONALES CENTRO DE EDUCACION OCUPACIONAL DE GESTION NO ESTATAL “ABC” TECNICA JESUS OBRERO para ampliar su plana docente, autorizándose la inclusión de un Instructor Teórico – Práctico de Mecánica, así como para que imparta los cursos de capacitación a quienes aspiren a obtener una licencia de conducir de la clase A categoría I; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir de Vehículos automotores y no motorizados de transporte terrestre, Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 y la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 29370. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la ESCUELA DE CONDUCTORES PROFESIONALES CENTRO DE EDUCACION OCUPACIONAL DE GESTION NO ESTATAL “ABC” TECNICA JESUS OBRERO la incorporación a la plana docente de don Héctor Aníbal Trujillo de Orue en calidad de Instructor Teórico – Práctico de Mecánica; así como otorgar Autorización para impartir los cursos de capacitación a quienes aspiran a obtener la licencia de conducir de la clase A categoría I, en su local previamente autorizado, en el horario de lunes a viernes de 8:00am. a 10:00pm. sábados y domingos de 08:00am a 06:00pm. debiendo utilizar para ello, el vehículo que a continuación se detalla: Marca Modelo Clase Nº Chasis Nº de Motor Año Fab. Placa Nissan Terrano Cmt. Rural (M1) RR50007129 QD32014144A 1997 RK-5175 Artículo Segundo.- Remitir a la Dirección de Supervisión, Fiscalización y Sanciones, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Cuarto.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo de cargo de la ESCUELA DE CONDUCTORES PROFESIONALES CENTRO DE EDUCACION OCUPACIONAL DE GESTION NO ESTATAL “ABC” TECNICA JESUS OBRERO, los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS CASTAÑEDA NEYRA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 414109-1 ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA Designan Jefe de la Oficina de Administración y Finanzas de PROINVERSION RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 135-2009 Lima, 30 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28660, se determinó la naturaleza jurídica de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSION, como organismo público descentralizado adscrito al Sector Economía y Finanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera, constituyendo un pliego presupuestal; Que, mediante Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM, se aprobó la califi cación de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSION, como Organismo Público Ejecutor, atendiendo a lo dispuesto por el Título IV de la Ley Nº 29158; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal e) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2009-EF, el Director Ejecutivo se encuentra facultado a aprobar la estructura y organización interna de la institución, designar a sus empleados de confi anza y a nombrar a sus funcionarios, autorizar la contratación del personal así como asignar sus funciones y competencias; Que, mediante Resolución de la Dirección Ejecutiva Nº 099-2007, del 28 de noviembre de 2007, se designó a la señora Ruth Marina Vilca Tasayco, en el cargo de Jefe de la Ofi cina de Administración y Finanzas de PROINVERSIÓN; Que, la señora Ruth Marina Vilca Tasayco ha presentado renuncia al cargo de Jefe de la Ofi cina de Administración y Finanzas de PROINVERSIÓN;