Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2009 (06/10/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

404016

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 6 de octubre de 2009

e) Transporte: MORDAZA, modo y empresa de transporte. f) Declaracion de la mercancia: Puerto y fecha de embarque o de termino de embarque, estado de la mercancia, numero de factura, tratos preferenciales y convenios liberatorios, numero del certificado de origen, entidad y funcionario emisores del certificado de origen. g) Descripcion de la mercancia: Subpartida nacional, descripcion, nombre comercial, caracteristicas, MORDAZA, clase, variedad, MORDAZA comercial, modelo, MORDAZA / ano, cantidad, unidad comercial, peso MORDAZA, peso neto y valor FOB unitario expresado en terminos de las unidades de comercializacion (US$ / kg., US$ unidad, US$ / docena, etc.) h) Base Imponible: Valor FOB total US$, flete US$, seguro US$, derechos y tributos, fecha, lugar y modo de cancelacion. i) Otros: Percepciones del IGV, derechos antidumping y compensatorios. Articulo 2º.- Implementacion La SUNAT podra dictar las disposiciones que se requieran para implementar lo establecido en el presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- Derogatoria Dejase sin efecto el Decreto Supremo Nº 034-99-EF. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de octubre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF) US$ por T.M. --------------------------------------------------------------------------------------Fecha Maiz Azucar Arroz Leche entera en polvo --------------------------------------------------------------------------------------Del 16/9/2009 al 30/9/2009 185 616 573 2 288 --------------------------------------------------------------------------------------Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GUIULFO SUAREZ-DURAND Viceministro de Economia

406218-1

Formalizan ampliaciones de la Prevision Presupuestaria Trimestral Mensualizada del tercer trimestre del ano fiscal 2009 para los pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 040-2009-EF/76.01
MORDAZA, 2 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29142 establece en su Cuadragesima MORDAZA Disposicion Final que la aprobacion del Calendario de Compromiso se sujeta a la Prevision Presupuestaria Trimestral Mensualizada que aprueba la Direccion Nacional del Presupuesto Publico; Que, es necesario aprobar la formalizacion de las ampliaciones de la Prevision Presupuestaria Trimestral Mensualizada ­ PPTM del tercer trimestre del ano fiscal 2009, de los Pliegos del Gobierno Nacional y los pliegos del Gobierno Regional, desagregado a nivel de Pliego, Categoria del Gasto y la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; Que, asimismo, es pertinente consolidar los montos de la Prevision Presupuestaria Trimestral Mensualizada ­ PPTM del tercer trimestre del ano fiscal 2009, aprobada mediante la Resolucion Directoral Nº 028-2009-EF/76.01, asi como por la presente Resolucion Directoral; Estando a lo informado por la Direccion de Programacion y Evaluacion de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 4º de la Ley Nº 28411, la Cuadragesima MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 29142, el articulo 4º de la Resolucion Directoral Nº 051-2008-EF/76.01 y el articulo 4º de la Resolucion Directoral Nº 002-2009-EF/76.01; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Formalizar las ampliaciones de la Prevision Presupuestaria Trimestral Mensualizada PPTM del tercer trimestre del ano fiscal 2009 para los pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, ascendente a la suma de UN MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 863 552 288,00), por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, de acuerdo al detalle del Anexo Nº 1 de la presente Resolucion Directoral. Articulo 2º.- Establecer los montos consolidados de la Prevision Presupuestaria Trimestral Mensualizada-PPTM aprobados durante el tercer trimestre del ano fiscal 2009 mediante la Resolucion Directoral Nº 028-2009-EF/76.01, asi como el monto indicado en el articulo precedente, transmitido al Sistema Integrado de Administracion Financiera - SIAF por la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, de acuerdo al detalle del Anexo Nº 2 de la presente Resolucion Directoral. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion Nacional del Presupuesto Publico

406510-3

Precios CIF de referencia para la aplicacion del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el D.S. Nº 115-2001-EF a importaciones de maiz, azucar, arroz y leche entera en polvo
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 020-2009-EF/15.01
MORDAZA, 5 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modificatorias, se establecio el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos senalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo N° 184-2002-EF se modifico el Articulo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolucion Viceministerial del Viceministro de Economia; Que, por Decreto Supremo N° 084-2008-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importacion de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia hasta el 31 de diciembre de 2008; Que, por Decreto Supremo N° 183-2008-EF se dispuso que las Tablas Aduaneras aprobadas por el Decreto Supremo N° 084-2008-EF tengan vigencia hasta el 31 de diciembre de 2009; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo comprendido entre el 16 y el 30 de setiembre de 2009; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001-EF modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo N° 184-2002-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese los precios CIF de referencia para la aplicacion del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modificatorias:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.