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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 6 de octubre de 2009 404019 de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Que, con el Memorándum (PRO) Nº PRO0675/2009, de 24 de septiembre de 2009, la Dirección Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado, informa que el gobierno de Sri Lanka, ha otorgado el beneplácito de estilo para que el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Javier Manuel Paulinich Velarde, se desempeñe como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Socialista Democrática de Sri Lanka, con residencia en la ciudad de Nueva Delhi, República de la India; De conformidad con los artículos 26º y 27º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, y los artículos 62º, 63º literal B) y 64º inciso a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; y Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de la India, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Javier Manuel Paulinich Velarde, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Concurrente ante la República Socialista Democrática de Sri Lanka, con residencia en la ciudad de Nueva Delhi, República de la India. Artículo 2º.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 406510-9 Dan por terminadas funciones de Embajador Concurrente ante la República de Bielorusia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 327-2009-RE Lima, 5 de octubre de 2009 VISTAS: La Resolución Suprema Nº 033-2009-RE, que da por terminada las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Juan Humberto Umeres Alvarez, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la Federación de Rusia; La Resolución Ministerial Nº 0117-2009-RE, que fi jó el 14 de abril de 2009, como la fecha de término de funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la Federación de Rusia; y, La Resolución Ministerial Nº 0553-2009-RE, que fi jó el 30 de junio de 2009, como la nueva fecha de término de funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la Federación de Rusia; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 092- 2005-RE, se nombró al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la Federación de Rusia, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Juan Humberto Umeres Alvarez, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Concurrente ante la República de Bielorusia, con sede en la ciudad de Moscú, Federación de Rusia; Que, en tal sentido, procede dar término al nombramiento como Embajador Concurrente ante la República de Bielorusia, con sede en la ciudad de Moscú, Federación de Rusia, que ejercía el citado funcionario diplomático; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y el artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Juan Humberto Umeres Alvarez, como Embajador Concurrente ante la República de Bielorusia, con sede en la ciudad de Moscú, Federación de Rusia, con efi cacia anticipada al 30 de junio de 2009. Artículo 2º.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3º.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 406510-10 Autorizan a IMARPE a efectuar pago de cuota del año 2008 a organismo internacional RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 328-2009-RE Lima, 5 de octubre de 2009 VISTO: El ofi cio Nº PCD-300-325-2009-PRODUCE/IMP, de fecha 17 de setiembre de 2009, del Instituto del Mar del Perú (IMARPE), por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota del año 2008 al Consejo Internacional para la Exploración del Mar (International Council for the Exploration of the Sea - ICES); CONSIDERANDO: Que, el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota del año 2008 al Consejo Internacional para la Exploración del Mar (International Council for the Exploration of the Sea - ICES); Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Instituto del Mar del Perú (IMARPE), a efectuar el pago de US$ 5,639.12 (Cinco mil seiscientos treinta y nueve y 12/100 dólares de los Estados Unidos de América) al Consejo Internacional para la Exploración del Mar (International Council for the Exploration of the Sea - ICES), correspondiente al pago de la cuota del año 2008. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Instituto del Mar del Perú (IMARPE). Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 406510-11