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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (06/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 6 de octubre de 2009 404020 Autorizan viaje de funcionario diplomático a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1388-2009-RE Lima, 2 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que, los días 08 y 09 de octubre de 2009, se llevarán a cabo en la ciudad de San Pablo, República Federativa de Brasil, la II Reunión de la Comisión de Monitoreo Perú- Brasil y la Reunión entre Ministros de Comercio Exterior del Perú y de Brasil con miras a tratar temas y medidas destinadas al mejoramiento del intercambio comercial entre ambos países, en las que participará el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, Martín Pérez Monteverde; Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) conjuntamente con la Comisión para la Promoción de las Exportaciones y el Turismo (PROMPERÚ) vienen organizando, con el apoyo del Ministerio de Relaciones Exteriores, la Misión Empresarial del Sector Confecciones al Brasil, a realizarse en la ciudad de San Pablo, República Federativa de Brasil, en dichas fechas; Que, el objetivo de la Comisión de Monitoreo es revisar el fl ujo comercial bilateral, los problemas existentes para el acceso al mercado así como las acciones para impulsar su desarrollo, por lo que dicha Comisión como la Reunión Bilateral de Ministros tratarán una serie de temas que luego serán objeto de decisión fi nal, fi rma o anuncios durante la visita del señor Presidente Luiz Inácio Lula Da Silva, al Perú; Teniendo en cuenta el Memorándum de la Ofi cina Ejecutiva de Promoción Económica Nº OPE0425/2009, de 30 de setiembre de 2009; y el Memorándum de la Dirección de Finanzas Nº FIN0245/2009, de 01 de octubre de 2009, que certifi ca la disponibilidad presupuestal en el presente viaje; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90- PCM; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos; su modifi catoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes ofi ciales al exterior de funcionarios y servidores públicos se realicen en clase económica; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM; y el numeral 9.3 del artículo 9º de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Elard Alberto Escala Sánchez-Barreto, Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Promoción Económica del Ministerio de Relaciones Exteriores, a la ciudad de San Pablo, República Federativa de Brasil, del 08 al 09 de octubre de 2009, a fi n que participe en la Misión Empresarial de Confecciones al Brasil y en la II Reunión de la Comisión de Monitoreo Perú-Brasil. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 19509 – Promoción en el Exterior del Comercio, Turismo e Inversiones, debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del la referida comisión de servicios, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Tarifa aeropuerto US$ Elard Alberto Escala Sánchez-Barreto 1,050.00 200.00 2+1 600.00 31.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del referido viaje, el citado funcionario diplomático deberá presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 406149-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban el modelo “Constancia de Acreditación de Micro y Pequeña Empresa ante el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE)” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 295-2009-TR Lima, 5 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el literal b) del numeral 23.1 del artículo 23º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, son funciones generales de los Ministerios aprobar las disposiciones normativas que les corresponden; Que, el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE) tiene como fi nalidades la acreditación de las micro y pequeñas empresas y la autorización de las mismas para el acogimiento a los benefi cios que le correspondan de conformidad con la Ley MYPE y su Reglamento; Que, el numeral 1 del artículo 64º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente – Reglamento de la Ley MYPE, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, establece que el REMYPE, a cargo del MTPE, tiene por fi nalidad acreditar que una unidad económica califi ca como micro o pequeña empresa de acuerdo a las características establecidas en los artículos 4 y 5 de la Ley MYPE; Que, el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 262-2009-TR resuelve asignar a la Sub Dirección de Intermediación y Orientación Laboral de la Dirección de Promoción del Empleo de la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional, la función de administración del Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE); Que, el REMYPE no cuenta con un mecanismo para la expedición de una constancia de acreditación de la condición de micro y pequeña empresas de las unidades económicas que solicitan su inscripción ante dicho registro; Que, la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional, en coordinación con la Dirección de Promoción del Empleo, han elaborado un modelo de constancia que acredite que una unidad económica califi ca como micro o pequeña empresa, a efectos de sistematizar adecuadamente la inscripción de éstas ante el REMYPE; Que, en mérito a lo expuesto en los considerandos precedentes, es necesario emitir el acto administrativo que regule el tema citado; Con las visaciones del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, del Director Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional y de la Directora General (e) de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el numeral 8 del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley del Poder Ejecutivo, el numeral 7.4 del artículo 7º de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y, el literal d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modifi catorias;