Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2009 (06/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 6 de octubre de 2009

el objetivo de recopilar, procesar y difundir informacion relacionada a los antecedentes y la evolucion de los promotores inmobiliarios y/o empresas constructoras de unidades inmobiliarias; Que, de acuerdo con los articulos 3º y 6º de la mencionada Ley Nº 29203, la implementacion de la Central de Informacion de Promotores Inmobiliarios y/o Empresas Constructoras de Unidades Inmobiliarias, estara a cargo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, con opinion del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI; y su reglamentacion estara a cargo del Poder Ejecutivo; Que, para la implementacion de la Central de Informacion creada por la Ley Nº 290203 y su reglamentacion, se requiere contar con la participacion de entidades adscritas a otros Sectores, que se encuentran vinculadas con las acciones que realizan los promotores inmobiliarios y/o empresas constructoras de unidades inmobiliarias; Que, en el MORDAZA de lo senalado resulta necesario conformar un Grupo de Trabajo Multisectorial que se encargue de elaborar la propuesta del Reglamento de la Ley Nº 29203; De conformidad con el articulo 35º de la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, concordado con el articulo 5º del Decreto Ley Nº 21292 y el articulo 4º de la Ley Nº 27594, la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constitucion y Objeto del Grupo de Trabajo Multisectorial Constituyase un Grupo de Trabajo Multisectorial dependiente del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, que se encargara de elaborar la propuesta de Reglamento de la Ley Nº 29203, Ley que crea la Central de Informacion de Promotores Inmobiliarios y/o Empresas Constructoras de Unidades Inmobiliarias. Articulo 2º.- Conformacion del Grupo de Trabajo Multisectorial El Grupo de Trabajo Multisectorial que se constituye mediante el articulo precedente estara integrado por: - Un (01) representante del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, quien lo presidira. - Un (01) representante del Viceministerio de Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, quien actuara como Secretario. - Un (01) representante de la Oficina General de Estadistica e Informatica del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. - Un (01) representante del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI. - Un (01) representante de la Camara Peruana de Construccion ­ CAPECO. - Un (01) representante de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ­ SUNARP. - Un (01) representante de la Asociacion de Municipalidades del Peru ­ AMPE. La participacion de los miembros en el Grupo de Trabajo sera ad honorem. Articulo 3º.- Designacion de representantes Cada miembro titular del referido Grupo de Trabajo Multisectorial podra contar con un representante o miembro alterno. Cada entidad designara mediante oficio dirigido al Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a su representante dentro del plazo de tres (3) dias habiles contados a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion. Articulo 4º.- Instalacion del Grupo de Trabajo Multisectorial El Grupo de Trabajo se instalara en un plazo que no excedera a los tres (03) dias habiles posteriores al plazo indicado en el articulo 3º de la presente Resolucion.

Articulo 5º.- Funciones del Grupo de Trabajo Multisectorial El Grupo de Trabajo Multisectorial tendra las siguientes funciones: a) Elaborar el cronograma de actividades para la implementacion de la Central de Informacion a cargo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. b) Identificar, evaluar y proponer los procesos que se deben seguir para la recopilacion de la informacion que debe contener la Central de Informacion. c) Proponer el Reglamento de la Ley Nº 29203, Ley que crea la Central de Informacion de Promotores Inmobiliarios y/o Empresas Constructoras de Unidades Inmobiliarias. d) Las demas que resulten necesarias para garantizar el cumplimiento de sus fines. Articulo 6º.- Naturaleza temporal del Grupo de Trabajo Multisectorial El Grupo de Trabajo Multisectorial que se constituye segun el articulo 1º de la presente Resolucion, tendra una duracion de sesenta (60) dias habiles para elaborar la propuesta de Reglamento de la Ley Nº 29203 ­ Ley que crea la Central de Informacion de Promotores Inmobiliarios y/o Empresas Constructoras de Unidades Inmobiliarias. Articulo 7º.- De la Obligacion de brindar apoyo e informacion Todos los Organismos Publicos del Poder Ejecutivo, Empresas adscritas al Sector, Unidades Ejecutoras, Organos y Dependencias del Sector Vivienda, Construccion y Saneamiento, estan obligados a proporcionar el apoyo e informacion que requiera el Grupo de Trabajo Multisectorial que se encargara de elaborar la propuesta de Reglamento de la Ley Nº 29203. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

406030-2

ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
FE DE ERRATAS RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 671-2009-INPE/P
Mediante Oficio Nº 618-2009-INPE/04 el Instituto Nacional Penitenciario solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Presidencial Nº 671-2009-INPE/P, publicada en la edicion del 1 de octubre de 2009. DICE: Articulo Unico.- (...) en el cargo de Director General de Administracion (...) DEBE DECIR: Articulo Unico.- (...) en el cargo de Jefe de la Oficina General de Administracion (...)

406439-1 FE DE ERRATAS RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 672-2009-INPE/P
Mediante Oficio Nº 618-2009-INPE/04 el Instituto Nacional Penitenciario solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Presidencial Nº 672-2009-INPE/P, publicada en la edicion del 1 de octubre de 2009.

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